Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE AGOSTO DEL AÑO 2023 (29/08/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Martes 29 de agosto de 2023 El Peruano / Que, mediante Informe N° 000448-2023-GAJ/ MLV, de fecha 16 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, concluye que es necesaria la suscripción del Decreto de Alcaldía que aprueba el Programa de Segregación en la fuente de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE en La Victoria, denominado “Recicla – RAEE – Victoria”; por lo que emite opinión favorable a la suscripción del precitado programa, recomendando remitir los actuados a la Gerencia Municipal, para que prosiga con el trámite correspondiente; Que, mediante Memorando N° 000831-2023-GM/MLV, de fecha 16 de agosto de 2023, la Gerencia Municipal, remite los actuados a la Secretaria General, a fi n de que disponga el trámite correspondiente, conforme a su competencia y funciones; Estando a los fundamentos precedentemente expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas en el inciso 6), del artículo 20° y artículo 42°, de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, contando con las visaciones de la Gerencia Municipal, Gerencia de Plani fi cación y Presupuesto, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Gestión Ambiental. SE DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Programa de Segregación en la fuente de Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos – RAEE en la Municipalidad de La Victoria, denominado “RECICLA-RAEE-VICTORIA”, cuyo texto forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- DELEGAR a la Gerencia de Gestión Ambiental efectuar las acciones necesarias para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, de conformidad con el marco normativo sobre la materia. Artículo Tercero.- ENCARGAR a todas las áreas intervinientes, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaria General realizar el trámite de la publicación del presente decreto en el diario O fi cial “El Peruano”, así como ante la Gerencia de Gestión del Gobierno Digital, para la publicación de la presente resolución en la página web de la Municipalidad de La Victoria, para los fi nes correspondientes. Regístrese, publíquese y cúmplase.RUBEN CANO ALTEZ Alcalde 2209455-1 Prorrogan el plazo para acogerse a los beneficios que concede la Ordenanza N° 415/MLV respecto de las multas administrativas en estado ordinario y coactivo DECRETO DE ALCALDÍA N° 006-2023/MLV La Victoria, 23 de agosto de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA VISTOS: El Informe N° 000052-2023-GFC/MLV, de fecha 21 de agosto de 2023, de la Gerencia de Fiscalización y Control, Informe N° 000460-2023-GAJ/MLV, de fecha 22 de agosto de 2023, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Memorando N° 000859-2023-GM/MLV, de fecha 22 de agosto de 2023, de la Gerencia Municipal; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades” señala que (…) “los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”; Que, de acuerdo al artículo 6° de la Ley Nº 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, señala que (…) “la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local y el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa”; en tanto que el artículo 39° de la acotada norma, señala que (…) “el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno señaladas en dicha ley, mediante decretos de alcaldía”; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 42° de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”, señala que (…) “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y efi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal”; Que, la tercera disposición complementaria fi nal de la Ordenanza Nº 415/MLV, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 31 de mayo de 2023, que aprueba bene fi cios para el pago de multas administrativas en estado ordinario y coactivo, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar el plazo de vigencia; Que, mediante Informe N° 000466-2023-SGSCA- GFC/MLV, de fecha 17 de agosto de 2023, Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa, pone en conocimiento de la Gerencia de Fiscalización y Control que, ve conveniente disponer la prórroga de la Ordenanza N° 415/MLV “Ordenanza que aprueba el pago de multas administrativas en estado ordinario y coactivo”, a fi n que el bene fi cio planteado en la misma, sea conocido y aprovechado por los vecinos del distrito de La Victoria; Que, mediante Informe N° 000052-2023-GFC/MLV, de fecha 21 de agosto de 2023, la Gerencia de Fiscalización y Control, en atención a lo informado por la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa, opina por la procedencia de prorrogar hasta el 29 de setiembre de 2023, el plazo de acogimiento a los bene fi cios tributarios otorgados a través de la Ordenanza N° 415/MLV, a efecto de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los administrados que deseen cancelar sus multas administrativas; en ese sentido, eleva los actuados así como el proyecto de Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, a fi n que se remita a la Gerencia de Asesoría Jurídica para pronunciamiento legal y se prosiga con el trámite respectivo para su aprobación; Que, mediante Informe N° 000460-2023-GAJ/ MLV, de fecha 22 de agosto de 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la prórroga de la Ordenanza Municipal N°415/MLV hasta el día 29 de setiembre del 2023; Que, mediante Memorando N° 000859-2023-GM/ MLV, de fecha 22 de agosto de 2023, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaría General, a fi n que disponga el trámite correspondiente, conforme su competencia y funciones; Que, es necesario que, dentro de sus políticas de desarrollo social sostenible y en búsqueda del bienestar colectivo, la administración municipal prorrogue el plazo para acogerse a los bene fi cios otorgados mediante la Ordenanza Nº 415/MDLV, con la fi nalidad de estimular el cumplimiento voluntario de las multas administrativas en estado ordinario y coactivo por parte de los administrados; Estando a lo expuesto, por la Subgerencia de Sanciones y Coactiva Administrativa, la Gerencia de Fiscalización y Control, así como a la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica y en uso de las facultades conferidas por el numeral 6), del artículo 20° y el artículo 42° de la Ley N° 27972, “Ley Orgánica de Municipalidades”; SE DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo para acogerse a los bene fi cios que concede la Ordenanza N°