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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2023 (30/12/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 324

TEXTO PAGINA: 189

189 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2023 El Peruano / 1.2 Revisar los informes de evaluación del Plan Operativo Institucional y del Plan Estratégico Institucional. 1.3 Priorizar los Objetivos Estratégicos Institucionales (OEI), Acciones Estratégicas Institucionales (AEI) y Actividades Operativas e Inversiones. 1.4 Validar el documento del Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional, y presentarlo al Titular del Poder Judicial. Artículo Tercero.- La Secretaría Técnica de la Comisión de Planeamiento Estratégico está a cargo de el/la Subgerente de Planes y Presupuesto de la Gerencia de Plani fi cación o el/la Subgerente de Planeamiento de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto hasta su implementación. La Secretaria Técnica tiene las siguientes funciones:1.1 Solicitar a través de la Presidencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la convocatoria a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia para elegir su representante en las Cortes Superiores de Justicia constituidas en Unidades Ejecutoras y no Ejecutoras, y para elección de representantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y de la Corte Suprema de Justicia de la República. En adelante cada dos años se renovará la elección de dichos representantes. 1.2 Presentar el cronograma de trabajo para la modi fi cación del Plan Estratégico Institucional, a fi n de su aprobación por la Comisión de Planeamiento Estratégico. 1.3 Realizar las acciones de coordinación con el órgano rector en materia de planeamiento estratégico para efectos de revisión y validación técnica, cuando se presenten las propuestas de modi fi cación del Plan Estratégico Institucional. 1.4 Presentar los informes de evaluación del Plan Estratégico Institucional y Plan Operativo Institucional semestral y anual, para la aprobación de la Comisión de Planeamiento Estratégico. 1.5 Convocar a reuniones de trabajo a otros funcionarios de las unidades orgánicas del Pliego Poder Judicial. 1.6 Difundir los avances y realizar las acciones de capacitación para el fortalecimiento de los integrantes del sistema nacional de planeamiento estratégico en el Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Noti fi car la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Integrantes del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Presidentes y Presidentas de las Cortes Superiores de Justicia del país; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JAVIER ARÉVALO VELA Presidente Consejo Ejecutivo 2249155-1 Culminan el cierre de turno del 1° Juzgado de Familia Permanente del distrito y provincia de Huaraz, Corte Superior de Justicia de Ancash; amplían labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, Corte Superior de Justicia de Cusco y disponen medidas administrativas en la Corte Superior de Justicia de Puno Consejo Ejecutivo RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000538-2023-CE-PJ Lima, 27 de diciembre del 2023VISTO: El O fi cio Nº 001053-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, que adjunta el Informe Nº 000071-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, del jefe (e) de la O fi cina de Productividad Judicial, respecto a las propuestas de ampliación de plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales permanentes con vencimiento al 31 de diciembre de 2023. CONSIDERANDO: Primero. Que, mediante el literal f) del artículo undécimo de la Resolución Administrativa Nº 000263-2023-CE- PJ, de fecha 3 de julio de 2023, se dispuso que, a partir del 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2023, el Juzgado Mixto y el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Macusani, provincia de Carabaya, en ampliación a su labor de itinerancia a los Centros Poblados de Loromayo y Lechemayo del distrito de Ayapata, amplíen dicha labor de itinerancia hacia el distrito de San Gabán, de la referida provincia, Distrito Judicial de Puno. Segundo. Que, a través del numeral 4.1 del artículo cuarto de la Resolución Administrativa Nº 000319-2023-CE-PJ, del 31 de julio de 2023, se dispuso ampliar, a partir del 1 de agosto hasta el 31 de diciembre de 2023, la labor de itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, Distrito Judicial de Cusco, hacia el distrito de Sicuani, provincia de Canchis. Tercero. Que, mediante el numeral 2.1 del artículo segundo de la Resolución Administrativa Nº 000453-2023-CE-PJ, de fecha 30 de octubre de 2023, se dispuso, a partir del 1 de noviembre hasta el 31 de diciembre de 2023, el cierre de turno del 1° Juzgado de Familia Permanente del distrito y provincia de Huaraz, Distrito Judicial de Ancash. Cuarto. Que, el artículo décimo de la Resolución Administrativa Nº 000503-2023-CE-PJ, del 28 de noviembre de 2023, dispuso ampliar, a partir del 1 hasta el 31 de diciembre de 2023, el funcionamiento del 1° Juzgado Mixto y 1° Juzgado de Paz Letrado del distrito de Juli, provincia de Chucuito, en la ciudad de Puno, Distrito Judicial de Puno. Quinto . Que, al respecto, el jefe (e) de la O fi cina de Productividad Judicial por O fi cio Nº 001053-2023-OPJ- CNPJ-CE-PJ, elevó a la Presidencia de este Órgano de Gobierno el Informe Nº 000071-2023-OPJ-CNPJ-CE-PJ, a través del cual informó lo siguiente: a) Mediante O fi cio Nº 001701-2023-P-CSJAN-PJ, el presidente de la Corte Superior de Justicia de Ancash solicitó abrir turno del 1° Juzgado de Familia del distrito y provincia de Huaraz. Sobre el particular, al mes de octubre de 2023 este órgano jurisdiccional permanente presentó una carga pendiente de 403 expedientes, cifra mayor a los 342 del 2° Juzgado de Familia del referido distrito y provincia. Sin embargo, el 1° Juzgado de Familia en su condición de turno cerrado estimaría para fi nes del presente año una carga pendiente de 354 expedientes, cifra que aproximadamente se equipararía con los 346 que estimaría el 2° Juzgado de Familia, el cual presenta el turno abierto, por lo que, a fi n de no sobrecargar a este último, se considera conveniente culminar con el cierre de turno del 1° Juzgado de Familia de Huaraz. b) Mediante O fi cio Nº 002264-2023-P-CSJCU/PJ, la presidenta de la Corte Superior de justicia de Cusco solicitó ampliación de la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti, provincia de Quispicanchi, hacia el distrito de Sicuani, provincia de Canchis. Al respecto, al mes de octubre de 2023 el referido juzgado de paz letrado estima para fi nes del presente año una carga procesal de 1447 expedientes, cifra que resultó inferior a la carga procesal mínima de 1560, presentando una condición de subcarga procesal; asimismo, el Juzgado de Paz Letrado del distrito de Sicuani, provincia de Canchis, estima para fi nes del presente año una carga procesal de 1925, cifra cercana al carga procesal máxima de 2040, requiriendo aún de apoyo; razón por la cual se considera conveniente ampliar la itinerancia del Juzgado de Paz Letrado del distrito de Camanti hacia el distrito de Sicuani, por un periodo de cuatro meses.