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63 NORMAS LEGALES Sábado 12 de agosto de 2023 El Peruano / 6. Elaborar la relación de asegurados cubiertos por el Fondo de Seguro de Depósitos y, de ser el caso, remitirla al mencionado Fondo, de conformidad con lo establecido en el artículo 154 de la Ley General. 7. Elaborar la relación de acreedores de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A., con indicación del monto, naturaleza de las acreencias y preferencia de que gozan de conformidad con el artículo 117 de la Ley General. 8. Comunicar a los arrendatarios de cajas de seguridad y a las demás personas que, de acuerdo a los libros de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A., sean propietarios de cualquier bien mantenido en ella, que deben proceder al retiro correspondiente en un plazo de sesenta (60) días. 9. Mantener los recursos líquidos de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. en empresas de operaciones múltiples clasi fi cadas en las categorías “A” o “B”, según las normas vigentes sobre la materia. 10. Recibir de los clientes las amortizaciones y/o cancelaciones de los créditos otorgados y servicios prestados, según corresponda. 11. Continuar reportando el Reporte Creditico de Deudores a la Superintendencia, de conformidad con las normas vigentes. 12. Continuar las acciones para una efectiva y oportuna recuperación de los créditos otorgados por la empresa en liquidación, así como para el cobro de los reaseguros y coaseguros, en caso corresponda. 13. Realizar las acciones necesarias para formalizar las garantías otorgadas a la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. y levantar dichos gravámenes previa cancelación de la deuda o la celebración de la transacción judicial o extrajudicial, cualquiera sea el caso. 14. Entregar la posesión de la totalidad de los bienes, libros, archivos y documentación de propiedad de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. a la persona jurídica encargada de la liquidación o al liquidador designado por la Corte Suprema, según corresponda. Mediante acta se dejará constancia de la entrega, dicha acta deberá contener el inventario de lo entregado. 15. Los demás actos administrativos y laborales que requieran resolverse como parte de la administración de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. 16. Transferir, bajo cualquier modalidad, los activos y pasivos de la empresa, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 117, 118 y 121 de la Ley General. En ese sentido, se encuentran facultados para efectuar la transferencia de los bienes de la empresa en liquidación, entendidos estos como muebles, inmuebles, derechos crediticios y de garantía, valores y acciones, tomando en consideración las limitaciones señaladas por el artículo 28 del Reglamento. 17. Re fi nanciar los créditos vencidos o en cobranza judicial otorgados por la empresa. 18. Castigar o condonar de forma parcial o total intereses moratorios. 19. Instaurar y proseguir contra los directores y trabajadores de la empresa cualquier proceso administrativo o judicial que corresponda en resguardo de los derechos de ella, los accionistas o sus acreedores, siempre que no hubieren transcurrido más de dos (2) años desde la fecha en que ocurrió el hecho que se invoque como fundamento, sin perjuicio de las demás acciones legales a que hubiere lugar. 20. Iniciar, en nombre de la empresa, cualquier otro proceso judicial que considere necesario; así como proseguirlo y transigirlo. 21. Otorgar en representación de la empresa, los documentos públicos o privados que se requieran para formalizar contratos de compraventa de muebles e inmuebles o cualquier otro para el que se encuentre facultado. 22. Celebrar todos los contratos y realizar todos los actos necesarios para encargar el proceso liquidatorio a la persona jurídica liquidadora que llevará a cabo dicho proceso conforme lo establece el Reglamento y el artículo 115 de la Ley General. 23. Ejercer, en el marco de lo estipulado en el artículo 368 de la Ley General, las facultades generales y especiales previstas en los artículos 74 y 75 del Código Procesal Civil. En ese sentido, se encuentran en capacidad de iniciar procesos judiciales en nombre de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. y continuar con los iniciados por la citada empresa en contra de terceros, con las facultades establecidas por el artículo 29 del Reglamento, precisándose que tales facultades de representación procesal, con las atribuciones y potestades generales que corresponden al representado, han sido otorgadas para todo el proceso, incluso los procesos cautelares, así como la ejecución de sentencias y el cobro de costas y costos, legitimando a los representantes para intervenir en el proceso en representación de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Raíz S.A.A. y realizar todos los actos que resulten necesarios en defensa de los intereses de la Caja. Igualmente, se precisa que las facultades especiales otorgadas permiten a los representantes realizar todos los actos de disposición de derechos sustantivos y demandar, reconvenir, contestar demandas y reconvenciones, desistirse del proceso y de la pretensión, allanarse a la pretensión, conciliar, transigir, someter a arbitraje las pretensiones controvertidas en el proceso, sustituir o delegar la representación procesal y en los demás actos que exprese la ley. Asimismo, incluyen las facultades para formular invitaciones a conciliar, participar como invitados en procesos conciliatorios, así como para participar en audiencias conciliatorias y arribar a acuerdos conciliatorios extrajudiciales, entendiéndose por tanto que dichos representantes cuentan con las facultades necesarias para conciliar extrajudicialmente y disponer de los derechos materia de conciliación. 24. Realizar todos los actos y celebrar todos los contratos que resulten necesarios para la adecuada administración de la Caja, facultades que incluyen las de abrir y cerrar cuentas corrientes y de ahorros, sean a plazo o no, obtener certi fi cados y realizar todo otro tipo de depósitos e imposiciones sobre las cuentas corrientes de ahorro y de plazo, girar y endosar cheques en general, lo que incluye la emisión de cheques sobre los saldos acreedores, emitir los documentos que fueren requeridos para realizar depósitos y/o retiros, abrir y desdoblar o cancelar certi fi cados a plazo, cobrarlos, endosarlos y retirarlos; y, en general efectuar toda clase de operaciones que conlleven al cumplimiento del objetivo para el cual fueron designados. 25. Realizar pagos a cuenta a los acreedores de la Caja, respetando la prelación establecida en los artículos 117 y 118 de la Ley General. Regístrese, comuníquese, publíquese y transcríbase a los Registros Públicos para su correspondiente inscripción. MARIA DEL SOCORRO HEYSEN ZEGARRA Superintendenta de Banca, Seguros y AFP 2204634-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO Aprueban la Agenda Agraria Regional periodo 2023-2027 ORDENANZA REGIONAL Nº 001-2023-GRA/CR Ayacucho, 9 de marzo de 2023EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, es Sesión Ordinaria de fecha 16 de febrero