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38 NORMAS LEGALES Martes 15 de agosto de 2023 El Peruano / Aceite y Carta de aceptación, indicando: (…) OBJETIVO: 1. Entrenamiento en nanotecnología (Biosensores) en los laboratorios del Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas-UNICAMP. 2. Desarrollo y análisis, de la instrumentación, acompañamiento al trabajo cientí fi co del grupo de investigación. 3. Ampliar los conocimientos y competencias de investigación cientí fi ca de los alumnos y el docente. CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES – Duración de 30 días INSTITUCIÓN LABORATORIO FECHA Universidad Estatal de Campinas UNICAMP BrasilVisita a los laboratorios de Nanotecnología y Biotecnología para el desarrollo avanzado14-08-2023 al 15-08-2023 Desarrollo y análisis de las actividades/capacitaciones en el laboratorio16-08-2023 al 15- 09-2023 Realizar una pasantía del docente durante 30 días: Aprobar viáticos para mi persona, Dr. Luis Ángela Paucar Flores, DNI Nº 01234981, de acuerdo al siguiente detalle: Presupuesto Descripción 1 docente (S/) Total (S/) Pasaje terrestre Sullana - Piura 150.00 150.00 Vuelo Piura – Sao Paulo (con escala en Lima)3,500.00 3,500.00 Pasajes terrestres Sao Paulo 600.00 600.00 Vuelo Sao Paulo – Piura (con escala en Lima)3,500.00 3,500.00 Pasaje terrestre Piura – Sullana 150.00 150.00 Viáticos (30 días x 1,346.8) 40,404.00 40,404.00 TOTAL 48,304.00 Que, mediante Informe Nº 358-2023-UNF-OAJ de fecha 20 de julio de 2023, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye: “Que, resulta viable jurídicamente la aprobación de la autorización de pasantía internacional docente en los laboratorios del Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil y el otorgamiento de asignaciones económicas al docente Dr. Luis Ángel Paucar Flores, Coordinador de la Facultad de Ingeniería de Industrias Alimentarias y Biotecnología durante 30 días; siempre y cuando se haya seguido el trámite establecido en la Directiva Nº 003-2019-UNF. Que, respecto al Artículo IV el Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobada mediante Decreto Supremo número 004-2019-JUS, recoge como uno de los Principios del Procedimiento Administrativo, el Principio de Legalidad por el cual queda sentado que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas. Que, con Informe Nº 595-2023-UNF-PCO-OPP, de fecha 03 de agosto de 2023, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto emite informe técnico indicando: (…) Como se aprecia, se podría comunicar que se cuenta con cobertura presupuestaria para ejecutar los gastos que implica el viaje al extranjero propuesto por el coordinador de la FIIAB; sin embargo, se sugiere tener en cuenta lo siguiente: Si se está tomando como base legal el Reglamento del Programa de Movilidad de Estudiantes, Docentes e Investigadores, que fuera aprobado con Resolución de Comisión Organizadora Nº 316-2019-UNF/CO, es necesario que se indique cuáles son los resultados de la postulación, selección y elegibilidad seguidos para acceder a una plaza de pasantía, en el caso que nos ocupa, según los capítulos 3 y 4 del Reglamento. De autorizarse el viaje al extranjero, la adquisición de los pasajes al exterior deberá ser en categoría económica de acuerdo a la Ley Nº 28807 - Ley que establece que los viajes o fi ciales al exterior de funcionarios y servidores se realicen en clase económica; la Resolución respectiva que autorice el viaje al exterior debe sustentar el interés nacional o institucional bajo responsabilidad, asimismo ésta debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano con anterioridad al viaje de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 2 y 3 de la Ley 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y funcionarios Públicos; cuyo costo será fi nanciado con cargo al presupuesto de la FIIAB. Que, mediante ACTA Nº 056-2023-SO-CO, de fecha 03 de agosto del 2023, en Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Frontera, luego de analizar la documentación presentada y de revisar los informes técnicos y legales indicados en los considerandos de la presente Resolución, por unanimidad se acordó: AUTORIZAR la pasantía internacional del Dr. Luis Ángel Paucar Flores, docente de la Universidad Nacional de Frontera, al Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil, la misma que se llevará a cabo del 12 de agosto al 16 de setiembre de 2023. ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para la profesional citada en el artículo precedente, de conformidad con la Directiva Nº 003-2019-UNF “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicio al Exterior del País”. ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria – Ley Nº 30220 y por la Resolución Viceministerial Nº 045-2023-MINEDU y Acta de Acuerdos de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora Nº 056-2023-SO-CO de fecha 03 de agosto del 2023. SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR la pasantía internacional del Dr. Luis Ángel Paucar Flores, docente de la Universidad Nacional de Frontera, al Instituto de Química de la Universidad Estatal de Campinas – Sao Paulo – Brasil, la misma que se llevará a cabo del 12 de agosto al 16 de setiembre de 2023. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración y Unidad de Abastecimiento de la Universidad Nacional de Frontera, la compra de pasajes aéreos y el otorgamiento de viáticos para el profesional citado en el artículo precedente, de conformidad con la Directiva Nº 003-2019-UNF “Disposiciones y Procedimientos para el Otorgamiento y Rendición de Cuentas de Viáticos y Otros Gastos por Comisión de Servicio al Exterior del País”. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Frontera, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano” de conformidad a las normas vigentes. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, a los órganos Académicos y Administrativos a través de los mecanismos más adecuados y pertinentes, para conocimiento y fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y ejecútese.JOSÉ FLORENTINO MOLERO LOPEZ Presidente de la Comisión Organizadora MARÍA JIMÉNEZ DE BENITES Vicepresidenta Académica de laComisión Organizadora BALDEMAR TENE FARFAN Vicepresidente de Investigación 2205070-1