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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (15/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 54

54 NORMAS LEGALES Viernes 15 de diciembre de 2023 El Peruano / Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3153-2015-MP-FN, de fecha 25 de junio de 2015. Artículo Segundo. - Designar al abogado Carlos Alberto Palomino Quispe, Fiscal Adjunto Provincial Titular Corporativo Especializado contra la Criminalidad Organizada de Huamanga, Distrito Fiscal de Ayacucho, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada Contra la Criminalidad Organizada de Ayacucho. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VILLENA CAMPANA Fiscal de la Nación (i) 2244614-1 Designan fiscales en los Despachos de la Primera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones del Cusco y de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3464-2023-MP-FN Lima, 14 de diciembre de 2023VISTOS: El ofi cio N° 690-2023-PRE/JNJ, suscrito por la abogada Imelda Julia Tumialán Pinto, Presidenta de la Junta Nacional de Justicia, recepcionado por la Mesa Única de Partes Virtual de la Secretaría General de la Fiscalía de la Nación el 06 de diciembre de 2023, por el cual remite copias certi fi cadas de, entre otras, la Resolución de la Junta Nacional de Justicia N° 1312-2023-JNJ, de fecha 04 de diciembre de 2023. CONSIDERANDO:Mediante la Resolución de vistos, emitida por la Junta Nacional de Justicia, en el marco de la Convocatoria N° 006-2018-SN-REANUDACIÓN/JNJ, se nombró, entre otros, a un (01) Fiscal Adjunto Superior Penal de Cusco, del Distrito Fiscal de Cusco. Con fecha 05 de diciembre de 2023, la Junta Nacional de Justicia, en ceremonia pública, proclamó, juramentó y entregó el título de nombramiento correspondiente, entre otros, al abogado Lonny Ferrel Chumpe. El numeral 3 del artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley N° 31718, señala que corresponde al Fiscal de la Nación Interino el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Según el numeral 64.2 de la ley N° 30483, también modi fi cada mediante Ley N° 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150 y 154 de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. La Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Respecto a la provisionalidad la Corte ha señalado que esta “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Es aquí, en que se destaca la comprensión de la condición resolutoria, desarrollada por la Corte, que “sería la extinción de la causa que motivó la ausencia o separación temporal de la funcionaria o el funcionario titular, o el cumplimiento de un plazo predeterminado por la celebración y conclusión de un concurso público para proveer los reemplazos de carácter permanente”. El Fiscal de la Nación Interino como titular de la Institución es el responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; en ese sentido, resulta necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a efectos de designar al fi scal titular en su respectivo Despacho Fiscal, para lo cual deberá darse por concluido el nombramiento y designación del fi scal que ocupa provisionalmente su plaza, teniendo en cuenta para ello las propuestas de designaciones efectuadas por los abogados Carlos Alberto Pérez Sánchez, en ese entonces encargado de la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Cusco y la abogada Griselda Venero de Monteagudo, Presidenta de la referida Junta de Fiscales Superiores, a través de los ofi cios N.ros 3136 y 3159-2023-MP-FN-PJFSCUSCO, respectivamente. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 65 del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley N° 31718. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Lonny Ferrel Chumpe, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Apurímac, y su designación en el Despacho de la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios del Distrito Fiscal de Apurímac, así como la vigencia de los mismos, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2865-2023-MP-FN, de fecha 28 de octubre de 2023. Artículo Segundo.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Dante Cayo Mancilla, como Fiscal Adjunto Superior Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones del Cusco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1028-2018-MP-FN, de fecha 27 de marzo de 2018. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Alexander Valencia Cruz, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco, y su designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 3188-2018-MP-FN, de fecha 14 de septiembre de 2018, sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Cuarto.- Designar al abogado Lonny Ferrel Chumpe, Fiscal Adjunto Superior Titular Penal de Cusco,