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36 NORMAS LEGALES Sábado 23 de diciembre de 2023 El Peruano / Designan representante de las Asociaciones de Consumidores ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión – CONCORTV RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1761-2023-MTC/01 Lima, 21 de diciembre de 2023 VISTOS: El Informe N° 0161-2023-MTC/26.02 y el Memorando N° 1418-2023-MTC/26 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones y el Memorando N° 1620-2023-MTC/03 del Despacho Viceministerial de Comunicaciones; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 54 de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, establece que el Consejo Consultivo de Radio y Televisión – CONCORTV (en adelante, CONCORTV), es un órgano adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones y está conformado, entre otros miembros, por un representante de las asociaciones de consumidores; Que, asimismo, el citado artículo dispone que la designación de los miembros del CONCORTV se formaliza mediante resolución del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a propuesta de las entidades que lo integran; Que, el artículo 106 del Reglamento de la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, señala, entre otros aspectos, que la designación de los miembros del CONCORTV, se realiza conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la precitada Ley, y que el cargo de miembro del referido Consejo se ejerce ad honórem, por un período único de dos (2) años improrrogables; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 035-2017- MTC/01 publicada en el diario o fi cial El Peruano el 01 de febrero de 2017, se designa a la señora FLORA VICTORIA EUGENIA LUNA GONZALES como representante de las Asociaciones de Consumidores ante el CONCORTV; Que, en atención a la propuesta contenida en la Carta N° 06-2023-ASPEC/PRES, presentada por la Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios - ASPEC, trasladada por el CONCORTV a este Ministerio a través de la Carta N° 0001-2023-MTC/32; y, posteriormente remitida por la Secretaría Técnica del CONCORTV al Despacho Viceministerial de Comunicaciones a través del Memorando N° 0048-2023-MTC/32; la Dirección General de Políticas y Regulación en Comunicaciones, mediante el Informe N° 0161-2022-MTC/26.02 y el Memorando N° 1418-2023-MTC/26, opina que corresponde designar al señor JUAN JOSÉ GARAZATÚA NUÑOVERO en representación de las Asociaciones de Consumidores ante el CONCORTV, al haberse veri fi cado el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión y su Reglamento; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 28278, Ley de Radio y Televisión; el Decreto Supremo N° 005-2005-MTC, que aprueba el Reglamento de la Ley de Radio y Televisión; y, la Resolución Ministerial N° 658-2021- MTC/01, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluida la designación de la señora FLORA VICTORIA EUGENIA LUNA GONZALES, como representante de las Asociaciones de Consumidores ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión - CONCORTV. Artículo 2.- Designar al señor JUAN JOSÉ GARAZATÚA NUÑOVERO, como representante de las Asociaciones de Consumidores ante el Consejo Consultivo de Radio y Televisión – CONCORTV. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2247100-1 Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1762-2023-MTC/01 Lima, 21 de diciembre de 2023VISTOS: El Memorando N° 3515-2023-MTC/09 y el Informe N° 1001-2023-MTC/09.03 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, CONSIDERANDO:Que, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023, mediante Resolución Ministerial N° 1289-2022-MTC/01, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por la suma de S/ 12 064 591 595.00 (DOCE MIL SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO Y 00/100 SOLES); Que, el numeral 1.1 del artículo 1 de la Ley N° 31358, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, en adelante la Ley N° 31358, dispone que la ejecución de inversiones que genere el desembolso de recursos públicos y/o garantías fi nancieras o no fi nancieras por parte del Estado, lo que incluye a las obras públicas, las inversiones mediante los mecanismos de obras por impuestos y asociaciones público privadas u otros mecanismos de inversión, a cargo de los pliegos del gobierno nacional, entre otros, cuyos montos superen los S/ 5 000 000.00 (CINCO MILLONES Y 00/100 SOLES), son objeto de control concurrente por parte de la Contraloría General de la República; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 de la Ley N° 31358, establece que para la aplicación del mecanismo de control gubernamental en las inversiones a que se refi ere el artículo 1 de la citada Ley, se destina para su fi nanciamiento hasta el 2% (dos por ciento) de su valor total, desde la fase de formulación y evaluación, incorporando dentro de su estructura de costos, como costos indirectos u otros costos, un rubro denominado Control Concurrente, el cual corresponde al fi nanciamiento de las acciones a ser efectuadas por la Contraloría General de la República bajo dicha modalidad de control gubernamental; Que, los numerales 4.1 y 4.2 del artículo 4 de la Ley N° 31358, autorizan a los pliegos involucrados del gobierno nacional, regional y local, a cargo de las intervenciones a que se re fi eren los artículos 1 y 3 de la citada Ley, a realizar modi fi caciones presupuestales en el nivel funcional programático para habilitar la genérica de gasto 2.4 Donaciones y Transferencias tanto para la categoría de gasto corriente y gasto de capital, quedando exceptuadas de las restricciones presupuestarias, en el marco de lo establecido en las leyes anuales de presupuesto, a fi n de poder realizar transferencias fi nancieras a favor del Pliego 019: Contraloría General de la República, a solicitud de dicha entidad fi scalizadora superior; y que las referidas transferencias se aprueben mediante resolución del titular del pliego en el caso del gobierno nacional, y se publican en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, el inciso ii) del literal b) del numeral 18.1 del artículo 18 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01 “Directiva para la Ejecución Presupuestaria”, aprobada mediante Resolución Directoral N° 0023-2022-EF/50.01, establece el procedimiento a seguir para el registro de la ejecución de transferencias fi nancieras enmarcadas en el artículo 4 de la Ley Nº 31358;