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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (13/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 33

33 NORMAS LEGALES Miércoles 13 de diciembre de 2023 El Peruano / SE RESUELVE: Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano MARCO ANDRÉS CRUZ MARÍN para ser extraditado del Reino de España y ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de una menor con identidad reservada. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de MinistrosEncargado del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2243815-5 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano peruano para ser extraditado del Reino de España y cumplir su condena en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 278-2023-JUS Lima, 11 de diciembre de 2023VISTO; el Informe Nº 218-2023/COE-TPC, del 3 de noviembre de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana WILFREDO MEZA GOZME formulada por la Sexta Sala Penal Liquidadora (Ex Cuarta Sala Penal de Reos en Cárcel) de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Wilmer Deciderio Cabrejo Samamé y Jacqueline Flores Ginocchio; CONSIDERANDO:Que, el artículo 37 de la Constitución Política del Perú dispone que la extradición solo se concede por el Poder Ejecutivo, previo informe de la Corte Suprema de Justicia de la República, en cumplimiento de la ley y los tratados; Que, conforme al numeral 5) del artículo 34 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, concordante con el numeral 6) del artículo 26 del Código Procesal Penal, las Salas Penales de la Corte Suprema de Justicia de la República conocen las solicitudes de extradiciones activas y pasivas; Que, mediante Resolución Consultiva del 14 de agosto de 2023, la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República declara procedente la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad peruana WILFREDO MEZA GOZME formulada por la Sexta Sala Penal Liquidadora (Ex Cuarta Sala Penal de Reos en Cárcel) de la Corte Superior de Justicia de Lima, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Wilmer Deciderio Cabrejo Samamé y Jacqueline Flores Ginocchio (Expediente Nº 132-2023); Que, el literal a) del artículo 28 del Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS, Normas referidas al comportamiento judicial y gubernamental en materia de extradiciones y traslado de condenados, establece que la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, acceder o no al pedido de extradición activa formulado por el órgano jurisdiccional competente; Que, de acuerdo con el numeral 1) del artículo 514 del Código Procesal Penal, corresponde al Gobierno decidir la extradición, pasiva o activa, mediante Resolución Suprema expedida con el acuerdo del Consejo de Ministros, previo informe de la referida Comisión O fi cial; Que, mediante Informe Nº 218-2023/COE-TPC, del 3 de noviembre de 2023, la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas propone acceder a la solicitud de extradición activa de la persona requerida, para cumplir la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Wilmer Deciderio Cabrejo Samamé y Jacqueline Flores Ginocchio; Que, de conformidad con lo establecido en el Tratado de Extradición entre la República del Perú y el Reino de España suscrito el 28 de junio de 1989 y vigente desde el 31 de enero de 1994 y su Enmienda vigente desde el 9 de julio de 2011; así como en el Código Procesal Penal peruano y en el Decreto Supremo Nº 016-2006-JUS respecto del trámite interno y en todo lo que no disponga el Tratado; En uso de la facultad conferida en el numeral 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE:Artículo 1.- Acceder a la solicitud de extradición activa del ciudadano peruano WILFREDO MEZA GOZME para ser extraditado del Reino de España y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de robo agravado, en agravio de Wilmer Deciderio Cabrejo Samamé y Jacqueline Flores Ginocchio. Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos y por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República LUIS ALBERTO OTÁROLA PEÑARANDA Presidente del Consejo de MinistrosEncargado del despacho del Ministerio de Relaciones Exteriores EDUARDO MELCHOR ARANA YSA Ministro de Justicia y Derechos Humanos 2243815-6 Acceden a solicitud de extradición activa de ciudadano estadounidense para ser extraditado de los Estados Unidos de América y cumplir su condena en la República del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA N° 279-2023-JUS Lima, 11 de diciembre de 2023 VISTO; el Informe N° 223-2023/COE-TPC, del 3 de noviembre de 2023, de la Comisión O fi cial de Extradiciones y Traslado de Personas Condenadas, sobre la solicitud de extradición activa del ciudadano de nacionalidad estadounidense ALAN LEROY MATOS MONTOYA formulada por el Segundo Juzgado Penal Liquidador de la Corte Superior de Justicia de Lima, para ser extraditado de los Estados Unidos de América y cumplir en la República del Perú la condena impuesta por la comisión del delito de actos contra el pudor en menores, en agravio de una menor con identidad reservada;