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100 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / los regidores, el Gerente Municipal o cualquier otro funcionario. En el presente caso la autorización es para los señores funcionarios Adolfo Donayre Sarolli, Asesor de Alcaldía y Omar Florez Salas, Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial de la Municipalidad Provincial de Arequipa; Que, en mérito a las competencias del Concejo Municipal precisadas en la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto mayoritario de los miembros del Concejo Municipal Provincial y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó el siguiente: ACUERDO:Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, al señor ADOLFO ERICK DONAYRE SAROLLI, Asesor de Alcaldía y al señor OMAR HELDER FLOREZ SALAS, Gerente de Transporte Urbano y Circulación Vial, para que viajen a la ciudad de Bogotá, para participar en el viaje de estudios Experiencias en Transporte Urbano y Movilidad a realizarse del 22 al 26 de abril 2023. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos, viáticos y cualquier otro gasto que genere el viaje serán asumidos íntegramente por la entidad organizadora, no irrogando gasto alguno a la Municipalidad Provincial de Arequipa. Artículo 3º.- DISPONER a los funcionarios mencionados en el artículo 1º del presente acuerdo de concejo que, una vez, culminado el viaje informen al Concejo Municipal los logros y resultados y trasladen la información y experiencia adquirida al personal de la Gerencia de Transporte Urbano y Circulación Vial. Regístrese, comuníquese y publíquese.VÍCTOR HUGO RIVERA CHÁVEZ Alcalde Provincial de Arequipa 2173275-1 MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban propuesta de cambio de zonificación de inmueble ubicado en el distrito de Moquegua, provincia de Mariscal Nieto, y modifican el Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua - Samegua 2016 - 2026 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 029-2022-MPMN Moquegua, 29 de noviembre de 2022EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 28-11-2022, el Dictamen Nº 031-2022-CDUAAT-MPMN de Registro Nº 2239187 de fecha 09-11-2022, Informe Legal Nº 1357-2022-GAJ/GM/MPMN de Registro Nº 2237784 de fecha 28-10-2022 sobre la PROPUESTA DE ORDENANZA MUNICIPAL SOBRE “CAMBIO DE ZONIFICACIÓN DE LA MANZANA D LOTE 9 SECTOR A-2 CHEN CHEN”; y, CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley Nº 27972; Que, a través de solicitudes ingresadas a través de los expedientes Nº E2117448 (16JUL21) Y Nº E2110526 (06MAY21) se solicita el cambio de zoni fi cación en el que se señala la existencia de familias posesionadas desde hace varios años y que luego de ver aprobado el plan de desarrollo urbano es que recurren ante la autoridad municipal con la fi nalidad de resolver el problema de sus posesiones a través de propuestas técnicas de reordenamiento urbano, señalando que en el Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua-Samegua 2016-2026 el terreno donde se encuentran asentados tiene la califi cación de Zona de Reglamentación Especial 07 (ZRE- 7) áreas ocupadas con fi nes especí fi cos, no teniendo la compatibilidad para utilizar dicho terreno con fi nes de vivienda, es por ello que solicitan a la autoridad municipal se realizase el correspondiente cambio de zoni fi cación en atención a los estudios técnicos presentados y; Que, mediante Partida Registral Nº 11004496, se encuentra registrado el predio denominado MANZANA D LOTE 9 SECTOR A-2 CHEN CHEN MOQUEGUA, de propiedad municipal, materia de cambio de Cambio de Zoni fi cación para vivienda, con las siguientes características: ÁREA : 570.00 metros cuadrados PERÍMETRO : 98.00 ml Cuyos linderos y medidas perimétricas son los siguientes: Por el FRENTE : con 30.ml., colinda con la calle Nº 02 Por el LADO DERECHO : con 19.00 ml., colinda con la calle Nº 03 Por la LADO IZQUIERDO : con 19.00 ml., colinda con el lote Nº 10 Por el FONDO : con 30.00 ml., colinda con el lote Nº 08, 07, 06 y 05 Que, en mérito al Informe Nº 1805-2022-SPCUAT/ GDUAAT/GM/MPMN de fecha 16 de septiembre del 2022 donde la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, a mérito del estudio técnico de Cambio de zoni fi cación de la MANZANA D LOTE 9 SECTOR A-2 CHEN CHEN MOQUEGUA, viene solicitando se emita opinión técnica legal para pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA y demás normas complementarias. Asimismo, informa que la Sub Gerente de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial ha remitido la información solicitada de los antecedentes y análisis realizado del cambio de zoni fi cación del sector A-7 Pampas de Chen Chen, el cual se adecua a lo regulado por el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA; Que, mediante Informe Legal Nº 832-2022-AL. GDUAAT/GM/MPMN de fecha 18 de octubre del 2022, concluye que se declare PROCEDENTE el cambio de zonifi cación de la Mz D LOTE 9 SECTOR A-2 CHEN CHEN MOQUEGUA, solicitado mediante Informe Nº 1805-2022-SPCUAT/GDUAAT/GM/MPMN de fecha 16 de septiembre del 2022, documento que cuenta con el respaldo del Informe Legal Nº 86-2022-DEPZ-AL/SGPCUAT/GDUAAT/MPMN de fecha 05 de septiembre del 2022 en el cual el Asesor Legal de la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial señalando en su considerando segundo que a través del Informe Legal Nº 611-2022-AL.GDUAAT/GM/MPMN de fecha 02 de agosto del 2022 ha solicitado al área técnica cumplir con remitir los requisitos exigidos en el Decreto Supremo Nº 022-2016-VIVIENDA en mérito a las observaciones advertidas por la Gerencia de Asesoría Jurídica, las cuales fueron levantadas a través de la Carta Nº 278-2022-ARQ.JELA/SPCUAT/GM/MPMN de fecha 25 de agosto del 2022, señalando fi nalmente que el expediente de cambio de zoni fi cación de la Mz D LOTE 9 SECTOR A-2 CHEN CHEN MOQUEGUA, cumple con los informes técnicos y todos los requisitos exigidos en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por el decreto supremo antes mencionado así mismo a través de la Opinión Legal Nº 150-2022-ABG.YEMQ-AL.SGPCUAT-GDUAAT-GM/MPMN de fecha 02 de junio del 2022 emitida por el Asesor Legal de la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento