Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (26/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023 El Peruano / fi nanciamiento Recursos Directamente Recaudados por la suma de S/ 100 000,00 (Cien mil y 00/100 Soles), a favor del Gobierno Regional de La Libertad; para ser destinada exclusivamente a la dirección o gerencia regional de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle: Fuente de fi nanciamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: (En Soles)2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1.3.1.2 : Otras Unidades del Gobierno Regional 100 000,00 Artículo 2.- La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle: A LA: SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS (En Soles) Pliego 451 : Gobierno Regional de La Libertad 100 000,00 Unidad Ejecutora : N° 001 Región La Libertad - Sede CentralUnidad Ejecutora SIAF : N° 0831Cuenta : Cuenta Única del Tesoro Público – CUTRUC : N° 20440374248 Artículo 3.- Los términos y obligaciones de la transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio de Cooperación y Gestión, celebrados entre el Ministerio de Energía y Minas y el Gobierno Regional de La Libertad, correspondiente al año 2023. Regístrese, comuníquese y publíquese.OSCAR ELECTO VERA GARGUREVICH Ministro de Energía y Minas 2208929-1 INTERIOR Designan Directora de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1023-2023-IN Lima, 25 de agosto de 2023 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior, por lo que resulta necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; Con el visado del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública, de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN;SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora DIANA NATALY CARAZAS HUAMANÍ en el cargo de Directora de la Dirección de Derechos Fundamentales de la Dirección General de Seguridad Democrática del Despacho Viceministerial de Seguridad Pública del Ministerio del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior 2209325-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Disponen publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0270-2023-JUS Lima, 25 de agosto de 2023 VISTOS, el Memorando Nº 099-2023-JUS/DGTAIPD, de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; el Informe Legal Nº 162-2023-JUS/DGDNCR, de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, el Informe Nº 900-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, el numeral 6 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú dispone que toda persona tiene derecho a que los servicios informáticos, computarizados o no, públicos o privados no suministren informaciones que afecten la intimidad personal y familiar; Que, la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales tiene por objeto garantizar el derecho a la protección de datos personales previsto en el numeral 6 del artículo 2 de la Constitución Política del Perú; Que, la citada Ley señala que la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales pertenece al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Asimismo, los numerales 6 y 17 del artículo 33 del mismo cuerpo normativo, establece que son funciones de la Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales promover y fortalecer una cultura de protección de los datos personales de los niños y de los adolescentes; así como, velar por el cumplimiento de la legislación vinculada con la protección de datos personales y por el respeto de sus principios rectores, respectivamente; Que, el Reglamento de la Ley de Protección de Datos Personales, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2013-JUS tiene por objeto desarrollar la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, a fi n de garantizar el cumplimiento de las obligaciones vinculadas al cumplimiento del derecho fundamental a la protección de datos personales; Que, conforme al literal d) del artículo 6 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ley Nº 29809, el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos es la entidad competente para cumplir, entre otras, con la función de emitir normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y la gestión de los recursos del sector; Que, el artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS, establece que la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales es el órgano encargado de ejercer la