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167 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / Que, con INFORME N° 783-2022-SGOP-GODUR- MPC recepcionado el 07 de noviembre del 2022, la Sub Gerencia de Obras Privadas concluye: que se ha cumplido con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en consecuencia, solicita se autorice el inicio de la difusión de la propuesta del Planeamiento Integral en las áreas pertinentes de la Municipalidad Provincial de Cañete; por 30 días calendarios. Que, mediante el INFORME N° 023-2023-SGOP- GODUR-MPC de fecha 13 de enero del 2023, la Sub Gerencia de Obras Privadas comunica que el expediente ha sido REEVALUADO, informa que cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano sostenible, tal es así que la documentación técnica presentada por el administrado cumple con lo previsto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de la Municipalidad Provincial de Cañete conforme a lo señalado en el numeral 55.5 del artículo 55° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, en concordancia con las funciones y competencias establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades. Que, a través del OFICIO N° 002-2023-CIRC- GODUR-MPC de fecha 15 de febrero del 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, realiza las invitaciones a las diferentes autoridades representantes de la Municipalidad Provincial de Cañete, así como los propietarios colindantes del predio materia de difusión de la propuesta de Planeamiento Integral del predio denominado: Parcela B-1 que formó parte del Fundo Hualcará, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrito en la Partida N°90285326 en los Registros Públicos de Cañete, que cuenta con un área de 36, 239.00 m2. Que, con DOCUMENTO S/N recepcionado el 24 de abril del 2023, el administrado Sr. Manuel Antonio Ramos Buzaglo en calidad de Gerente General de la Empresa NUTRIGOLD S.A.C., adjunta en original el Acta Notarial de audiencia pública realizada en el local Mza. G, lote 9 Nuevo Hualcará, carretera Hualcará Montejato, Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, suscrita por el Notario de Cañete Hubert Camacho Gálvez. Que, mediante el INFORME N° 923-2023-JAGS- GODUR-MPC de fecha 19 de junio de 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la Municipalidad Provincial de Cañete; solicita a la Gerencia de Secretaría General, que por su intermedio solicite a la Sub Gerencia de Gestión Documentaria para que informe si se han presentado hasta la fecha observaciones, sugerencias y/o recomendaciones referentes a los predios en consulta. Que, con INFORME N° 466-2023-SGOP-GODUR- MPC recepcionado el 08 de setiembre del 2023, la Sub de Gerencia de Obras Privadas concluye: que luego de ser EVALUADO el expediente, cumple con la documentación técnica exigida en el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible; otorgando CONFORMIDAD TÉCNICA DEL EXPEDIENTE ADMINISTRATIVO DE CAMBIO PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL, solicitado por la Empresa NUTRIGOLD S.A.C., debidamente representada por su Gerente General el Sr. Manuel Antonio Ramos Buzaglo, referente al Predio denominado: Parcela B-1 que formo parte del Fundo Hualcará, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrito en la Partida N°90285326, en los Registros Públicos de Cañete, que cuenta con un área de 36, 239.00 m2 de actual USO AGRICOLA (U.A) DENTRO DE LA ZONA DE TRATAMIENTO ESTRATEGICO (ZTE) A RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA (RDM). Que, mediante el INFORME N° 1430-2023-JAGS- GODUR-MPC de fecha 08 de setiembre del 2023, la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural de la MPC, solicita OPINIÓN LEGAL, y luego a través de la Gerencia Municipal, se eleve la propuesta de Proyecto de Ordenanza de Planeamiento Integral al Pleno del Concejo para su deliberación y determinación, de acuerdo, a sus atribuciones. Que, con INFORME LEGAL N° 552-2023-OGAJ- MPC recepcionado el 05 de octubre del 2023, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, Opina: 3.1. que corresponde se remita la totalidad de los actuados a la Gerencia Municipal, a efectos de que sea elevado a la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural; para el Dictamen correspondiente y cumplido ello se derive al Pleno del Concejo Municipal para su debate y aprobación. 3.2. asimismo, informa que el Planeamiento Integral tiene un horizonte de largo plazo a diez (10) años: sin embargo, la vigencia del PI concluye cuando se aprueba el PI o el PDU o el EU que lo actualiza, de conformidad con lo previsto por el Art 62° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible aprobado por D.S. N°022-2016-VIVIENDA. 3.3. por otro lado, deja constancia que esta O fi cina General de Asesoría Jurídica, se avoca a la revisión formal y normativa, siendo que la revisión del contenido técnico ha sido analizada por la Gerencia de Obras, Desarrollo Urbano y Rural por ser el área competente. Que, mediante el MEMORÁNDUM N° 1870-2023/GM- MPC de fecha de recepción 06 de octubre del 2023; la Gerencia Municipal, señala que contando con los Informes Técnicos y Legales de las áreas correspondientes remite los actuados, a fi n de que sea elevado al Pleno del Concejo Municipal para su evaluación, deliberación y/o aprobación correspondiente, asimismo previamente sírvase remitir a la Comisión encargada para su Dictamen correspondiente. Que, mediante DICTAMEN N° 012-2023-CODUYR- MPC de fecha 18 de octubre del 2023, la Comisión de Obras, Desarrollo Urbano y Rural, concluye que la propuesta de Cambio de Zoni fi cación presentado por su Gerente General el Sr. Manuel Antonio Ramos Buzaglo, referente al Predio denominado: Parcela B-1 que formo parte del Fundo Hualcará, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, de conformidad a lo preceptuado concluye que es VIABLE elevar al Pleno de Concejo Municipal Provincial, previo debate para deliberar y determinar el Planeamiento a favor o en contra, de la propuesta de Planeamiento Integral para su aprobación mediante Ordenanza Municipal (…). Que, por los fundamentos fácticos y de derecho expuestos en la presente, y al amparo de lo dispuesto en el numeral 5) y 8) del Artículo 9° y el Artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNANIME del Pleno de Concejo y con la dispensa y aprobación de la lectura, se aprobó la siguiente Ordenanza. ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO DE PLANEAMIENTO INTEGRAL CON FINES DE ANEXIÓN AL ÁREA URBANA Y ASIGNACIÓN DE ZONIFICACIÓN Artículo 1°.- APROBAR LA ORDENANZA DE LA PROPUESTA DE PLANEAMIENTO INTEGRAL por Anexión al Área Urbana y Asignación de Zoni fi cación, solicitado por la Empresa NUTRIGOLD S.A.C., debidamente representada por su Gerente General Sr. Manuel Antonio Ramos Buzaglo, referente al Predio denominado: Parcela B-1 que formó parte del Fundo Hualcará, Jurisdicción del Distrito de San Vicente, Provincia de Cañete, Departamento de Lima, inscrito en la Partida N°90285326, emitida por los Registros Públicos de Cañete, con un área de 36, 239.00 m2 de actual USO AGRICOLA (U.A) DENTRO DE LA ZONA DE TRATAMIENTO ESTRATEGICO (ZTE) A RESIDENCIAL DENSIDAD MEDIA (RDM), de conformidad a lo preceptuado en el numeral 4° del inciso 55.5 del Artículo 55° del Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano y Sostenible aprobado por Decreto Supremo N°022-2016-VIVIENDA, son los que se indican a continuación: Zoni fi cación Propuesta Residencial Densidad Media - RDM USO PERMITIDO UNIFAMILIAR MULTIFAMILIAR LOTE MINIMO NORMATIVO (M2)UNIFAMILIAR MULTIFAMILIAR90.00 120.00 FRENTE MINIMO DE LOTE NORMATIVO (M)UNIFAMILIAR MULTIFAMILIAR6.00 8.00