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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (28/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / en el párrafo 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial para la remisión de la documentación, conforme a lo señalado en el literal anterior. d) El cómputo del plazo del otorgamiento del BAE se inicia en la fecha del primer cobro del BAE en el Banco de la Nación por parte de cada bene fi ciario. e) Los potenciales bene fi ciarios que presenten las solicitudes de otorgamiento del BAE fuera del plazo establecido en el literal a) del presente párrafo, pierden el derecho al otorgamiento del BAE. 3.2 La fecha del primer cobro del BAE en el Banco de la Nación, se publica en las sedes digitales del FMV (www.mivivienda.com.pe) y del MVCS (www.gob.pe/vivienda); asimismo, el FMV comunica dicha fecha a las municipalidades de los distritos señalados en el párrafo 1.1 del artículo 1 de la presente Resolución Ministerial; y, al Centro de Atención al Ciudadano del MVCS, Sede Ancash. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2173328-1 Autorizan Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A., destinada a financiar el abastecimiento de agua potable en favor de la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 196-2023-VIVIENDA Lima, 27 de abril de 2023VISTOS: El Memorando N° 852-2023/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/1.0 del Programa Nacional de Saneamiento Urbano; el Memorándum N° 591-2023-VIVIENDA/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 378-2023-VIVIENDA/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante la Resolución Ministerial N° 381-2022-VIVIENDA, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de S/ 3 729 888 935,00 (TRES MIL SETECIENTOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO Y 00/100 SOLES), por toda fuente de fi nanciamiento; Que, el literal b) del numeral 16.1 del artículo 16 de la Ley N° 31638, autoriza, en el presente Año Fiscal, la realización, de manera excepcional, de transferencias fi nancieras del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; las mismas que, según el numeral 16.2 de dicho artículo, se realizan mediante resolución del titular del pliego que será publicada en el diario o fi cial El Peruano. De igual forma, el numeral 16.3 del mismo artículo dispone que la entidad pública que trans fi ere, es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes y metas para los cuales trans fi rieron los recursos; Que, a través del Memorando N° 852-2023/VIVIENDA/ VMCS/PNSU/1.0, el Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), sustentado en el Memorando N° 253-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.2 y el Informe N° 12-2023/VMCS/PNSU/UAL-mcespedes de su Unidad de Asesoría Legal, el Memorando N° 084-2023-VIVIENDA/ VMCS/PNSU/3.1 y el Informe N° 119-2023-VIVIENDA/VMCS/PNSU/3.1.2 de su Unidad de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 0096-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/4.3 y el Informe Técnico N° 001-2023/VIVIENDA/VMCS/PNSU/UMPS-HMEZA de su Unidad para la Mejora en la Prestación de los Servicios, solicita gestionar la transferencia fi nanciera a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A., hasta por la suma de S/ 728 925,02 (SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 02/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, para fi nanciar el abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del PNSU, en favor de la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura; Que, con el Memorándum N° 591-2023-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° 198-2023-VIVIENDA/OGPP-OP de su O fi cina de Presupuesto, mediante el cual se emite opinión favorable en materia presupuestal y se propone el proyecto de Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, hasta por la suma de S/ 728 925,02 (SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 02/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A., destinada para los fi nes señalados en el considerando precedente; Que, mediante el Informe N° 378-2023-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica señala que, en el marco de lo dispuesto en el literal b) del numeral 16.1 y el numeral 16.2 del artículo 16 de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, corresponde se expida una Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera a favor de la EPS GRAU S.A.; Que, en consecuencia, es necesario autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, hasta por la suma de S/ 728 925,02 (SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 02/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la EPS GRAU S.A., para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada por la Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera a favor de la EPS GRAU S.A. Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento hasta por la suma de S/ 728 925,02 (SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL NOVECIENTOS VEINTICINCO Y 02/100 SOLES), en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento Grau S.A. - EPS GRAU S.A., destinada a fi nanciar el abastecimiento de agua potable mediante camiones cisterna de propiedad del PNSU, en favor de la población de los albergues de los Km. 974, 978 y 980 del distrito de Cura Mori, provincia y departamento de Piura. Artículo 2.- Financiamiento La Transferencia Financiera autorizada por la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional para el Año Fiscal 2023 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Unidad Ejecutora 004: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Categoría Presupuestal 0082: Programa Nacional de Saneamiento Urbano, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5001777: Transferencia de Recursos para Agua y Saneamiento