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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (28/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 30 de junio del 2023, la vigencia de las Ordenanza Municipal N° 326-2023/MDP, de conformidad con las consideraciones expuestas en el presente Decreto de Alcaldía. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y a las Unidades Orgánicas que la conforman, la ejecución del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia de Administración y Finanzas el apoyo necesario y a la Secretaría General la publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCOMENDAR a la Sub Gerencia de Tecnología de la Información y Sistemas, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Pucusana (www.munipucusana.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase.JUAN JOSE CUYA ESPINOZA Alcalde 2173027-1 MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA Ordenanza que aprueba la modificación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra ORDENANZA Nº 429-MDPP Puente Piedra, 27 de abril de 2023EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, se ha emitido la siguiente Ordenanza: CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 30305, establece que las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, ya que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la actual gestión municipal considera necesario la modi fi cación del instrumento de gestión municipal, correspondiente al Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, sustentado en la necesidad que los fi nes institucionales de las unidades de la organización municipal se encaminen en una misma línea de trabajo y se optimice recursos en favor de los vecinos de Puente Piedra, así como la propuesta de modi fi cación parcial del ROF por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto e Inversiones, fuera elaborado a mérito de lo solicitado por la Gerencia de Desarrollo, Social, la Gerencia de Participación Vecinal y la O fi cina de Atención al Ciudadano, contando además con la opinión favorable de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades contenidas en los artículos 9 y 40 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y con el voto en MAYORÍA del Pleno del Concejo Municipal, con la dispensa de la lectura y aprobación del acta se aprobó lo siguiente;ORDENANZA QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN PARCIAL DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUENTE PIEDRA Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, que como ANEXO forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma y/o disposición municipal que se oponga a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Atención al Ciudadano, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la O fi cina General de Administración y Finanzas, su publicación íntegra en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Puente Piedra. Regístrese, comuníquese y cúmplase.RENNÁN SAMUEL ESPINOZA ROSALES Alcalde 2173370-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ROSA Aprueban la remuneración mensual de Alcalde y disponen mantener la dieta de regidores de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa ACUERDO DE CONCEJO N° 011-2023-MDSR Santa Rosa, 30 de marzo del 2023EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SANTA ROSA VISTO, en la Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Memorando N°0174-2023-GM/MDSR de la Gerencia Municipal, el Informe Legal N°021-2023-MDSR/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Informe N°045-2023-GPP/MDSR, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N°039-2023-GAF/MDSR de la Gerencia de Administración y Finanzas, así como el Informe N°0123-2023-SGRH/GAF//MDSR de la Subgerencia de Recursos Humanos; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley N° 30305, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 12° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, estable que el monto de las dietas es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones presupuestales del caso. No pueden otorgar más de cuatro dietas mensuales a cada regidor, las dietas se pagan por asistencia efectiva a las sesiones; por su parte el artículo 21° del indicado texto legal re fi ere que el monto mensual de la remuneración del acalde es fi jado discrecionalmente de acuerdo a la real y tangible capacidad económica del gobierno local, previas las constataciones del caso;