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33 NORMAS LEGALES Martes 29 de agosto de 2023 El Peruano / la ciudad o genera contaminación visual, materializada en el artículo 9 y en la quinta infracción del Anexo 1 de la Ordenanza N° 301-MDSMM. (iv) La exigencia de seguir el procedimiento para el retiro, reubicación y/o reordenamiento de instalaciones del servicio público de electricidad en desuso, mal estado o mal ubicadas, materializada en el artículo 10 y en la quinta y sexta infracción del Anexo 1 de la Ordenanza N° 301-MDSMM. (v) La exigencia de identi fi car los postes y cables aéreos instalados en las áreas de dominio público del distrito, con un rótulo o marca que identi fi que al operador de la infraestructura aérea del servicio público de electricidad y remitir dicha información debidamente inventariada a la Gerencia de Desarrollo Urbano en formato dwg. (en un CD, e impresa formato A- 1, dos juegos), con los datos del área y contacto correspondiente, materializada en la Primera Disposición Final de la Ordenanza N° 301-MDSMM. En cuanto a la medida (i), el marco legal no habilita a las municipalidades a establecer, de manera anterior y como regla general, una obligación de coordinar la instalación de nuevas infraestructuras. Sobre la medida (ii), la entidad distrital no cuenta con atribuciones para regular aspectos técnicos vinculados a la seguridad y riesgos eléctricos contemplados en el Código Nacional de Electricidad (CNE), lo que corresponde al Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería. Sobre los puntos (iii) y (iv), dichas medidas de ordenamiento y el correspondiente procedimiento a seguir, son impuestas de modo unilateral por la entidad edil sin observar lo previsto en el marco legal sobre la obligatoriedad de la coordinación entre los gobiernos locales y los operadores de servicios públicos, en cuanto a infraestructuras ya instaladas. Finalmente, respeto a la medida (v), del marco legal y nacional aplicable no se aprecia la competencia municipal para exigir la identi fi cación y el rotulado de infraestructuras eléctricas. De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de las citadas barreras burocráticas declaradas ilegales en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos en general que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución N° 0239-2021/CEB-INDECOPI en la Separata de Normas Legales del diario o fi cial El Peruano. Cabe precisar que el pronunciamiento fi nal de la Comisión no desconoce las facultades municipales previstas en la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley N° 29022 y normas complementarias, para autorizar y fi scalizar el tendido de cableado aéreo del servicio público de telecomunicaciones, las cuales deben ejercidas respetando dicho marco normativo. LUIS RICARDO QUESADA ORÉ Presidente de la Comisión de Eliminaciónde Barreras Burocráticas 2209500-1 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Designan a magistrada integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en comisión y unidad de equipo técnico Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000365-2023-CE-PJ Lima, 25 de agosto del 2023VISTA: La propuesta de conformación de Comisiones de Trabajo y Equipos Técnicos del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Acuerdo Nº 1410-2023, se instaló el Décimo Segundo Período de Sesiones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, que comprende desde el 23 de agosto de 2023 al 22 de agosto de 2025. Segundo. Que, se encuentra pendiente la conformación de las Comisiones de Trabajo y Equipos Técnicos del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Tercero. Que, el artículo 82, inciso 26, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. En consecuencia, en mérito al Acuerdo Nº 1411-2023 de la trigésima sétima sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 23 de agosto de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar a la señora Jueza Suprema titular Elvia Barrios Alvarado, integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en la siguiente comisión y unidad de equipo técnico: - Presidenta de la Comisión de Trabajo del “Expediente Judicial Electrónico – EJE” y “Mesa de Partes Electrónica – MPE”. - Consejera Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. Artículo Segundo.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país, Comisión de Trabajo del “Expediente Judicial Electrónico – EJE” y “Mesa de Partes Electrónica – MPE”, Unidad de Equipo Técnico de Institucional del Código Procesal Penal; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2209715-1 Designan a magistrado integrante del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en diversas comisiones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000366-2023-CE-PJ Lima, 25 de agosto del 2023VISTA: La propuesta de conformación de Comisiones de Trabajo y Equipos Técnicos del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante Acuerdo Nº 1410-2023, se instaló el Décimo Segundo Período de Sesiones del