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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE ENERO DEL AÑO 2023 (05/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 7

7 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / 2.1.2. Contrataciones excluidas del ámbito de aplicación del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF: Suscribir, modi fi car y resolver contratos, órdenes de compra y órdenes de servicios correspondientes a los supuestos previstos en los literales a), f) y h) del artículo 4 y los literales d) y f) del artículo 5 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado. 2.1.3. Contrataciones bajo el ámbito del Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, aprobado mediante Decreto Supremo N° 071-2018-PCM: a) Aprobar los expedientes de contratación para la realización de los procedimientos de selección, para la contratación de bienes, servicios y obras. b) Designar a los integrantes titulares y suplentes de los Comités de Selección, así como modi fi car su composición. c) Aprobar las bases de los procedimientos de selección. d) Aprobar la cancelación total o parcial de los procedimientos de selección. e) Suscribir los contratos derivados de los procedimientos de selección, así como sus respectivas adendas. f) Autorizar la ejecución de prestaciones adicionales y reducción de prestaciones en el caso de bienes y servicios, hasta por el máximo permitido. g) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual en el caso de bienes y servicios. h) Aprobar las resoluciones de contratos.i) Aprobar la subcontratación de prestaciones hasta por el máximo permitido. j) Autorizar y suscribir contratos y adendas sobre contrataciones complementarias de bienes y servicios. k) Autorizar la sustitución del profesional requerido, en casos excepcionales y debidamente justi fi cados, previa opinión favorable de la Dirección de Línea competente. l) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo contractual formuladas por los contratistas, así como aprobar y autorizar el pago de mayores gastos generales que se podrían generar de dichas ampliaciones de plazo. m) Autorizar el pago por mayores metrados en los contratos de obra bajo el sistema de precios unitarios. n) Acordar con el contratista la suspensión del plazo de ejecución de obra, así como la suspensión del contrato de supervisión; una vez reiniciado dicho plazo comunicar a los contratistas la modi fi cación de las fechas de ejecución de obra. o) Designar al comité de recepción de la obra. p) Solicitar el inicio de los procedimientos de conciliación o arbitraje, y dar respuesta a solicitudes relacionadas a dichos medios de solución de controversias. q) Aprobar, suscribir u observar las liquidaciones de ejecución de obras y de consultorías de obras que se presenten a la ARCC. r) Aplicar las penalidades al contratista que incumpla las obligaciones a su cargo. s) Poner en conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado la existencia de indicios de la comisión de una infracción por parte de los proveedores, participantes, postores, contratistas, y otros, que pudieran dar lugar a la aplicación de sanciones. t) Suscribir adendas de cesión de posición contractual.u) Designar al administrador del cuaderno de obra digital. 2.1.4. La delegación de las facultades y atribuciones correspondientes a aspectos no regulados en el Reglamento del Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con Cambios, se rige por la delegación prevista en el numeral 2.1.1 de la presente Resolución. 2.2. En materia administrativa:a) Suscribir contratos de auditorías externas para la ARCC, así como sus adendas.b) Aprobar los actos de administración, disposición, adquisición, registro y supervisión de los bienes; así como gestionar las acciones de saneamiento físico legal, de acuerdo a los procedimientos establecidos por el Sistema Nacional de Abastecimiento y la normativa de Bienes Estatales, según corresponda, ejerciendo la representación de la ARCC ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencia administrativa para tales fi nes. c) Representar a la ARCC ante cualquier autoridad y/o dependencia administrativa a fi n de emitir o suscribir garantías de toda clase, así como para solicitar, proseguir y gestionar procedimientos administrativos destinados a la obtención de autorizaciones, permisos y/o cualquier otro derecho; así como presentar todo tipo de escritos necesarios para salvaguardar los intereses de la ARCC; con excepción de los procedimientos administrativos delegados en los numerales 5.3, 6.3 y 7.2 de la presente resolución. d) Evaluar y reconocer, de ser el caso, créditos internos a cargo de la ARCC de ejercicios presupuestales fenecidos, de acuerdo con el Decreto Supremo N° 017-84-PCM o normativa que corresponda. e) Suscribir con las Entidades Fiduciarias los contratos de fi deicomiso para la administración de los fondos transferidos, provenientes de los adelantos o pagos anticipados de los contratos de ejecución de las intervenciones del PIRCC a cargo de la ARCC. Artículo 3.- Delegación en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos Delegar en el/la Jefe/a de la Unidad de Recursos Humanos de la ARCC, durante el Año Fiscal 2023, las siguientes facultades: a) Suscribir, modi fi car y resolver los contratos de trabajo de todo el personal, así como prórrogas o renovaciones, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto; y demás actos y/o documentos derivados de tales regímenes y sus respectivas normas complementarias y conexas. b) Suscribir, modi fi car y resolver convenios de prácticas pre-profesionales y profesionales, así como prórrogas o renovaciones. c) Suscribir, modi fi car y resolver convenios y/o acuerdos con entidades públicas o privadas en materia de bienestar social a favor de los/as servidores/as de la ARCC. d) Autorizar y resolver las acciones de personal relacionadas con las solicitudes de licencias con o sin goce de haber respecto de todo el personal de la ARCC, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto. e) Evaluar y aprobar mediante resolución la suplencia y las acciones de desplazamiento de todo el personal no considerado de libre designación y remoción ni de confi anza, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto. f) Evaluar y aprobar mediante resolución la suplencia y las acciones desplazamiento del personal considerado de libre designación y remoción y de con fi anza, independientemente del régimen laboral al que se encuentre sujeto, incluyendo al Personal Altamente Califi cado – PAC por período de hasta catorce (14) días calendario ininterrumpido. g) Representar a la ARCC ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo – MTPE, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral – SUNAFIL y la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que se versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral, que se lleven a cabo en las instalaciones de la ARCC, en el MTPE, en la SUNAFIL o en el SERVIR. h) Representar a la ARCC ante el Seguro Social de Salud – EsSalud para intervenir en cualquier tipo de actuación relacionada a la a fi liación, desa fi liación o cobertura del seguro que corresponda para los trabajadores de la entidad. i) Suscribir certi fi cados y constancias de trabajo, boletas de pago de remuneraciones de personal, y demás