Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (15/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 41

41 NORMAS LEGALES Martes 15 de agosto de 2023 El Peruano / de julio de 2023; Informe Nº 544-2023-UNF-PCO-OPP, de fecha 31 de julio de 2023; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, prescribe que la Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico: Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes. Que, mediante Ley Nº 29568 del 26 de julio de 2010 se crea la Universidad Nacional de Frontera en el distrito y provincia de Sullana, departamento de Piura, con fi nes de fomentar el desarrollo sostenible de la Subregión Luciano Castillo Colonna, en armonía con la preservación del medio ambiente y el desarrollo económico sostenible; y, contribuir al crecimiento y desarrollo estratégico de la región fronteriza noroeste del país. Que, el artículo 8º de la Ley Universitaria, establece que la autonomía inherente a las Universidades se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica los derechos de aprobar su propio estatuto y gobernarse de acuerdo con él, organizar su sistema académico, económico y administrativo. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 146-2022-UNF/CO, de fecha 07 de abril de 2019, se aprobó el Reglamento General de Admisión de la Universidad Nacional de Frontera. Que, con Resolución de Comisión Organizadora Nº 461-2021-UNF/CO de fecha 29 de noviembre de 2021, se resuelve aprobar el Estatuto de la Universidad Nacional de Frontera. Que, mediante Resolución de Comisión Organizadora Nº 204-2019-UNF/CO, de fecha 24 de abril de 2019, se aprobó la Directiva Nº 003-2019-UNF denominada: “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicios al Exterior del País” el cual de fi ne a la Comisión de Servidos en su capítulo V. DEFINICIONES numeral 5.1, como: “(...) el desplazamiento temporal del comisionado, fuera de la Entidad, debidamente autorizado por el funcionario competente, para realizar funciones al exterior del país, directamente relacionadas con los fi nes y objetivos institucionales. Que, con Directiva Nº 003-2019-UNF, en su capítulo VII. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS”, numeral 7.1. titulado “Requerimiento y Otorgamiento de las Asignaciones Económicas”, establece que: a. El comisionado inicia el trámite, ante el Jefe del Órgano o Unidad Orgánica Superior y gestiona la “Autorización de Comisión de Servicios” de acuerdo al Formato Nº1, adjuntando la documentación que sustente la comisión de servicios, con una anticipación no menor a veinte (20) días hábiles a la fecha prevista del viaje, salvo situación imprevista debidamente justi fi cada. b. El Jefe del Órgano o Unidad Orgánica, eleva la “Autorización de Comisión de Servicios” mediante Ofi cio al Presidente de la Comisión Organizadora de la UNF, para la aprobación mediante acto resolutivo de Comisión Organizadora, como máxima autoridad de la UNF. c. En el O fi cio deberá exponerse la justi fi cación expresa de la comisión de servicios al exterior, el que debe estar sustentado en el interés nacional o en el interés especí fi co de la UNF, el número de días que durará la comisión de servicios y otros gastos. Asimismo, se deberá adjuntar la Invitación formal al evento o comunicación que contenga el detalle del mismo. d. La O fi cina de Presidencia, remitirá el expediente al Jefe de la Dirección General de Administración a fi n de determinar el monto de los viáticos y pasajes que corresponden a la comisión de servicios al exterior solicitada. e. La Dirección General de Administración derivará el expediente a la Unidad de Abastecimiento a fi n de determinar el monto de los viáticos y pasajes que correspondan a la comisión de servicios solicitada.f. La Unidad de Abastecimiento de acuerdo a su competencia, realizará el estudio de mercado para determinar el costo de los pasajes e indicará el monto correspondiente a los viáticos de acuerdo a la Escala de Viáticos al exterior vigente y derivará la información a la Dirección General de Administración. g. La Dirección General de Administración, solicita a la Unidad de Tesorería informar sobre las rendiciones pendientes del comisionado que presenta la solicitud, debiendo consignar la fi rma y sello de la Jefatura de la Unidad de Tesorería en el Formato Nº1. h. La Dirección General de Administración deriva el expediente a la O fi cina General de Plani fi cación y Presupuesto y solicita la certi fi cación presupuestaria del egreso que irrogue la ejecución de la comisión de servicios al exterior solicitada, debiendo consignar la fi rma y sello de la Jefatura de la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto en el Formato Nº 1. i. La Dirección General de Administración, eleva el expediente al Presidente de la Comisión Organizadora para la autorización y emisión del correspondiente Acto Resolutivo de la Comisión Organizadora. j. La Resolución de autorización de viaje al exterior del país estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la UNF; y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. k. Toda autorización de viaje al exterior del país deberá sujetarse a las medidas de austeridad, racionalidad y transparencia del gasto público. l. La resolución de autorización de viaje al exterior deberá publicarse en el Diario O fi cial El Peruano con anterioridad al viaje. En aquellos casos en que se haya requerido una permanencia mayor a la autorizada, se deberá acreditar especí fi camente la circunstancia que la motiva, siendo necesaria, además, la publicación de la autorización de mayor permanencia. m. Corresponde a la Dirección General de Administración, a través de la Unidad de Abastecimiento, la publicación en el Diario O fi cial El Peruano de la Resolución de Autorización de viaje al exterior y la elaboración de la “Planilla de Viáticos y Pasajes” en el Formato Nº 2, así como la adquisición y asignación de pasajes aéreos de ser el caso. n. La Unidad de Abastecimiento, elabora la “Planilla de Viáticos y Pasajes” en el Formato Nº 2, registra el compromiso en el sistema SIAF-SP y deriva el expediente a la Unidad de Contabilidad para el devengado correspondiente. o. La Unidad de Contabilidad registra el devengado y deriva el expediente a la Unidad de Tesorería. p. La Unidad de Tesorería realiza el giro y abono en cuenta del comisionado de las asignaciones económicas autorizadas; y entrega el Formato Nº 2 al comisionado para su rendición y fi rma correspondiente. Que, el O fi cio Nº 384-2023-UNF-VPA/FIIAB de fecha 12 de julio de 2023 el Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología remite a la Vicepresidenta Académica de la Comisión Organizadora la solicitud del Dr. Luis Alfredo Espinoza Espinoza para que sea veri fi cado y aprobado para la realización de la pasantía, asignación de pasajes y viáticos, indicando: (…)En ese sentido, con el fi n de desarrollar el proyecto de investigación formativa mencionado anteriormente, es que se solicitó una carta de aceptación para el desarrollo de una pasantía que tiene como fi nalidad el entrenamiento de la preparación de muestras para análisis cromatográ fi co y entrenamiento en técnicas de cromatografía de gases y HPLC en el Departamento de Química de la Universidad Federal de Santa Catarina (UFSC) bajo la asesoría del Dr. Eduardo Sidinei Chaves y el Dr. Eduardo Carasek da Rocha. En este sentido, se solicita a su despacho, las respectivas autorizaciones de acuerdo a lo siguiente: Realizar una pasantía del docente durante 17 días. Aprobar viáticos para mi persona, Dr. Luis Alfredo Espinoza Espinoza DNI 80549617 y código de investigador RENACYT P0035227 de acuerdo al siguiente detalle: