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34 NORMAS LEGALES Martes 15 de agosto de 2023 El Peruano / Artículo 2.- Designar en el cargo de Jefe/a del Órgano de Control Institucional a los profesionales que se detallan a continuación: N° ENTIDAD APELLIDOS Y NOMBRES DNI 1SERVICIOS POSTALES DEL PERU SOCIEDAD ANONIMA “SERPOST S.A.”MARQUEZ VALENCIA JOHN EDDY06136977 2ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE TRANSPORTE DE USO PUBLICO - OSITRANALVITRES CASTILLO LAURA PATRICIA17818895 3EMPRESA NACIONAL DE PUERTOS S.A.LOPEZ MANRIQUE JAVIER ENRIQUE09868953 4AUTORIDAD DE TRANSPORTE URBANO PARA LIMA Y CALLAO - ATUANDRADE QUIROZ FIDEL IVAN32124391 5 AUTORIDAD PORTUARIA NACIONALTORRES MANRIQUE ARMANDO RUBEN06243236 Artículo 3.- La acción de personal dispuesta en los artículos 1 y 2 precedentes, tendrá efectividad a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, sin perjuicio del procedimiento de entrega y recepción de cargo correspondiente. Artículo 4.- Disponer que las entidades proporcionen los medios necesarios para el ejercicio de la función de control, de conformidad con la normativa vigente. Artículo 5.- Disponer que la Gerencia de Capital Humano, la Subgerencia de Personal y Compensaciones y la Gerencia de Tecnologías de la Información de la Contraloría General de la República, adopten las acciones que correspondan de acuerdo a lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 6.- Publicar la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELSON SHACK YALTA Contralor General de la República 2204929-1 Modifican la Directiva N° 011-2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución de Contraloría N° 297-2020-CG RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA N° 298-2023-CG Lima, 14 de agosto de 2023 VISTOS: El Memorando N° 000568-2023-CG/SGE, de la Secretaría General; la Hoja Informativa N° 000043-2023-CG/MODER, de la Subgerencia de Modernización; la Hoja Informativa N° 000520-2023-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; y la Hoja Informativa N° 000100-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental; CONSIDERANDO: Que, conforme al literal v) del artículo 22 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, esta Entidad Fiscalizadora Superior tiene como atribución, entre otras, asumir la defensa del personal de la Institución a cargo de las labores de control, cuando se encuentre incurso en acciones legales, derivadas del debido cumplimiento de la labor funcional, aun cuando al momento de iniciarse la acción, el vínculo laboral con el personal haya terminado; Que, el literal l) del artículo 35 de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, así como el artículo 154 de su Reglamento General aprobado mediante Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, establecen que se reconoce el derecho individual del servidor civil de contar con la defensa y asesoría legal, asesoría contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el marco de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la entidad; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR aprobó la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC “Reglas para acceder al Bene fi cio de Defensa y Asesoría de los Servidores y Ex Servidores Civiles”, y modi fi catorias; en cuya Tercera Disposición Complementaria Final establece que “A partir de la entrada en vigencia de la presente directiva, las entidades de la administración pública deberán adecuar progresivamente sus procedimientos sobre asesoría legal y defensa judicial para servidores o exservidores civiles (…)”; Que, en dicho contexto, mediante Resolución de Contraloría N° 297-2020-CG, se aprobó la Directiva N° 011-2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”, la cual se encuentra vigente; Que, de acuerdo con la función prevista en el literal c) del artículo 40 Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado mediante Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y modi fi catorias, se han identi fi cado oportunidades de mejora en la gestión de las solicitudes defensa legal y/o asesoría especializada que recibe esta Entidad Fiscalizadora Superior; por lo que resulta necesario modi fi car la regulación prevista en la citada Directiva N° 011-2020-CG/AJ, en materias como requisitos de admisibilidad, supuestos de improcedencia de la solicitud, formatos aplicables, entre otros aspectos, conforme a la propuesta presentada por la Secretaría General mediante Memorando N° 000568-2023-CG/SGE y que se sustenta en la Hoja Informativa N° 000520-2023-CG/AJ de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; Que, en el marco de la Directiva N° 003-2021-CG/ GJN “Gestión de Documentos Normativos”, aprobada mediante Resolución de Contraloría N° 010-2021-CG, la Subgerencia de Asesoría Jurídica señala haber cumplido con evaluar la viabilidad técnica legal de la propuesta de modi fi cación de la Directiva N° 011-2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”; emitiendo opinión jurídica favorable sobre la citada propuesta de modi fi cación; Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental mediante la Hoja Informativa N° 000100-2023-CG/GJNC, se considera jurídicamente viable emitir el acto resolutivo que modi fi que la Directiva N° 011- 2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”, conforme a la propuesta de la Secretaría General, validada por la opinión técnica legal de la Subgerencia de Asesoría Jurídica; considerando que se ha cumplido con las disposiciones de la Directiva N° 003-2021-CG/GJN “Gestión de Documentos Normativos”, y el Procedimiento “Planteamiento y Evaluación de las Necesidades de Regulación” - PR-NORM-01; En uso de las facultades conferidas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el numeral 4; los literales c), d), g) e i) del numeral 7.1; el numeral 7.3; el tercer párrafo del numeral 7.4; y los Anexos N° 01, 02, 03 y 04, de la Directiva N° 011-2020-CG/AJ “Defensa y/o Asesoría para colaboradores y excolaboradores de la Contraloría General de la República”, aprobada por Resolución