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46 NORMAS LEGALES Martes 29 de agosto de 2023 El Peruano / Que, con fecha 09 de julio de 2023 se realizó la segunda sesión de la Comisión Ambiental Municipal, aprobándose por unanimidad el proyecto de Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de San Juan de Mira fl ores, conforme consta en el Acta de Reunión Nº 002-2023-MDSJM/CAM; instrumento de gestión que cuenta con la opinión favorable de la Gerencia de Gestión Ambiental (Memorándum Nº 689-2023-GGA/MDSJM); Subgerencia de Planeamiento Estratégico y Cooperación Técnica (Informe Nº 0280-2023-SGPEyCT-GPP/MDSJM); Gerencia de Planeamiento y Presupuesto (Memorándum Nº 445-2023-GPP/MDSJM); así como opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica (Informe Nº 460-2023-GAJ/MDSJM) y la conformidad de la Gerencia Municipal (Memorándum Nº 944-2023-GM/MDSJM); por lo que corresponde emitirse el respectivo acto administrativo; De conformidad con los artículos 20, numeral 6); 39 y 42 de la Ley Nº 27972 –Orgánica de Municipalidades; Ley Nº 28611 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 085-2003-PCM; así como Ley Nº 28245 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2005-PCM; DECRETA:Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento Interno de la Comisión Ambiental Municipal del distrito de San Juan de Mira fl ores, cuyo texto es parte integrante del presente decreto de alcaldía. Artículo Segundo .- ENCARGAR a la Gerencia Municipal; Gerencia de Gestión Ambiental, así como a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través de sus unidades orgánicas correspondientes, dar estricto cumplimiento a la presente norma municipal. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO todo decreto de alcaldía que se oponga al presente o limite su ejecución. Artículo Cuarto .- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este decreto en el diario o fi cial El Peruano; y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Soporte informático su publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Mira fl ores Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.DELIA NELLY CASTRO PICHIHUA Alcaldesa REGLAMENTO INTERNO DE LA COMISIÓN AMBIENTAL MUNICIPAL DEL DISTRITO DE SAN JUAN DE MIRAFLORES CAPÍTULO I.- CONTENIDO Y ALCANCES Artículo 1º.- El presente reglamento tiene por fi nalidad normar la composición, organización interna, funcionamiento, atribuciones y obligaciones de la Comisión Ambiental Municipal (en adelante, la CAM) del distrito de San Juan de Mira fl ores. CAPÍTULO II.- NATURALEZA Y ÁMBITO TERRITORIAL DE COMPETENCIA Artículo 2º.- La CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores tiene carácter multisectorial; está encargada de coordinar y concertar la Política Nacional del Ambiente en el ámbito local y promover el diálogo y el acuerdo entre los sectores público, privado y la sociedad civil, para llevar la gestión ambiental a un nivel de e fi cacia real y que prevenga y resuelva los problemas ambientales que sólo pueden ser enfrentados bajo mecanismos transectoriales y participativos. Artículo 3º.- La CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores tiene competencia jurisdiccional en el ámbito territorial de su jurisdicción.CAPÍTULO III.- FUNCIONES GENERALES Y ESPECÍFICAS Artículo 4º.- Las funciones generales de la CAM se rigen conforme a lo establecido en el artículo 49º del Reglamento de la Ley Marco del Sistema Nacional de Gestión Ambiental, aprobado mediante Decreto Supremo N° 008-2005-PCM. Y sus funciones especí fi cas conforme al artículo 4º de la Ordenanza N°431-2020-MDSJM, que modi fi ca la Ordenanza N° 0084-2008-MDSJM. CAPÍTULO IV.- DE LA COMPOSICIÓN Y REPRESENTACIÓN Artículo 5º.- La CAM de San Juan de Mira fl ores se encuentra conformada por las instituciones públicas, privadas y de la sociedad civil señaladas en Ordenanza N°431-2020-MDSJM, que modi fi ca la Ordenanza N° 0084-2008-MDSJM. Cualquier modi fi cación de la composición de la CAM deberá ser regularizada por el concejo municipal del distrito de San Juan de Mira fl ores, en coordinación con la CAM. Artículo 6º.- La estructura interna de la CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores está constituida por la presidencia, la secretaría técnica y la asamblea. Artículo 7º.- Los miembros de la CAM serán los representantes designados por las instituciones que la componen. Artículo 8º.- El número de representantes de las instituciones conformantes de la CAM serán de dos (2) personas por institución: un representante titular y un representante alterno, debidamente acreditados por el representante de mayor jerarquía de su respectiva institución. Artículo 9º.- En sesiones de la CAM, las instituciones conformantes sólo ejercerán su participación mediante su representante titular y/o alterno, la que no es delegable. Los representantes alternos podrán participar en las sesiones y acordar consensos o votar, en caso de no estar presente un representante designado o fi cialmente. Artículo 10º.- El proceso de designación de los representantes de las instituciones conformantes de la CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores dependerá de la forma de selección de cada institución y/u organización. Artículo 11º.- El reemplazo de un representante de las instituciones que integran la CAM deberá ser comunicado formalmente al presidente(a) de la CAM. Artículo 12º.- El ejercicio de la representación ante la CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores, se pierde por los siguientes motivos: a) Renuncia. b) Reemplazo. c) Inasistencia injusti fi cada a 3 sesiones consecutivas. d) Para el caso de instituciones públicas a la segunda inasistencia injusti fi cada se informará a las instancias correspondientes. e) Incapacidad legal. CAPÍTULO V.- DE LOS REQUISITOS, OBLIGACIONES, DERECHOS, FALTAS Y SANCIONES DE SUS MIEMBROS Artículo 13º.- Para ser miembro de la CAM del distrito de San Juan de Mira fl ores, se deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Ejercer funciones en la institución que representa. b) Gozar de buena conducta, moral y ética.c) Ser responsable y conocer temas ambientales. Artículo 14º.- Son obligaciones de los miembros de la CAM: a) Representar efectivamente a la institución por la que fueron elegidos. b) Cumplir con las funciones de la CAM.c) Asistir a las sesiones convocadas por la CAM.d) Comunicar los acuerdos de la CAM a la institución que representan, y coordinar las acciones a llevar a cabo.