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50 NORMAS LEGALES Viernes 25 de agosto de 2023 El Peruano / EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO VISTO: En Sesión Extra Ordinaria de Concejo N° 009- 2023 de fecha 16 de agosto de 2023, el Informe N°150-2023-GDH/MDCLR de fecha 18 de julio del 2023, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Memorando N° 1718-2023-GPP/MDCLR de fecha 31 de julio de 2023, emitido por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, Memorando N° 752-2023-GDH/MDCLR, emitido por la Gerencia de Desarrollo Humano, Informe Técnico N° 011-2023-SGPPMI-GPP/MDCLR de fecha 03 de agosto de 2023, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones, Informe N° 328-2023-MDCLR/GAJ de fecha 07 de agosto del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorando N° 327-2023-GM/MDCLR de fecha 09 de agosto de 2023, emitido por la Gerencia Municipal, sobre el “Proyecto de Ordenanza Municipal que conforma la Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores – METRAPAM del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso”, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, establece que las municipalidades provinciales y distritales son órganos de gobierno local, los cuales tienen autonomía política, económica y administrativa y de administración. La autonomía que la Constitución Política establece para las municipalidades, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al orden jurídico; Que, el numeral 2.4 del Artículo 84° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades establece que es función especí fi ca de las municipalidades distritales organizar, administrar y ejecutar los programas locales de asistencia, protección y apoyo a la población en riesgo, de niños, adolescentes, mujeres, adultos mayores, personas con discapacidad y otros grupos de la población en situación de discriminación; Que, mediante la Ley N° 30490 – Ley de la Persona Adulta Mayor, se establece un marco normativo que garantice el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, a fi n de mejorar su calidad de vida y propiciar su plena integración al desarrollo social, económico, político y cultural de la Nación; Que, el Artículo 23° del precitado marco normativo dispone que el gobierno central, los gobiernos regionales y los gobiernos locales deben conforman espacios para abordar la temática de las personas adultas mayores, pudiendo constituir para tal fi n comisiones multisectoriales, consejos regionales y mesas de trabajo, respectivamente, integradas por representantes del Estado, permitiendo la participación de organizaciones de personas adultas mayores; Que, el numeral 72.3 del Artículo 72° del Reglamento de Ley de Personas Adultas Mayores aprobado mediante Decreto Supremo N° 024-2021-MIMP, establece que los Gobiernos Provinciales y Distritales conforman Mesas de Trabajo– METRAPAM , las cuales constituyen espacios de participación, diálogo, coordinación, concertación y toma de decisiones a nivel provincial y distrital, que se encuentran presididas por el Alcalde e integrado por las instituciones públicas y privadas, vinculadas a la temática de adultos mayores, las organizaciones de personas adultas mayores a través de sus representantes debidamente elegidos/as, debiendo tener como observancia la cuota de género, a fi n de proponer políticas, acciones y otras iniciativas en materia de personas adultas mayores ante los órganos del Gobierno Provincial y Distrital; Que, asimismo el literal b) del precitado artículo señalar que la Mesa Distrital, estará conformada por los/as representantes de las instituciones públicas y privadas de su jurisdicción en la temática de las personas adultas mayores, así como de organizaciones de personas adultas mayores debidamente acreditadas o reconocidas en su jurisdicción local y cuyos representantes, considerando la cuota de género, sean elegidos/as en asamblea general de delegados/as. Que, mediante Informe N° 150-2023-GDH/MDCLR de fecha 18 de julio del 2023 la Gerencia de Desarrollo Humano, dentro de sus facultades de supervisar, monitorear, evaluar los servicios que relacionados, entre otros, con el Centro Integral de Atención al Adulto Mayor (CIAM) de conformidad al Reglamento de Organización y Funciones de esta corporación edil, remite el Proyecto de Ordenanza que conforma la Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, METRAPAM – Carmen de la Legua Reynoso, para consideración y posterior aprobación para parte del pleno del Concejo Municipal; Que, a través del Informe Técnico N° 011-2023-SGPPMI-GPP/MDCLR, la Sub Gerencia de Planeamiento y Programación Multianual de Inversiones, emite opinión favorable al Proyecto de Ordenanza que conforma la Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, METRAPAM, del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso; Que, con Informe N° 328-2023-MDCLR/GAJ de fecha 07 de agosto del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, considera viable la aprobación del Proyecto de Ordenanza Municipal que conforma la Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, METRAPAM, del Distrito de Carmen de la Legua Reynoso, el mismo que deberá ser elevado al Concejo Municipal para su aprobación correspondiente conforme con el artículo 9°, numeral 8 de la Ley Orgánica de Municipalidades; Que, a través del Memorando N° 327-2023-GM/ MDCLR de fecha 09 de agosto del 2023, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Secretaría General en relación al Proyecto de Ordenanza Municipal que conforma la Mesa de Trabajo para las Personas Adultas Mayores de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, METRAPAM, para que sea elevado a la Sesión de Concejo Municipal correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8° del artículo 9° y el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y modi fi catorias, el Concejo Municipal, luego del debate, por UNANIMIDAD y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE CONFORMA LA MESA DE TRABAJO PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO, METRAPAM – CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO Artículo Primero.- CONFORMAR la MESA DE TRABAJO PARA LAS PERSONAS ADULTAS MAYORES de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, METRAPAM – CARMEN DE LA LEGUA REYNOSO, como parte del Consejo Regional de Personas Adultas Mayores del distrito de Carmen de la Legua Reynoso, encargada del seguimiento, evaluación y ejecución de las políticas, programas y proyectos dirigidos a las personas adultas mayores de jurisdicción del distrito de Carmen de Legua Reynoso, y estará integrado por los siguientes miembros: - Alcalde Distrital de Carmen de Legua Reynoso, quien la preside. - Gerente de Desarrollo Humano. en calidad de Secretaría Técnica. - Sub Gerente de Participación Ciudadana, como Asistencia Técnica. - Un representante de la Policía Nacional del Perú.- Un representante de la Dirección Regional de Educación del Callao. - Un representante de la Dirección Regional de Salud del Callao. - Un representante del Ministerio Público. - Un representante del Poder Judicial. - Un representante del Centro de Salud de Villa Señor de los Milagros - Un representante del Centro de Salud de Carmen de la Legua