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68 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de diciembre de 2023 El Peruano / Recursos Humanos, que permite organizar la gestión interna de recursos humanos, en congruencia con los objetivos estratégicos de la entidad. Asimismo, permite defi nir las políticas, directivas y lineamientos propios de la entidad con una visión integral, en temas relacionados con recursos humanos; Que, mediante la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza el Acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la Directiva Nº 006-2021-SERVIR/GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, que establece y precisa las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones, entre ellas, la elaboración, aprobación y administración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional); Que, el literal b) del numeral 5.1 de la citada Directiva de fi ne el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) como el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se remplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 6.2.3 de la mencionada Directiva, dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, elabora el Informe Técnico a través del cual se identi fi ca el (los) supuesto (s) que habilitan a la entidad a elaborar y presentar una propuesta de CAP Provisional; por su parte, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, emite opinión técnica sobre dicha propuesta en lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas de la estructura orgánica vigente de la entidad; mientras que el (la) titular de la entidad remite el expediente de la propuesta de CAP Provisional, mediante o fi cio dirigido a la Presidencia Ejecutiva (PE) de SERVIR para revisión y opinión de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, que para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad corresponde a la máxima autoridad administrativa; Que, asimismo, en congruencia con lo dispuesto por el numeral 6.3.1.8. de la mencionada Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional), de la Universidad Nacional de Cañete, debe ser aprobado por Resolución de Comisión Organizadora, previo informe de opinión técnica favorable emitido por la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, debiendo disponerse su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, en adición a ello, el numeral 6.3.1.9. de la citada Directiva señala que: “La entidad publica en su Portal de Transparencia, en su Portal Institucional, en el Portal del Estado Peruano, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la competencia o el territorio, el CAP Provisional aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario O fi cial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad, de corresponder” ; Que, en ese sentido el (e) Jefe de la Unidad de Recursos Humanos a través del Informe Nº 652-2023-UNDC/CO/P/DGA/RRHH de fecha 25 de julio de 2023, en su calidad de órgano técnico, presenta, para aprobación la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) de la Universidad Nacional de Cañete, señalando que ha sido elaborado en observancia de las disposiciones contenidas en la Directiva Nº 006- 2021-SERVIR-GDSRH, “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”; y, sobre la base de la estructura orgánica del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Cañete; en concordancia a los cargos estructurales aprobados en el Manual de Clasi fi cador de Cargos de la entidad; el mismo que cuenta con la opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto a través del Informe Nº 470-2023/OPP/UNDC; Que, mediante el O fi cio Nº 000929-2023-SERVIR-PE de fecha 23 de noviembre, la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, remite el Informe Técnico Nº 000188-2023-SERVIR-GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, el cual constituye el informe previo de opinión favorable de SERVIR, señalando que se considera pertinente la propuesta del CAP Provisional presentada por la Universidad Nacional de Cañete; por lo que, recomienda proseguir con las acciones administrativas necesarias para su aprobación; Que, con Informe Legal Nº 601-2023-UNDC/OAJ- ERS de fecha 24 de noviembre 2023, la Jefa de la O fi cina de Asesoría Jurídica, concluye que resulta legalmente viable aprobar, por medio de Resolución de Comisión Organizadora, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Cañete, por contar con la evaluación favorable de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; Que, mediante Memorándum Nº 1304-2023-UNDC/ CO/AOM-P de fecha 24 de noviembre de 2023, el Presidente de la Comisión Organizadora considera que la aprobación del el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Cañete, debe ser visto en Sesión de Comisión Organizadora, razón por la cual la Secretaría General incluye en agenda de Sesión Ordinaria de Comisión Organizadora de fecha 24 de noviembre de 2023; Que, en consecuencia, la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Cañete, en su Sesión Ordinaria Nº 047-2023 de fecha 24 de noviembre de 2023, acordó aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Cañete, siendo pertinente emitir la correspondiente resolución, en mérito al acuerdo adoptado; Estando a lo expuesto y a las facultades y atribuciones conferidas en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; el Documento Normativo denominado: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de las 244-2021-MINEDU y su modi fi catoria y en la Resolución Viceministerial Nº 069-2022-MINEDU, así como Universidades Públicas en proceso de Constitución”, aprobado mediante la Resolución Viceministerial N° en el Estatuto de la UNDC y demás normas concordantes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Cañete, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución de Comisión Organizadora. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, las Resoluciones de Comisión Organizadora Nº 203-2019-UNDC y Nº 026-2020-UNDC, donde se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional de la Universidad Nacional de Cañete, así como su reordenamiento. Artículo Tercero .- ENCARGAR, a la Dirección General de Administración de la Universidad Nacional de Cañete, adoptar las acciones conducentes al cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo Cuarto.- NOTIFICAR, la presente Resolución a todas las instancias y dependencias administrativas y académicas de la Universidad Nacional de Cañete, para su conocimiento, cumplimiento y fi nes pertinentes. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional, realizar la