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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (12/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Sábado 12 de agosto de 2023 El Peruano / Reglamento para el Funcionamiento y Administración de los Depósitos Municipales en el Distrito de Independencia, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú establece que “Las Municipalidades Provinciales y Distritales son los órganos de Gobierno Local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”. Qué, el artículo 46° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N°27972, establece que las sanciones que aplique la autoridad municipal podrán ser las de multa, suspensión de autorizaciones o licencias, clausura, decomiso, retención de productos y mobiliario, retiro de elementos antirreglamentarios, paralización de obras, demolición, internamiento de vehículos, inmovilización de productos y otras. Que, mediante Ordenanza N° 000460-2023-MDI, la Municipalidad Distrital de Independencia aprueba el Reglamento de Organización y funciones (ROF), en su artículo 81 inciso o) establece que la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, Coordinar la administración del depósito municipal, así mismo en el inciso j) establece que la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial, Controlar y supervisar la remoción al Depósito Municipal poniendo las ordenes de libertad cuando corresponda. Que, mediante Informe N° 000010-2023-SGTTSV- GDU-MDI, la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial propuso el presente proyecto de Ordenanza, el cual reglamenta el funcionamiento y administración del depósito municipal en el distrito de Independencia. Que, mediante Memorando N° 000040-2023-OGPPM- MDI la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite a Gerencia de Desarrollo Urbano su opinión favorable con respecto al proyecto de ordenanza que aprueba el reglamento para el funcionamiento y administración del depósito municipal en el distrito de Independencia. Que, mediante informe Legal N° 000007-2023-GAJ- MDI, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina de manera favorable respecto de la aprobación de la Ordenanza que propuso la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial, opinión favorable que es recogida y compartida por la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia Municipal. Estando a los fundamentos expuestos; en uso de las facultades conferidas por los Artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; con el voto unánime; y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal aprobó la siguiente Ordenanza; ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO Y ADMINISTRACIÓN DE LOS DEPÓSITOS MUNICIPALES EN EL DISTRITO DE INDEPENDENCIA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVO, FINALIDAD, DEFINICIONES Y ALCANCES Artículo 1°.- Objeto y fi nalidad La presente Ordenanza tiene por objeto regular el funcionamiento y administración de los depósitos municipales de la Municipalidad de Independencia o el que haga sus veces del procedimiento de liberación de los bienes muebles internados como consecuencia de la medida correctiva que corresponda, o dispuesta como medida cautelar dentro del procedimiento sancionador, garantizando el procedimiento para la custodia o seguridad de los bienes muebles. Artículo 2°.- De fi niciones Para uniformidad de criterios en la aplicación de la presente Ordenanza se consideran las siguientes defi niciones:a. Fiscalización municipal: Son el conjunto de actos y diligencias de investigación, supervisión, control o inspección, respecto del cumplimiento de las obligaciones, prohibiciones y otras limitaciones exigibles a los administrados, las cuales derivan de las disposiciones municipales administrativas. b. Acta de internamiento: Documento en el cual se registran el estado y las características físicas del bien mueble materia de internamiento al momento de su ingreso al depósito municipal. c. Acta de liberación: Documento que recoge la conformidad de entrega del bien mueble. d. Internamiento del o los bienes muebles: Consiste en el traslado del bien inmueble al interior del depósito municipal como consecuencia de la detección de la contravención a las disposiciones municipales vigentes. e. Guardianía: Servicio de vigilancia y custodia de los bienes muebles internados en el depósito municipal o el que haga sus veces. f. Entidad titular del depósito municipal: Autoridad que ostenta la dirección del espacio físico que fuere designado como depósito municipal. g. Depósito municipal: Espacio físico autorizado y designado por la Municipalidad Distrital de Independencia, destinado para el internamiento y custodia del bien inmueble internado producto de presunción de la comisión de la infracción. h. Administrado: Persona natural o jurídica, de derecho público o privado, quien es el sujeto fi scalizado o el presunto infractor o impugnante según sea el caso. i. Traslado del bien mueble: Servicio mediante el cual un bien mueble es trasladado, pudiendo contar con o sistema de remolque, y cuya propiedad puede ser ostentada por la municipalidad o por un tercero, quien deberá estar facultado por autoridad competente, y es empleado para el traslado de los bienes muebles que son detectados o dispuestos en contravención a las normas municipales vigentes Artículo 3°.- Alcances La presente Ordenanza es de aplicación para los responsables de los depósitos municipales y los órganos o unidades orgánicas involucradas de la Municipalidad Distrital de Independencia, asimismo, para todos los propietarios o responsables de los bienes muebles internados en el depósito. CAPÍTULO II DE LAS COMPETENCIAS Artículo 4°.- Órgano competente La Municipalidad Distrital de Independencia, a través de la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial será la unidad orgánica responsable del funcionamiento, coordinación de la administración de los depósitos municipales, en armonía de lo dispuesto en el presente dispositivo legal. Artículo 5°.- Autoridad municipal responsable La Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial Tendrá a su cargo el cumplimiento de la presente Ordenanza para el funcionamiento y administración del depósito municipal. La administración del depósito municipal podrá ser materia de tercerización a través del proceso de selección que legalmente corresponda o a través de convenio. Artículo 6°.- Funciones y responsabilidades de la autoridad municipal responsable a) Veri fi car la documentación requerida para el ingreso o liberación de los bienes muebles al depósito municipal. b) Llevar el control de los bienes muebles respecto del internamiento, custodia, liberación y/o remate de las unidades para cumplir con las metas programadas por la Subgerencia de Transporte, Tránsito y Seguridad Vial. c) Elaborar los informes y las estadísticas referentes a los bienes muebles ingresadas, custodiadas y/o rematadas, para brindar la información pertinente a la