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36 NORMAS LEGALES Martes 29 de agosto de 2023 El Peruano / como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N.° 1401-2023 de la trigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 22 de agosto de 2023, realizada con la participación de los señores Arévalo Vela, Lama More, Arias Lazarte, Álvarez Trujillo, señora Medina Jiménez y señor Espinoza Santillán; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Reconformar la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, la cual estará integrada por los siguientes jueces/zas y funcionarios/as del Poder Judicial, quienes desempeñarán el cargo en adición a sus funciones: - El presidente del Poder Judicial, quien la preside. - Un magistrado de Juzgado Penal Unipersonal, designado por el presidente del Poder Judicial - Un magistrado de Juzgado de Investigación Preparatoria, designado por el presidente del Poder Judicial - El Gerente General del Poder Judicial- El Gerente de Infraestructura Inmobiliaria del Poder Judicial. - El Gerente de Informática del Poder Judicial.- Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial. Artículo Segundo.- Disponer que la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial, desempeñe las siguientes funciones: a) Gestionar en forma coordinada con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos la asignación de recursos presupuestarios ante el Ministerio de Economía y Finanzas, para la implementación de las Unidades de Flagrancia en los Distritos Judiciales del país que lo requieran, previa evaluación cuantitativa y cualitativa de carga procesal, en lo que respecta al ingreso de procesos de fl agrancia. b) Elaborar herramientas de gestión en forma coordinada y conjunta con la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, (protocolos de actuación interinstitucional, directivas, reglamentos); y demás herramientas que sean necesarias para los procesos de fl agrancia. c) Identi fi car inmuebles y posteriormente, si lo requiere, adecuaciones de espacios físicos, para el óptimo desarrollo de las funciones de cada institución en el recinto judicial. d) Convocar a reuniones interinstitucionales para la elaboración del diseño de fl ujo de los procesos de fl agrancia. e) Diseñar herramientas de gestión para el seguimiento de casos de los procesos de fl agrancia. f) Diseñar actividades de capacitación al personal jurisdiccional y administrativo de carácter transversal. g) Otras actividades que se generen como consecuencia de las necesidades que surjan en el proceso de implementación de las Unidades de Flagrancia. h) Proponer iniciativas legislativas para su derivación ante el Poder Ejecutivo o Poder Legislativo. Artículo Tercero.- El presidente de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial convocará de manera directa a los integrantes de la referida comisión, a que se re fi ere el artículo primero de la presente resolución. Artículo Cuarto.- Dejar sin efecto la Resolución Administrativa N° 000078-2023-P-CE-PJ de fecha 25 de abril de 2023; y cualquier otra disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución.Artículo Quinto.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Fiscal de la Nación, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Ministerio del Interior, Dirección General de Defensa Pública y Acceso a la Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, Secretaría Técnica de la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal, Gerencia de Infraestructura Inmobiliaria, Gerencia de Informática, Secretario Técnico de la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú - Poder Judicial; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2209736-1 Disponen el funcionamiento de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva de la Corte Superior de Justicia de Lima a partir del 18 de setiembre de 2023, y dictan diversas disposiciones Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000370-2023-CE-PJ Lima, 28 de agosto del 2023VISTO: El O fi cio Nº 000186-2023-ST-CNF/PJ cursado por el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, que contiene propuesta de medidas administrativas para la implementación de la Unidad Piloto de Flagrancia Delictiva en la Corte Superior de Justicia de Lima. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante sesión extraordinaria de fecha 21 de enero de 2022, la Comisión Especial de Implementación del Código Procesal Penal acordó que el Poder Judicial asuma el liderazgo del proyecto de implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú, debido a que cuenta con amplia experiencia en la implementación y administración de locales interinstitucionales que brindan el servicio de justicia, tales como los Módulos Básicos de Justicia y los Centros Integrados del Sistema de Administración de Justicia. Segundo. Que, a mérito de lo mencionado precedentemente, la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial expidió la Resolución Administrativa Nº 00078-2023-P-CE-PJ, mediante la cual se reconforma la Comisión de Implementación de las Unidades de Flagrancia en el Perú – Poder Judicial, precisando las funciones a realizar; disponiendo además otras medidas administrativas. Tercero. Que, las unidades de fl agrancia delictiva se caracterizan por reunir y/o agrupar en un solo inmueble a las instituciones que intervienen en el trámite del proceso inmediato procedente de un delito en fl agrancia delictiva, donde los actores del sistema de justicia, como: i) La Policía Nacional del Perú - PNP, ii) El Ministerio Público, iii) El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, y, iv) El Poder Judicial, cumplen roles especí fi cos, labor que de manera articulada tiene como propósito brindar una respuesta inmediata, e fi caz, e fi ciente y transparente frente a los delitos en fl agrancia. Cuarto. Que, siguiendo la línea de ideas precedentes, el órgano de gobierno del Poder Judicial expidió la Resolución Administrativa Nº 123-2023-CE-PJ de fecha 4 de abril de 2023, que dispone la implementación de la Unidad de Flagrancia en el Distrito Judicial de Lima, conformada por tres Juzgados de Investigación