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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 155

155 NORMAS LEGALES Jueves 21 de diciembre de 2023 El Peruano / el Informe Nº 3804-2023-UPP-OPEP/UNJBG, a través del cual indica que en atención a lo solicitado por el Secretario General de la Contraloría General de la República, y de acuerdo al Informe Nº 190-2023-LTT/DIGA/UNJBG la Especialista Administrativo de la Unidad Ejecutora de Inversiones, entre otros remite los presupuestos analíticos correspondiente a los dos (2) proyectos de inversión antes citados. En tal sentido, la Unidad de Presupuesto en materia estrictamente presupuestal, ha procedido a evaluar el Presupuesto Institucional modi fi cado 2023, emitiendo las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Notas Nº 7560 y 7561, correspondiente a la transferencia fi nanciera a favor de la Contraloría General de la República de las inversiones antes detalladas, recomendando la aprobación correspondiente; Que, mediante el O fi cio Nº 1615-2023-DIGA/UNJBG, el Director General de Administración informa que contando con las opiniones técnicas de las áreas correspondientes, requiere la aprobación de la Transferencia Financiera mediante acto resolutivo, previa publicación en el Diario Ofi cial el Peruano; Que, en virtud a lo expuesto, el señor Rector con Proveído Nº 10026-2023-REDO, dispone la emisión de la resolución correspondiente, para los fi nes a que diere lugar; De conformidad con el Art. 62º numeral 62.2 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, Art. 153º inc. d) del Estatuto de la Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann, y en uso de las atribuciones conferidas al señor Rector; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, la Transferencia Financiera con cargo al Presupuesto Institucional 2023, del Pliego 531: Universidad Nacional Jorge Basadre Grohmann a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a fi n de desplegar los servicios de control concurrente gubernamental en las siguientes inversiones; debiendo ejecutarse conforme a las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Notas Nº 7560 y 7561 que forma parte de la presente Resolución y conforme al siguiente detalle: ITEMRANGO DE INVERSIÓNSOLICITUD CUINOMBRE DE LA INVERSIÓNCCC / MONTO A TRANSFERIR A LA CGR 1 >10M NUEVA 2199268MEJORAMIENTO DEL SERVICIO ACADEMICO DE LA EAP. DE INGENIERIA EN INFORMATICA Y SISTEMAS DE LA FACULTAD DE INGENIERIA - UNJBG TACNAS/ 394 775,00 2 >10M ADICIONAL 2328619MEJORAMIENTO, AMPLIACION DEL SERVICIO DEPORTIVO RECREACIONAL DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL JORGE BASADRE GROHMANN DE TACNAS/ 11 674,98 Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y archívese.JAVIER LOZANO MARREROS Rector JORGE LUIS LOZANO CERVERA Secretario General 2244268-1MINISTERIO PÚBLICO Nombran Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 3559-2023-MP-FN Lima, 20 de diciembre de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: Que, con o fi cio Nº 3855-2023-MP-FN- PJFSAYACUCHO, cursado por el abogado Javier Edgar Anaya Cárdenas, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Ayacucho, se elevan las propuestas para cubrir la plaza de Fiscal Adjunto Provincial, para el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Vilcashuaman, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por Ley Nº 31718, señala que corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo, según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según corresponda, de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo o plaza especí fi ca sobre la base del desempeño, experiencia y otros. Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también modi fi cada mediante Ley Nº 31718, establece que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa. Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como tal, constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa con el fundamento de que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la provisionalidad de los fi scales tiene naturaleza temporal. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público; por lo que, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal, se hace oportuno en mérito al marco normativo señalado y previa veri fi cación de los requisitos de ley, nombrar y designar al fi scal que ocupe provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo, nombramiento y designación que tendrán vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, salvo que un magistrado titular deba ser designado en dicha plaza fi scal o se presente algún supuesto que amerite su conclusión de acuerdo con la normatividad vigente. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modi fi cado por la Ley Nº 31718. SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Deysi Estefany Venegas Quispe, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Ayacucho, designándola en el Despacho de la Fiscalía Provincial Penal de Vilcashuamán, con reserva de su plaza de origen. Artículo Segundo .- Disponer que el nombramiento y designación señalados en el artículo precedente, tengan vigencia a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de junio de 2024, en mérito a lo señalado en la parte considerativa de la presente resolución, salvo que un