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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (25/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 62

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023 El Peruano / a los servicios de veri fi cación técnica en sus distintas modalidades de aprobación y el proyecto de Decreto de Alcaldía, para continuidad del trámite de aprobación. La propuesta de actualización de costos es la siguiente: Unidad OrgánicaCategoríaPropuesta de Derecho de Pago% UITMonto Máximo por visita de Inspección (UIT) SPHU 2 183.10 0.0366 0.037 SPHU 3 207.90 0.0420 0.042 SPHU 4 365.10 0.0737 0.088 Que, con Memorando N° D000089-2023-MML- GDU-SAU del 2 de marzo de 2023, la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas adjunta las tablas de cálculo de costos, cuadro resumen de costos, y la propuesta de cuadro tarifario TUSNE actualizado, en lo referido a los trámites de Licencia de Edi fi cación en sus distintas modalidades de aprobación, así como la coordinación para confección del proyecto de Decreto de Alcaldía, a fi n de que se remita a la Gerencia de Plani fi cación, para la aprobación correspondiente. La propuesta de actualización de costos es la siguiente: Unidad OrgánicaCategoríaPropuesta de Derecho de Pago% UITMonto Máximo por visita de Inspección (UIT) SAU 1 158.40 0.0320 0.032 SAU 2 181.40 0.0366 0.037 SAU 3 207.90 0.0420 0.042 SAU 4 379.30 0.0766 0.088 Que, con Memorando N° D000464-2023-MML-GC del 18 de julio de 2023, la Gerencia de Cultura, a través de su Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas, con Informe N° D000077-2023-MML-GC-SPCAEMB, sustenta la necesidad de reestructurar sus Servicios No Exclusivos, con la propuesta de eliminar cincuenta y ocho (58) Servicios No Exclusivos y aprobar noventa y tres (93) Servicios No Exclusivos que se ubicarán en el Teatro Principal Manuel A. Segura, la Sala Alzedo, el Teatro Municipal de Lima, el Museo Metropolitano de Lima, el Museo de Sitio Bodega y Quadra y la Pinacoteca Ignacio Merino; Que, mediante Memorando N° D000210-2023-MML- OGPEM del 25 de julio de 2023, la O fi cina General de Plani fi cación Estratégica, Modernización y Cooperación Técnica hace suyo y remite el Informe N° D000210-2023-MML-OGPEM-OPEM del 25 de julio de 2023, elaborado por la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Modernización, a través del cual emite opinión técnica favorable para modi fi car e incorporar nuevos Servicios No Exclusivos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, respecto de los Servicios No Exclusivos que brindan la Gerencia de Desarrollo Urbano y de Cultura; Que, el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Ordenanza N° 2537, establece en su artículo 84 que la Gerencia de Desarrollo Urbano es el órgano de línea encargado de conducir y supervisar los procesos de autorizaciones, otorgamiento de certi fi caciones dentro y fuera de áreas urbanas, otorgamiento de licencias de edi fi cación y de habilitación urbana, entre otros, concernientes al desarrollo urbano dentro del marco legal vigente; Que, el artículo 88 del ROF de la MML, indica en el numeral 8 que es función de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas realizar acciones de Veri fi cación Técnica a los Procesos de Habilitaciones Urbanas en el Cercado de Lima, dentro del marco legal vigente, veri fi cando el cumplimiento del proyecto aprobado; Que, el artículo 92 del ROF de la MML, indica en el numeral 2 que es función de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas, efectuar la veri fi cación técnica de la ejecución de las obras de edi fi cación autorizadas en el Cercado de Lima, cuando corresponda;Que, el artículo 130 del ROF de la MML, establece que, la Gerencia de Cultura, es el órgano de línea responsable de formular, dirigir, administrar, promover, ejecutar y evaluar las actividades en materia de cultura, así como expresiones culturales y artísticas de la MML; Que, el numeral 9 del artículo 131 del ROF en mención, precisa como parte de las funciones y atribuciones le corresponde: “Formular, proponer e implementar ordenanzas, acuerdos, decretos, resoluciones, directivas, instructivos, contratos, convenios y otras normas de aplicación institucional metropolitana, propendiendo a la mejora de los procesos, de acuerdo a sus competencias”; Que, sumado a ello, el artículo 133 del mencionado ROF de la MML establece que, la Subgerencia de Patrimonio Cultural, Artes Escénicas, Museos y Bibliotecas, es la unidad orgánica responsable de desarrollar actividades de protección, defensa, conservación y difusión del patrimonio cultural, de la administración de la infraestructura cultural, entre otros; Que, en ese sentido, se colige que la Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Cultura son competentes para presentar la propuesta de Decreto de Alcaldía a través del Memorando N° D000084-2023-MML-GDU y Memorando N° D000464-2023-MML-GC, que modi fi ca los Servicios No Exclusivos contenidos en el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, mediante el Informe N° D000421-2023-MML- OGAJ del 31 de julio de 2023, la O fi cina General de Asuntos Jurídicos concluye, entre otros, que resulta conforme a la normativa vigente sobre la materia que mediante Decreto de Alcaldía se modi fi que el Texto Único de Servicios No Exclusivos (TUSNE) de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado con Decreto de Alcaldía N° 009-2014 y modi fi catorias, correspondiente a los Servicios No Exclusivos de la Gerencia de Desarrollo Urbano y de la Gerencia de Cultura; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE:Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO los Servicios No Exclusivos numerados del 1 al 58 correspondientes a la Gerencia de Cultura, incluidos sus requisitos y costos, del Texto Único de Servicios No Exclusivos – TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 009 del 21 de octubre de 2014 (y sus modi fi catorias), dejando subsistente lo demás que contiene. Artículo Segundo.- APROBAR E INCORPORAR al Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 009 de fecha 21 de octubre de 2014, los Servicios No Exclusivos correspondientes a la Gerencia de Cultura, numerados del 1 al 93, incluidos sus requisitos y costos, de acuerdo con lo detallado en el Anexo adjunto, el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Tercero.- Modifíquese en el Texto Único de Servicios No Exclusivos - TUSNE de la Municipalidad Metropolitana de Lima, , aprobado por Decreto de Alcaldía N° 009 de fecha 21 de octubre de 2014, el servicio denominado “Veri fi cación Técnica” a cargo de la Subgerencia de Autorizaciones Urbanas y de la Subgerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Gerencia de Desarrollo Urbano, de acuerdo con lo detallado al Anexo adjunto que forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- El presente Decreto de Alcaldía entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la O fi cina General de la Secretaría del Concejo la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario O fi cial El Peruano y a la Ofi cina de Gobierno Digital, la publicación del presente Decreto, así como del anexo que contiene, en el portal institucional (www.munlima.gob.pe), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano.