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170 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / 1. La Municipalidad Provincial exhibe la propuesta del PE en su local y en su página web, así como en los locales de las Municipalidades Distritales de su Jurisdicción, durante treinta (30) días calendario. 2. La Municipalidad Provincial dentro del citado plazo de treinta (30) días calendario, realiza exposiciones técnicas del contenido del PE, convocando a las Municipalidades Distritales involucradas y a los propietarios de los inmuebles localizados dentro del área delimitada en el PE; los que formulan sus observaciones, sugerencias y/o recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral. 3. El equipo técnico responsable de la elaboración del PE, en el término de quince (15) días calendario posteriores al plazo establecido en el sub numeral 1 del presente numeral, evalúa, incluye o desestima, de ser el caso, las observaciones, sugerencias y/o recomendaciones formuladas. 4. La propuesta fi nal del PE y el Informe Técnico Legal es propuesto por la Gerencia Municipal Competente al Concejo Municipal Provincial correspondiente, para su aprobación mediante Ordenanza Provincial. Que, de la normativa expuesta, se tiene que, evaluada la solicitud por el área responsable del Planeamiento Territorial o la Unidad Orgánica equivalente de la Municipalidad Provincial, quien emitiendo pronunciamiento técnico; incumbe elevar los actuados al Concejo Provincial para que, mediante Ordenanza apruebe o rechace el cambio de zoni fi cación solicitado. Que, mediante Expediente N° 011598-2022 de fecha 30 de setiembre del 2022, los administrados Luis Mariano Ramos Buzaglo, la sociedad conyugal Raúl Manuel Ramos Buzaglo y Rosa María Philipps Gotuzzo de Ramos; la sociedad conyugal conformada por Manuel Antonio Ramos Buzaglo y Paloma María Elena Ana Yrigoyen Gonzales del Riego de Ramos, solicitan la aprobación de Propuesta de Planeamiento Integral (anexión de predio al área urbana y asignación de zoni fi cación), respecto de los predios siguientes: • Predio denominado: Lote 01 Zona Centro de Engorde San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 5.45 Has. Inscrito en la partida Registral N° 21000004, O fi cina Registral de Cañete. • Predio denominado: Lote 02 Zona Centro de Trabajo San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 3.30 Has. Inscrito en la partida Registral N° 21000002, O fi cina Registral de Cañete. • Predio denominado: Lote 03 Zona Campo de Horno San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 10.95 Has. Inscrito en la partida Registral N° 21000003, O fi cina Registral de Cañete. • Predio denominado: Lote 04 Zona Campo Café San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 14.95 Has. Inscrito en la Partida Registral N° 21000001, O fi cina Registral de Cañete. Que, con INFORME N° 787-2022-SGOP-GODUR- MPC recepcionado el 07 de noviembre del 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas concluye: que se ha cumplido con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en consecuencia, solicita se autorice el inicio de la difusión de la propuesta del Planeamiento Integral en las áreas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Cañete; por 30 días calendarios. Que, mediante el INFORME N° 019-2023-SGOP- GODUR-MPC de fecha 13 de enero del 2023, la Sub Gerencia de Obras Privadas comunica que el expediente ha sido REEVALUADO, teniendo como base lo previsto en el D.S- N°022-2016-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano sostenible, tal es así que la documentación técnica presentada por los administrados, cumple con lo previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cañete conforme a lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, a través del OFICIO N° 001-2023-CIRC- GODUR-MPC de fecha 15 de febrero del 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, realiza las invitaciones a las diferentes autoridades representantes de la Municipalidad Provincial de Cañete, así como los propietarios colindantes del predio materia de difusión de la propuesta de Planeamiento Integral de los predios inscritos en la Partidas N° 21000001, N° 21000002, N° 21000003 y N° 21000004, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima. Que, mediante CARTA S/N recepcionada el 24 de abril de 2023, el administrado Luis Mariano Ramos Buzaglo adjunta en original el Acta Notarial de Planeamiento Integral y el documento de exposición Técnica de Planeamiento Integral y en copias legalizadas suscritas por el Notario de Cañete Hubert Camacho Gálvez. Que, mediante el INFORME N° 921-2023-JAGS- GODUR-MPC de fecha 19 de junio de 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete; solicita a la Gerencia de Secretaría General, que por su intermedio solicite a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria para que informe si se han presentado hasta la fecha observaciones, sugerencias y/o recomendaciones referentes a los predios en consulta. Que, con INFORME N° 465-2023-SGOP-GODUR- MPC de fecha 07 de setiembre del 2023, la Sub de Gerencia de Obras Privadas concluye: que luego de ser EVALUADO el expediente, cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible; otorgando CONFORMIDAD TÉCNICA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE CAMBIO PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, solicitado por los administrados Sr. Luis Mariano Ramos Buzaglo; la sociedad conyugal Raúl Manuel Ramos Buzaglo y Rosa María Philipps Gotuzzo de Ramos; la sociedad conyugal conformada por Manuel Antonio Ramos Buzaglo y Paloma María Elena Ana Yrigoyen Gonzales del Riego de Ramos, de los predios denominados: • Predio denominado: Lote 01 Zona Centro de Engorde San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 5.45 Has. Inscrito en la partida Registral N° 21000004, O fi cina Registral de Cañete. • Predio denominado: Lote 02 Zona Centro de Trabajo San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 3.30 Has. Inscrito en la partida Registral N° 21000002, O fi cina Registral de Cañete. • Predio denominado: Lote 03 Zona Campo de Horno San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 10.95 Has. Inscrito en la partida Registral N° 21000003, O fi cina Registral de Cañete. • Predio denominado: Lote 04 Zona Campo Café San Vicente de Cañete, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, con un área de 14.95 Has. Inscrito en la Partida Registral N° 21000001, O fi cina Registral de Cañete. De actual USO AGRICOLA (U.A) DENTRO DE LA ZONA DE TRATAMIENTO ESTRATEGICO (ZTE) A RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA (RDM). Que, mediante el INFORME N° 1431-2023-JAGS- GODUR-MPC de fecha 08 de setiembre del 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la MPC, solicita OPINIÓN LEGAL, y luego a través de la Gerencia Municipal, se eleve la propuesta de Proyecto de Ordenanza de Planeamiento Integral al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación, de acuerdo, a sus atribuciones. Que, con INFORME LEGAL N° 545-2023-OGAJ-MPC de fecha 03 de octubre del 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Opina: 3.1. corresponde se remita la totalidad de los actuados a la Gerencia Municipal, a efectos de que sea elevado a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural; para el Dictamen correspondiente y