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99 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / Que, mediante Informe Nº 012-2023-MPC/ PROGRESAMOSCALLAO, el Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – Progresamos Callao, presenta la propuesta de Manual de Operaciones – MOP, indicando que dicho manual determina las funciones especí fi cas, responsabilidades, autoridad y requisitos mínimos de los cargos dentro de la estructura orgánica, asimismo, proporciona información a los funcionarios y servidores públicos sobre sus funciones y ubicación dentro de la estructura general de la organización, así como las interrelaciones formales que corresponda; Que, mediante Memorando Nº 125-2023-MPC/ OGPMPI, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, traslada el Informe Nº 080-2023-MPC/OGPMPI-OPM, emitido por la Ofi cina de Planeamiento y Modernización, concluyendo lo siguiente: - El Programa de Recuperación en Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – Progresamos Callao fue creado con la fi nalidad de promover la recuperación del Centro Histórico del Callao. - La Gerencia de Programa de Recuperación de Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao propone el Manual de Operaciones con la fi nalidad de diseña el funcionamiento del Programa, para cumplir con los objetivos de la entidad. - La propuesta del Manual de Operaciones está alineado al artículo 54º del Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y modi fi catorias. - Asimismo, en el Subcapítulo II de los Lineamientos Nº 02-2020-SGP que establecen orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones – ROF y el Manual de Operaciones – MOP que se aprueba con Resolución de Secretaria Publica Nº 005-2020-PCM-SGP; esta desarrollado el contenido del MOP, así como el expediente que lo sustenta, además, señala que norma lo aprueba. Que, mediante Informe Nº 117-2023-MPC/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica indica que en el marco de las facultades conferidas en el artículo 32º del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Provincial del Callao, emite Opinión Favorable con respecto a la aprobación del Manual de Operaciones – MOP del Programa de Recuperación en Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – Progresamos Callao; la misma que deberá realizarse mediante Decreto de Alcaldía; Que, mediante Memorándum Nº 866-2023-MPC/GM, la Gerencia Municipal remite a la Secretaria General del Concejo Municipal los recaudos administrativos, con los Informes técnicos y legal favorables, fi n que prosiga el trámite correspondiente para su aprobación; Estando a lo expuesto, con el visado y conformidad de la Gerencia Municipal, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, la O fi cina General de Planeamiento y Modernización, Presupuesto e Inversiones, el Programa de Recuperación en Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – Progresamos Callao y la Ofi cina de Planeamiento y Modernización y en uso de las atribuciones conferidas por el inciso 6) del artículo 20º y art. 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA:Artículo 1.- APROBAR el Manual de Operaciones del Programa de Recuperación en Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – PROGRESAMOS CALLAO, que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2.- ENCARGAR al personal del Programa de Recuperación en Sitios Arqueológicos y Monumentales del Callao – PROGRESAMOS CALLAO las funciones de cada uno de los cargos contenidos en el Manual aprobado por la presente Resolución, según corresponda y de acuerdo con las responsabilidades que deben ejercer. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal disponga la publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal institucional de la Municipalidad Provincial del Callao. Regístrese y comuníquese.PEDRO SPADARO PHILIPPS Alcalde 2173373-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AREQUIPA Autorizan viaje de funcionarios de la Municipalidad a Colombia, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO N° 023-2023-MPA Arequipa, 21 de abril del 2023VISTA: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal, realizada el 19 de abril del 2023, la invitación para participar en el viaje de estudios a la ciudad de Bogotá: Experiencias en transporte urbano y movilidad, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Estado modi fi cado por la Ley de la Reforma Constitucional 27680 y concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, establece que las Municipalidades son los órganos de Gobierno Local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, vista la invitación a participar en el viaje de estudio a la ciudad de Bogotá: Experiencias en Transporte Urbano y Movilidad, de fecha 24 de marzo del 2023, la Directora del Proyecto Apoyo en la Implementación de la Política Nacional de Transporte Urbano-CIMO comenta que en el marco del Proyecto Ciudades en movimiento - CIMO, la Cooperación Alemana para el Desarrollo y la Cooperación Suiza - SECO, implementadas por la Dustsche Gesellschaft für Internacionale Zusammenarbeit (GIZ) GmbH. Conocedores del importante esfuerzo que viene desarrollando la ciudad de Arequipa en implementar importantes soluciones y proyectos para mejorar la movilidad urbana y brindar mejores oportunidades a la población en transporte público urbano con un fuerte enfoque de sostenibilidad, considerando que puede ser de mucha utilidad que el organismo encargado participe en esta visita, invitan al señor Adolfo Donayre, Asesor de Alcaldía y al señor Ornar Florez, Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial, quienes podrán trasladar ese aprendizaje a la reforma del transporte en la ciudad de Arequipa. Precisan que GIZ cubrirá los gastos de participación. Esto incluye los tickets aéreos desde su ciudad de origen a Bogotá y de regreso; alojamiento, alimentación y transporte local en Bogotá siempre y cuando estén asociados a las visitas previstas en el programa; Que, con Memorando Nº 360-2023-MPA/GM el Gerente Municipal señala mediante Informe Nº 225-2023-MPA/GTUV e Informe Nº 010-2023-MPA/GM la Gerencia de Transporte Urbano y Circulación y el Asesor del Despacho de Alcaldía, han sustentado su participación, sobre el estudio en transporte urbano y movilidad, especí fi camente electro movilidad y el BRT. Asimismo, indica que la municipalidad no cubrirá los gastos de televisión de pago, minibar, llamadas telefónicas, internet, etc., y movilidad de traslados personales; Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, es atribución del Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país en comisión de servicios o en representación de la municipalidad realice el Alcalde,