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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ABRIL DEL AÑO 2023 (28/04/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Viernes 28 de abril de 2023 El Peruano / Con el visado de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la normativa expuesta en los considerandos precedentes; y, con el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 1.5 del artículo 1 y el artículo 6 de la Resolución Ministerial N° 0010-2023-IN, los mismos que quedarán redactados de la siguiente manera: “Artículo 1. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN LA SECRETARÍA GENERAL DEL MINISTERIO DEL INTERIOR: (…) 1.5 En materia de recursos humanos: a) Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto, la conformación de las Comisiones Negociadoras del Pliego de Reclamos y Mesas de Diálogo del Ministerio del Interior, con facultades expresas para participar en la negociación y conciliación, practicar todos los actos procesales propios de estas, suscribir cualquier acuerdo e inclusive participar en todos aquellos actos relativos a la etapa de arbitraje, en caso se derive este del procedimiento de negociación colectiva; lo que excluye el ejercicio de las competencias exclusivas de la Procuraduría Pública, contempladas en el Decreto Legislativo N° 1326, Decreto Legislativo que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado, y su Reglamento, aprobado con Decreto Supremo N° 018-2019-JUS. b) Autorizar las contrataciones y los respectivos Términos de Referencia del servicio, así como las prórrogas o renovaciones de los contratos, con cargo al Fondo de Apoyo Gerencial - FAG, que se requieran en su respectivo despacho, en el Despacho Ministerial y en los órganos dependientes de la Secretaría General. c) Elaborar los términos de referencia, suscribir los contratos de locación de servicios, adendas, prórrogas, renovaciones y en general todo lo que se encuentre indicado en el Decreto Ley Nº 25650, así como en los “Lineamientos para la administración del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público, en el marco del Decreto Ley Nº 25650”, en los procesos para la contratación de consultores del Ministerio del Interior, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG. d) En los procesos para la contratación de consultores del Ministerio del Interior, a través del Fondo de Apoyo Gerencial - FAG, en el marco del Decreto Ley N° 25650: - Suscripción de las solicitudes para el registro de Contratos; - Suscripción de Contrato de Locación de Servicios;- Suscrición del Anexo N° 01 “Términos de Referencia del Servicio”; - Suscripción de solicitud para el registro de prórroga y/o renovación de contratos; - Suscripción del Anexo N° 08 “Adenda”;- Suscripción de la solicitud para el pago de honorarios;- Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago cuando el consultor deje de prestar servicios, bajo cualquier causa y/o motivo; - Comunicación a la Unidad Transitoria de Pago, de manera inmediata, en caso tome conocimiento de la imposición al consultor de alguna sanción de destitución fi rme o que haya agotado la vía administrativa y/o con sentencia condenatoria consentida y/o ejecutoriada; - Otros documentos relacionados con el FAG en el marco del Decreto Ley N° 25650. e) Remitir la solicitud de pago de honorarios del personal altamente cali fi cado del Ministerio del Interior, conforme a los Lineamientos establecidos sobre la materia; así como informar a la Unidad Transitoria de Pago si el personal altamente cali fi cado deja de prestar servicios en el Ministerio del Interior, antes del vencimiento de su contrato, dentro de un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores de hacerse efectiva la extinción del vínculo contractual”. “Artículo 6. DELEGACIÓN DE FACULTADES EN LA OFICINA GENERAL DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS: a) Ejercer representación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral - SUNAFIL y/o Seguro Social de Salud - ESSALUD, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales. b) Aprobar la conformación del Comité Electoral encargado de conducir el proceso electoral de los representantes de los trabajadores de los órganos no policiales ante el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo - CAFAE del Ministerio del Interior. c) Autorizar las acciones de personal, respecto a los encargos de funciones, así como designaciones temporales en lo que corresponda”. Artículo 2.- Dejar subsistentes los demás extremos de la Resolución Ministerial N° 0010-2023-IN, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Notifi car la presente Resolución Ministerial a la Secretaría General y a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos; y publicarla en el Portal Institucional del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), en la misma fecha de publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2173343-1 Aprueban el Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026 del Ministerio del Interior RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0569-2023-IN Lima, 26 de abril del 2023VISTOS, el Informe Nº 000068-2023/IN/OGPP/OPE de la O fi cina de Planeamiento y Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Memorando N° 000720-2023/IN/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 000908-2023/IN/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, el literal a) del numeral 23.1 del artículo 23 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que son funciones generales de los Ministerios formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; Que, asimismo, el numeral 1 del artículo 25 de la citada Ley establece que corresponde a los Ministros de Estado dirigir el proceso de planeamiento estratégico sectorial, en el marco del Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico y determinar los objetivos sectoriales funcionales nacionales aplicables a todos los niveles de gobierno; aprobar los planes de actuación; y asignar los recursos necesarios para su ejecución, dentro de los límites de las asignaciones presupuestarias correspondientes; Que, conforme al numeral 3 del inciso 7.3 del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo