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183 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la referida Corte Superior. Quinto. Que, evaluada la propuesta presentada, este Órgano de Gobierno considera pertinente aprobar la designación de la señora Zeridán Perez Almanza, en consonancia con sus antecedentes, desempeño en la función jurisdiccional y méritos profesionales. Sexto. Que, de otro lado, teniendo en cuenta los hechos expuestos respecto al desempeño funcional del señor Jaime Enrique Núñez Castillo, corresponde comunicar a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial para que proceda conforme a sus atribuciones. Sétimo. Que el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Por estos fundamentos, en mérito al Acuerdo N° 2040- 2023 de la quincuagésima quinta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 6 de diciembre de 2023, realizada con la participación del señor Arévalo Vela, señora Barrios Alvarado, señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del señor Jaime Enrique Núñez Castillo, Juez titular del Juzgado Mixto de la Provincia de Antabamba, Distrito Judicial de Apurímac, como Juez del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Apurímac. Artículo Segundo.- Designar a la señora Zeridán Perez Almanza, Jueza titular del Juzgado de Investigación Preparatoria de la Provincia de Antabamba, Distrito Judicial de Apurímac, como Jueza del Juzgado Transitorio Especializado en Extinción de Dominio de la Corte Superior de Justicia de Apurímac; con competencia territorial en todo el distrito judicial. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial el desempeño funcional del Juez Jaime Enrique Núñez Castillo, para que proceda conforme a sus atribuciones. Artículo Cuarto.- Noti fi car la presente resolución a la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Coordinador del Sub Sistema Nacional Especializado en Extinción de Dominio, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Apurímac, juez y jueza mencionados; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2249072-1 Disponen que en las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Callao y Puente Piedra – Ventanilla, se haga uso del “Formato de solicitud de apertura de cuentas de ahorro por alimentos” cuando se requiera la apertura de cuentas de ahorro por procesos de alimentos Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000529-2023-CE-PJ Lima, 15 de diciembre del 2023VISTOS: El O fi cio Nº 001600-2023-GG-PJ cursado por la Gerencia General del Poder Judicial, el cual contiene el Informe Nº 001507-2023-OAL-GG-PJ de la O fi cina de Asesoría Legal, el Memorando Nº 000714-2023-GSJR- GG-PJ de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, el Informe Nº 000111-2023-SSJ-GSJR-GG-PJ de la Subgerencia de Servicios Judiciales, respecto a la propuesta de apertura masiva de cuentas de ahorro por alimentos para órganos jurisdiccionales competentes de las Cortes Superiores de Justicia ubicadas en Lima Metropolitana y Callao. CONSIDERANDO: Primero.- Que, los juzgados de familia al solicitar al Banco de la Nación la apertura de cuentas de ahorros por alimentos, deben remitir en físico el o fi cio respectivo adjuntando la resolución que dispone lo solicitado y diligenciarlo vía noti fi caciones para su presentación ante dicha institución, la cual a su vez debe dar respuesta mediante o fi cio presentado por mesa de partes del Poder Judicial. Ante ello, desde la solicitud hasta la recepción de la apertura de la cuenta, el tiempo transcurrido dilata el avance del proceso judicial, adicional a ello se dispone de notifi cadores para el diligenciamiento de los documentos. Segundo.- Que, mediante Carta Nº 1180-2023- BN/3111 remitida por el jefe de la Sección Apertura de Cuentas del Banco de la Nación, se comunica a la Gerencia General del Poder Judicial que debido al incremento de las solicitudes de apertura de cuentas de ahorros a personas naturales, por concepto de alimentos de los juzgados pertenecientes a las Cortes Superiores de Justicia ubicadas en Lima Metropolitana y Callao, propone optimizar su atención mediante la ejecución de apertura masiva de cuentas, y de esta manera sean remitidas cada semana, comunicando los números de cuentas de ahorros que se han generado al correo institucional del Poder Judicial debidamente habilitado para tal efecto, que se encargará de su distribución a los órganos jurisdiccionales pertinentes. Tercero.- Que, la Subgerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación deberá habilitar el correo electrónico institucional ssj_cuentasbn@pj.gob.pe, a fi n de atender las solicitudes de creación de Cuentas Bancarias para Procesos de Alimentos que requieran los juzgados pertenecientes a las Cortes Superiores de Justicia de Lima, Lima Este, Lima Norte, Lima Sur, Callao y Puente Piedra – Ventanilla; y desde donde se remitirá a la Sección Apertura de Cuentas del Banco de la Nación la información necesaria para la apertura masiva de las cuentas de ahorros solicitadas por esta entidad del Estado. Cuarto.- Que, a fi n de optimizar los tiempos de atención y los trámites administrativos para ambas instituciones, lo cual redundará en una mejor y oportuna atención a las personas naturales a quienes se les apertura una cuenta de ahorro por procesos de alimentos, es preciso que los juzgados pertenecientes a las Cortes Superiores de Justicia ubicados en Lima Metropolitana y Callao que requieran la creación de este tipo de cuentas bancarias cumplan con remitir al correo institucional ssj_cuentasbn@pj.gob.pe, a cargo de la Subgerencia de Servicios Judiciales de la Gerencia de Servicios Judiciales y Recaudación, la información solicitada por el Banco de la Nación y necesaria para la apertura masiva de cuentas; debiendo remitir los datos en archivo Excel acorde a lo detallado en el “Formato de solicitud de apertura de cuentas de ahorro por alimentos” (Anexo Nº 1). Quinto.- Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia; por lo que siendo así, y teniendo en cuenta el propósito de brindar un mejor servicio a la ciudadanía, deviene en pertinente aprobar la propuesta presentada. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 2047- 2023 de la quincuagésima quinta sesión del Consejo