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104 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PANGOA, PROVINCIA DE SATIPO, REGIÓN JUNÍN. VISTO:El Informe Nº 0220-2023-ORH-GAF/MDP de fecha 03 de marzo del 2023, expedido por el Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos (e), los antecedentes y actuados que obran en el Expediente Administrativo Nº 205238; y, CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Artículo ll del título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, concordante con lo preceptuado en el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades son Órganos de Gobierno Local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico, según lo señala el artículo 194º de la carta magna, resolviendo los asuntos administrativos mediante Resoluciones de Alcaldía. Que, el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, señala que es atribución del alcalde: “Dictar decretos y resoluciones de alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas”, y el artículo 43º de la acotada norma, establece que: “Las resoluciones de alcaldía aprueban y resuelven los asuntos de carácter administrativo”; Que, el numeral 7.1 del Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo, así como del Auxiliar, se efectuará mediante Concurso Público de méritos y que ambos ingresan como funcionarios a la entidad a la representan, ejerciendo su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; Que, el Artículo 1º de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que los cargos de ejecutor y de auxiliar coactivo no son cargos de con fi anza, establece que los ejecutores y auxiliares coactivos son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de con fi anza; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 273-2019- A/MDP de fecha 10 de abril del 2019, en el artículo primero resuelve designar a la Abog. Karin Dora SALOME BARZOLA como EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Pangoa y en el artículo segundo resuelve designar a partir de la fecha al Lic. José Salvador PALOMINO PORRAS, como auxiliar coactivo de la Municipalidad Distrital de Pangoa (..). Que, mediante Informe Nº 003-2023-OCC-GF/MDP de fecha 20 de febrero del 2023, expedido por el Ejecutor Coactivo de la entidad solicita la rati fi cación del ejecutor coactivo y la designación del auxiliar coactivo mediante resolución de alcaldía. Que, mediante Informe Nº 106-2023-SG-A/MDP de fecha 21 de febrero del 2023, expedido por la Secretaria General solicita que se adjunten los documentos que acrediten el cumplimiento del per fi l tanto del Ejecutor Coactivo y el Auxiliar Coactivo conforme a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979 – Ley del Procedimiento de Ejecución Coactiva. Que, mediante Informe Nº 0220-2023-ORH-GAF/MDP de fecha 03 de marzo del 2023, expedido por el Jefe de la Ofi cina de Recursos Humanos (e), remite los documentos solicitados por la Secretaria General. De conformidad a los considerandos expuestos y a las atribuciones otorgadas a la alcaldía por el numeral 6 artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE:Artículo Primero.- RATIFICAR a partir de la fecha a la Abog. Karin Dora SALOME BARZOLA como EJECUTOR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Pangoa. Artículo Segundo.- DESIGNAR a partir de la fecha a la Srta. Lesly Verónica SOTO LLOCLLA como AUXILIAR COACTIVO de la Municipalidad Distrital de Pangoa. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO Toda disposición municipal que contravenga la presente Resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Ejecutor Coactivo, REMITIR copia certi fi cada de la presente Resolución, a la Presidencia del Consejo de Ministros y a la Contraloría General de la República; así como a las Entidades Bancarias y Financieras Públicas y Privadas, a las Autoridades Judiciales y Policiales, para su debido conocimiento y se brinde el apoyo con arreglo a Ley Artículo Quinto.- NOTIFICAR, bajo las formalidades de Ley, a las unidades orgánicas correspondientes. Artículo Sexto.- PUBLICAR la presente resolución en el portal institucional y en el diario o fi cio el “El Peruano” Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.OSCAR VILLAZANA ROJAS Alcalde 2172877-1