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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (21/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 172

TEXTO PAGINA: 145

145 NORMAS LEGALES Jueves 21 de diciembre de 2023 El Peruano / proyectos de normas de carácter general que sean de su competencia en el Diario O fi cial El Peruano, en sus portales electrónicos o mediante cualquier otro medio, en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la fecha prevista para su entrada en vigencia, salvo casos excepcionales; Con los vistos del Gerente General, de la Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión, de la Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Supervisión de IAFAS y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; Estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud, modi fi cado por el Decreto Legislativo N° 1289 y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2014-SA; SE RESUELVE:Artículo 1.- DISPONER la publicación del proyecto normativo que modi fi ca la norma que regula la “Obligación de las IAFAS de informar a la Superintendencia Nacional de Salud los Hechos Relevantes”, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 045-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S, en la dirección electrónica: http://www.gob.pe/susalud, a efectos de recibir los comentarios y sugerencias de los agentes usuarios y del público en general, durante el plazo de treinta (30) días hábiles. Los comentarios, sugerencias y aportes deben ser enviados al correo electrónico siguiente: proyectodenormas@susalud.gob.pe. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como la publicación del proyecto normativo que modi fi ca la norma que regula la “Obligación de las IAFAS de informar a la Superintendencia Nacional de Salud los Hechos Relevantes”, aprobado por la Resolución de Superintendencia N° 045-2014-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD/S, en la misma fecha, en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Artículo 3.- ENCARGAR a la Intendencia de Normas y Autorizaciones la recepción, procesamiento y sistematización de los comentarios y sugerencias que se presenten, a fi n de evaluar y efectuar los ajustes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2246509-1 ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO DE LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL DEL ESTADO Aprueban Presupuesto Consolidado de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE y de ESSALUD para el año 2024 ACUERDO DE DIRECTORIO N° 004-2023/012-FONAFE 1. Aprobar el Presupuesto Consolidado de las Empresas bajo el ámbito de FONAFE para el año 2024, según la siguiente estructura y montos, expresados en soles: PRESUPUESTO EMPRESAS (En soles) Rubros Año 2024 INGRESOS 36,288,273,779 INGRESOS CORRIENTES 30,584,466,432 TRANSFERENCIAS 2,279,895,480 INGRESOS DE CAPITAL 465,988,825 FINANCIAMIENTO 2,957,923,042 EGRESOS 36,288,273,779 EGRESOS CORRIENTES 17,004,960,898 TRANSFERENCIAS 8,635,217,645 EGRESOS DE CAPITAL 4,222,435,293 SERVICIO DE DEUDA 3,348,499,387 SALDO FINAL 3,077,160,556 2. Aprobar el Presupuesto de ESSALUD para el año 2024, según la siguiente estructura y montos, expresados en soles: PRESUPUESTO ESSALUD (En soles) Rubros Año 2024 INGRESOS 16,126,571,537 INGRESOS CORRIENTES 16,126,571,537 TRANSFERENCIAS 0 INGRESOS DE CAPITAL 0 FINANCIAMIENTO 0 EGRESOS 16,126,571,537 EGRESOS CORRIENTES 14,714,601,264 TRANSFERENCIAS 172,296,681 EGRESOS DE CAPITAL 848,592,848 SERVICIO DE DEUDA 14,000,000SALDO FINAL 377,080,744 3. Aprobar los presupuestos para el año 2024 de las siguientes Empresas bajo el ámbito de FONAFE y de ESSALUD, de acuerdo al detalle que se adjunta en el Anexo y que forma parte del presente Acuerdo: • Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A.-ADINELSA • Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A.-EGASA • Empresa de Generación Eléctrica Machupicchu S.A.-EGEMSA • Empresa de Generación Eléctrica del Sur S.A.- EGESUR S.A. • Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Centro S.A.-ELECTROCENTRO S.A. • Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Norte S.A.-ELECTRONORTE S.A. • Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad Electronoroeste S.A.- ELECTRONOROESTE S.A. • Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A.-ELECTRO ORIENTE S.A. • Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Sur Este S.A.A.-ELECTRO SUR ESTE S.A.A. • Empresa Concesionaria de Electricidad de Ucayali S.A.-ELECTRO UCAYALI S.A.