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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (26/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Sábado 26 de agosto de 2023 El Peruano / Autoridad Nacional de Protección de Datos Personales; y, conforme al artículo 71, ejercen, entre otras, la función de proponer políticas y proyectos normativos en materias de su competencia; Que, resulta necesario establecer un nuevo reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, que eleve los estándares regulatorios en materia de protección de datos personales a través de la incorporación de nuevas de fi niciones y categorías jurídicas enfocadas en potenciar el derecho y garantizar los principios aplicables. Así, por ejemplo, se ha establecido la necesidad de efectuar un reporte de los incidentes de seguridad que afecten datos personales, así como la realización de una evaluación de impacto del tratamiento de datos personales. Con similar objetivo, se ha regulado el concepto de portabilidad; la incorporación de nuevas conductas infractoras; entre otras disposiciones relevantes; Que, conforme al artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, las entidades públicas dispondrán la publicación de los proyectos de normas de carácter general de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales, permitiendo que las personas interesadas formulen comentarios sobre las medidas propuestas; Que, siendo el proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales la propuesta de una norma de carácter general, corresponde efectuar su publicación en el sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en el que se mantendrá por un plazo de treinta (30) días calendario, a fi n que las entidades públicas, privadas y la ciudadanía en general alcancen sus opiniones, sugerencias, comentarios o recomendaciones por vía electrónica o en mesa de partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (con atención a la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales); Que, se cuenta con el visado del Viceministro de Justicia, de la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales; de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria; y, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad con la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2017-JUS; SE RESUELVE:Artículo 1.- Disponer la publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley Nº 29733, Ley de Protección de Datos Personales, así como de la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www.gob.pe/minjus) el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial El Peruano. Artículo 2.- Establecer un plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, a efectos de recibir las sugerencias y/o comentarios y/o recomendaciones formuladas por las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de los ciudadanos en general. Artículo 3.- Las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones pueden ser presentadas en Mesa de Partes del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos ubicada en Calle Scipión Llona 350, distrito de Mira fl ores, provincia y departamento de Lima; así como a través de mesa de partes virtual https://sgd.minjus.gob.pe/sgd-virtual/public/ciudadano/ciudadanoMain.xhtml; o, mediante el correo electrónico: reglamentodatospersonales@minjus.gob.pe Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos recibir, procesar y sistematizar las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones presentadas durante el periodo de publicación. Artículo 5.- Disponer que la O fi cina General de Tecnologías de Información y la O fi cina General de Imagen y Comunicaciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos procedan, en el ámbito de sus competencias, a efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.DANIEL MAURATE ROMERO Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2208964-1 Autorizan viaje de Procurador Público Especializado Supranacional, Analista I en Defensa Jurídica del Estado y profesional de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional para participar en evento a realizarse en Costa Rica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0271-2023-JUS Lima, 25 de agosto de 2023VISTOS, el Informe N° D000010-2023-JUS/PGE- PPES, de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; el O fi cio N° D001838-2023-JUS/PGE-GG, de la Gerencia General de la Procuraduría General del Estado; el Informe N° 368-2023-JUS/OGPM, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 915-2023-JUS/OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, conforme a los documentos de vistos, la Procuraduría Pública Especializada Supranacional señala que el Estado peruano recibió las comunicaciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con las cuales se convoca a una reunión previa y a una audiencia pública en relación con el caso N° 15-2021- Yangali Iparraguirre Vs. Perú. Estas actividades se realizarán los días 30 y 31 de agosto de 2023, en la ciudad de San José, República de Costa Rica, en el marco del 160 Periodo Ordinario de Sesiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; Que, asimismo, conforme a la citada documentación, se propone como representantes de la delegación del Estado peruano para asistir al mencionado evento al señor Carlos Miguel Reaño Balarezo, Procurador Público Especializado Supranacional, Agente Titular del Estado peruano; la señora Angela Fiorella Huasupoma Soto, Analista I en Defensa Jurídica del Estado, de la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; y, la señora Angela Lucerito Valencia Barboza, abogada contratada para la Procuraduría Pública Especializada Supranacional; Que, los casos seguidos ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos revisten una gran complejidad y especialización técnica en la materia, además de existir un interés nacional dada la naturaleza de la controversia que lleva al Estado peruano ante instancias supranacionales; adicionalmente, la preparación previa a una audiencia pública implica la realización de diversas