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38 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / proceso de otorgamiento de las licencias de conducir, registran información en el SNC mediante la entrega de las claves de acceso correspondientes a sus respectivos representantes, Que, asimismo, mediante la Resolución de Contraloría N° 146-2019-CG, se aprobó la Directiva N° 006-2019- CG/INTEG, “Implementación del Sistema de Control Interno en las entidades del Estado”, en adelante la Directiva de Control Interno, la cual tiene como fi nalidad lograr que las entidades del Estado implementen el Sistema de Control Interno como una herramienta de gestión permanente, que contribuye al cumplimiento de los objetivos institucionales y promueve una gestión efi caz, e fi ciente, ética y transparente; en tal sentido, las disposiciones de la Directiva de Control Interno son de obligatorio cumplimiento por parte del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, como entidad del Estado, encontrándose sujeto a control por el Sistema Nacional de Control; Que, en esa línea conforme al acta de reunión N° 01-DCV-2023 de fecha 03 de febrero del 2023, respecto a la revaluación del producto “Gestión de Emisión de Licencias de Conducir de la clase A”, se estableció dentro del Plan de Acción de Medidas de Control para el año 2023, la medida de control referida a “Regular e implementar el proceso de altas y bajas de usuarios del Sistema Nacional de Conductores”, a fi n de afrontar el riesgo identi fi cado “Posible favorecimiento a postulantes, a través de actos de corrupción, durante la Emisión de Licencias (Centros de Emisión del MTC) (soborno, colusión, entre otros)”; Que, en tal contexto, a efectos de implementar la medida de control señalada en el considerando anterior, mediante Informe Técnico Legal N° 1669- 2023-MTC/18.01, la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, consolida, sustenta y propone la aprobación de la Directiva “Lineamientos y Procedimientos de Altas y Bajas de Usuarios del Sistema Nacional de Conductores”, la cual ha sido coordinada con la Ofi cina de Integridad y Lucha contra la Corrupción, con la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, y con la O fi cina General de Tecnología de la Información; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; y en el Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 0658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Directiva “Lineamientos y Procedimientos de Altas y Bajas de Usuarios del Sistema Nacional de Conductores” Aprobar la Directiva N°004-2023-MTC/18 “Lineamentos y Procedimientos de Altas y Bajas de Usuarios del Sistema Nacional de Conductores”, la cual forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Implementación de las plataformas informáticas En un plazo no mayor de treinta (30) días hábiles contados desde la publicación de la presente Resolución Directoral, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de la O fi cina General de Tecnología de la Información en coordinación con la Dirección General de Autorizaciones en Transportes, implementa las plataformas informáticas necesarias para la aplicación de las disposiciones que se establecen en la Directiva aprobada en el artículo precedente. Artículo 3.- Vigencia La presente Resolución Directoral entra en vigencia una vez que se encuentren implementadas las plataformas informáticas que dispone el artículo precedente, mientras tanto la inscripción y actualización de los actos en el Sistema Nacional de Conductores, se realiza conforme a los procedimientos existentes.Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral y de la Directiva aprobada en su artículo 1, en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.VICTOR ADRIÁN ARROYO TOCTO Director General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal 2247210-1 Aprueban la Directiva N° 05-2023- MTC/18 “Directiva que Regula el Curso de Capacitación sobre Acoso Sexual y Aplicación del Protocolo de Atención ante Actos de Acoso Sexual en el Transporte Terrestre de Personas de Ámbito Nacional, Regional y Provincial” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 018-2023-MTC/18 Lima, 5 de diciembre de 2023 VISTO: El Informe N° 1516-2023-MTC/18.01, elaborado por la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Vial de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley N° 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, es el órgano rector a nivel nacional en materia de transporte y tránsito terrestre, asumiendo, entre otras, competencias normativas; Que, la Ley N° 30314, Ley para prevenir y sancionar el acoso sexual en espacios públicos, tiene como objeto prevenir y sancionar el acoso sexual producido en espacios públicos que afectan los derechos de las personas, en especial los derechos de las mujeres; Que, el literal b. del artículo 11 de la citada Ley, establece como una de las medidas que debe adoptar el Ministerio de Transportes y Comunicaciones contra el acoso sexual en espacios públicos, el incluir en los cursos de formación del personal del servicio público de transporte urbano - en coordinación con los gobiernos regionales, provinciales y locales - información sobre el acoso sexual en espacios públicos y su impacto negativo en la dignidad y los derechos de libertad, libre tránsito e integridad en las mujeres; Que, de acuerdo a la Primera y Segunda Disposiciones Complementarias Finales del Decreto Supremo N° 025-2020-MTC, Decreto Supremo que aprueba el Protocolo de Atención ante Actos de Acoso Sexual en el Transporte Terrestre de Personas de Ámbito Nacional, Regional y Provincial, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones debe realizar las acciones destinadas a difundir el mencionado Protocolo, así como, aprobar mediante resolución directoral el contenido y formato de registro de las capacitaciones sobre acoso sexual y aplicación del Protocolo de Atención ante Actos de Acoso Sexual en el Transporte Terrestre de Personas de Ámbito Nacional, Regional y Provincial, dirigidas a los Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales quienes a su vez realizarán el efecto multiplicador hacia las Municipalidades Distritales, conductores/as, operadores/as de los servicios de transporte y su personal; Que, asimismo, a través del referido Decreto Supremo se modi fi ca el Reglamento Nacional de Administración de Transporte, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2009-MTC, disponiéndose, entre otros, como una de las obligaciones del conductor/ra del servicio público de