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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (05/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 36

36 NORMAS LEGALES Martes 5 de diciembre de 2023 El Peruano / Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a doña Milagros Noemí Zenozain Félix en el cargo de regidora del Concejo Distrital de San Pedro, provincia de Ocros, departamento de Áncash, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por haber incurrido en la causa de vacancia prevista en el numeral 7 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a don Neri Eladio Beramendi Ramos, identi fi cado con DNI Nº 70174323, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Distrital de San Pedro, provincia de Ocros, departamento de Áncash, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. SALAS ARENASESPINOZA VALENZUELA RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por la Resolución N.° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2 Aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS. 3 Documento Nacional de Identidad 4 Anexo Huántar s/n, San Pedro, Ocros, Áncash. 2241284-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE CARABAYLLO Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 486- MDC, que otorga beneficios para el pago de la deudas tributarias y no tributarias en el distrito de Carabayllo DECRETO DE ALCALDÍA Nº 16-2023-A/MDC Carabayllo, 27 de noviembre de 2023EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO VISTOS: El Informe N°142-2023-GATR-MDC, de fecha 21 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas; El Informe N°652-2023-MDC/GATR-SGREC de fecha 21 de noviembre de 2023, emitido por la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva; el Informe Legal N°521-GAJ/MDC de fecha 27 de noviembre del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, el Memorándum No. 2334-2023-MDC/GM de fecha 27 de noviembre de 2023, emitido por la Gerencia Municipal; y; CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, concordante con el articulo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, dicha autonomía, radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 42 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades señala que “Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y e fi ciente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal”; Que, mediante Ordenanza N° 486-MDC, publicada en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 26 de agosto del 2023, se otorgaron bene fi cios para el pago de las deudas tributarias y no tributarias en la jurisdicción del distrito de Carabayllo, estableciéndose como fecha de término de la misma, así como para disponer su prórroga; Que, la Sexta Disposición Final de la Ordenanza N° 486-MDC, faculta al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para su adecuada aplicación, así como para disponer su prórroga; Que, mediante el Informe N°142-2023-GATR-MDC de fecha 21 de noviembre del 2023, la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, hace suyo el Informe N° 652-2023-MDC/GATR-SGREC de fecha 21 de noviembre del 2023 de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoria Coactiva, el cual señala que es política de la actual gestión otorgar a los vecinos del distrito, las facilidades que corresponden para lograr el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la fi nalidad de reducir la alta tasa de morosidad y que permita a la Administración sostener lo recursos a fi n de lograr mejoras para el Distrito de Carabayllo, Por tal motivo, propone prorrogar los bene fi cios establecidos en la Ordenanza N° 486-MDC hasta el 31 de diciembre del 2023, a fi n de otorgar mayores oportunidades y facilidades a todos los contribuyentes que aún mantienen obligaciones tributarias y administrativas pendientes de cancelación y que aún no han podido acogerse al bene fi cio establecido; Que, mediante Informe Legal N° 521-2023-GAJ/MDC, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina favorablemente respecto a la prórroga de la vigencia de la Ordenanza N° 486-MDC por encontrarse conforme a Ley, y mediante el Memorando Nº 2334-2023-GM/MDC, la Gerencia Municipal remite los actuados a la Secretaria General para la emisión del Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo informado, ejerciendo las facultades conferidas por la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; y con el Visto Bueno de la Subgerencia de Recaudación y Ejecutoría Coactiva, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, Gerencia de Asesoría Jurídica y de la Gerencia Municipal; DECRETA:Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de diciembre de 2023, la vigencia de la Ordenanza N° 486-MDC, que otorga bene fi cios para el pago de la deudas tributarias y no tributarias en el Distrito de Carabayllo. Artículo Segundo.- El presente Decreto entrará en vigencia al día siguiente de su publicación, conforme a ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, y Subgerencia de Imagen Institucional, el cumplimiento y difusión de lo dispuesto en el presente Decreto de Alcaldía; asimismo, encargar a la Secretaría General y Subgerencia de Logística, la publicación del texto del presente Decreto en el Diario O fi cial “El Peruano, y, a la Subgerencia de Tecnología de la Información y Estadística, su publicación en el Portal Institucional: www.municarabayllo.gob.pe.