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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (26/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023 El Peruano / RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1545-2023-R-UNA (22-06- 2023), se aprueba el Programa de Viajes de Investigación de Docentes de las Escuelas Profesionales de esta Casa Superior de Estudios, para la realización de Pasantías Docente en Universidades Top de habla no española, durante el periodo del Segundo Semestre del Año Académico 2023, a partir del 31 de julio del presente año; conforme a las respectivas Resoluciones de Decanato que contienen la autorización correspondiente, para 31 docentes; asimismo, por RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1776-2023-R-UNA (13-07-2023) se autoriza el viaje y licencia para los docentes que realizarán dicha pasantía; Que, a través de los documentos descritos en la parte de vistos del presente acto administrativo, el Vicerrector de Investigación solicita que mediante Resolución Rectoral se conceda licencia por capacitación y otorgue una bolsa de viaje a favor de los docentes comprendidos en la RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1545-2023-R-UNA, autorizándose a su vez, su viaje al exterior, para la realización de la Pasantía Docente autorizada, durante el Segundo Semestre del Año Académico 2023; por otro lado, solicita se considere, incluyendo a la docente ERIKA MARCIA GEORGINA JAÉN TEJADA, de la Escuela Profesional de Educación Primaria, para que pueda realizar pasantía en la Universidad Sao Paulo de Brasil, contando para ello con la autorización de la Facultad de Ciencias de la Educación mediante RESOLUCIÓN DE DECANATO N° 488-2023-D-FCEDUC-UNA (07-07-2023); Que, conforme se encuentra prescrito en el Estatuto de la UNA-PUNO, aprobado por RAU N° 008-2023-AU-UNA, art. 66 y art. 67 numeral 67.11, el Vicerrectorado de Investigación es el órgano de más alto nivel, en el ámbito de la investigación; está encargado de orientar, coordinar y organizar los proyectos y actividades de investigación que se desarrollan a través de las diversas unidades académicas; entre sus atribuciones, se encuentra la de promover el intercambio, estancias, pasantías y movilidad de docentes, investigadores y estudiantes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno con otras universidades y entidades de investigación o empresariales, nacionales e internacionales, en colaboración con el Vicerrectorado Académico; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público, en razón a ello, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad. También es de consideración mencionar, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; Que, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través de la Unidad de Presupuesto, ha emitido el INFORME N° 1631-2023-UP-OPP-UNA (18-07-2023), del cual se in fi ere la existencia de disponibilidad de marco presupuestal hasta por el importe total de QUINIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CON 00/100 SOLES (S/. 517,500.00), en la Meta SIAF 5005857 EJERCICIO DE LA DOCENCIA UNIVERSITARIA, Genérica del Gasto 2.5 Otros Gastos, Fuente de Financiamiento: Recursos Ordinarios; por lo que resulta la posibilidad de atender las bolsas de viaje a favor de los docentes que realizarán pasantía en Universidades Top de habla no española. Asimismo, la O fi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la opinión legal favorable contenida en el INFORME LEGAL N° 1347-2023-OAJ-UNA-PUNO (19-07-2023), de cuya conclusión y recomendación se tiene que es procedente autorizar el requerimiento formulado por el Vicerrectorado de Investigación, materia de la presente; Que, la Universidad Nacional del Altiplano de Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; Que, el vigente Estatuto de la UNA-PUNO, en su art. 212 numeral 212.7, señala que es derecho de los docentes tener licencias con o sin goce de haber con reserva de plaza en el sistema universitario; Que, el REGLAMENTO DE LICENCIA POR ESTUDIOS Y CAPACITACIÓN OFICIALIZADA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL ALTIPLANO – PUNO aprobado por RESOLUCIÓN RECTORAL N° 3192-2017-R-UNA, en su art. 3° establece: “La licencia por estudios y capacitación ofi cializada comprenden: (…) y Licencia por Capacitación ofi cializada (LCO): Diplomados, Pasantías, Intercambios docentes, las que podrán ser realizadas en la UNA-PUNO, en otras Universidades Nacionales o Particulares y en Universidades del extranjero.”; Que, por estas consideraciones; estando a los documentos sustentatorios que forman parte de la presente Resolución; de conformidad con el dictamen del Jefe de Pliego; y, en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley N° 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y la Resolución de Asamblea Universitaria N° 009-2021-AU-UNA; SE RESUELVE:Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior de los siguientes docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno - Perú, concediéndoseles LICENCIA POR CAPACITACIÓN OFICIALIZADA y la respectiva Bolsa de Viaje, para la realización de PASANTÍA DOCENTE en Universidades Top de habla no española, durante el periodo del Segundo Semestre del Año Académico 2023 a partir del 31 de julio del presente año, en concordancia con la RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1545-2023-R-UNA y RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1776-2023-R-UNA; incluyéndose a la docente Erika Marcia Georgina Jaén Tejada (Resolución de Decanato N° 488-2023-D-FCEDUC-UNA); acorde con los fundamentos descritos en la parte considerativa del presente acto administrativo y nómina que se detalla a continuación: N° ESCUELA PROFESIONAL DOCENTE PASANTÍA PAÍS F. Inicio F. Término Monto 1 INGENIERÍA AGRONÓMICA Sandro Sardón Nina UNAM MEXICO 31/07/2023 20/12/2023 S/ 20,000.00 2 INGENIERÍA AGRONÓMICA Victor Andres Gonzales Gonzales UNESP BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 3 INGENIERÍA ECONÓMICAVictor Telesforo Catacora VidangosUNAM MEXICO 31/07/2023 20/12/2023 S/ 20,000.00 4 TRABAJO SOCIAL Bestsabe Aurora Llerena Zea UNLP ARGENTINA 31/07/2023 20/12/2023 S/ 18,500.00 5 INGENIERÍA MINAS Roberto Chavez Flores UFMG BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 6 TURISMO Carmen Yanet Aliaga Tapia UFMG BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 7 ANTROPOLOGÍA Robinson Luis Belliard Soriano UNICAMP BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 8 BIOLOGÍA José David Velezvía Díaz UNESP BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 9 BIOLOGÍARicardo Bonifacio Huerta MaguiñaUNESP BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 10 EDUCACIÓN SECUNDARIA Francisco Marino Tipula Mamani USP BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00 11 EDUCACIÓN SECUNDARIASonia Agley Bustinza ChoquehuancaUSP BRASIL 31/07/2023 15/12/2023 S/ 17,000.00