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19 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / y de reposición (IOARR), conforme a la normativa de la materia. 1.3. En materia administrativa y de gestión:d) Representar al PRONACEJ ante las diferentes entidades públicas, como la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales – SBN, Programa Nacional de Bienes Incautados – PRONABI, Superintendencia Nacional de Registros Públicos – SUNARP, Superintendencia de Banca, Seguros y AFP – SBS, Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC, Gobiernos Locales, Regionales, Ministerios, Poder Judicial, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú y demás entidades públicas y privadas, con la fi nalidad de suscribir la documentación para el trámite, procedimiento y/o actividad de acuerdo al ámbito de su competencia y atribuciones que resulte necesario para el mejor desarrollo de la gestión administrativa y en bene fi cio del objetivo del PRONACEJ. e) Ejercer la representación del PRONACEJ ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria – SUNAT. f) Realizar, en representación del PRONACEJ, todo tipo de solicitudes, actos y trámites ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) destinados a inscribir, oponerse a la inscripción o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas al registro de derechos reales del PRONACEJ sobre bienes muebles o inmuebles o cualquier otro derecho u acto susceptible de inscripción; incluyendo, la modi fi cación y recti fi cación de partidas registrales, presentar desistimientos, entre otros. g) Reconocer el pago por enriquecimiento sin causa, disponiendo el inicio del deslinde de responsabilidades que correspondan. El reconocimiento de los adeudos se formalizará mediante Resolución, contando previamente con el Informe del Área Usuaria, el Informe Técnico de la Subunidad de Abastecimiento y el Informe legal de la Unidad de Asesoría Jurídica. h) Emitir los actos de administración interna y efectuar los trámites referidos a la disposición, adquisición y administración de bienes estatales, conforme a las normas vigentes sobre la materia. i) Emitir las resoluciones de baja y alta de los bienes muebles del PRONACEJ. j) Aprobar, modi fi car y dejar sin efecto las directivas u otras normas en materia administrativa que requiera el PRONACEJ para su funcionamiento, previa opinión técnica de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la opinión legal de la Unidad de Asesoría Jurídica. 1.4. En materia Contable y Presupuestal: a) Suscribir, modi fi car y resolver, en representación del PRONACEJ, los contratos y convenios con las entidades fi nancieras, que estén relacionados con el manejo de cuentas del PRONACEJ, incluidas sus respectivas adendas. b) Aprobar directivas internas para la racionalización del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de fi nanciamiento, previa opinión técnica de la Unidad de Planeamiento y Presupuesto y la opinión legal de la Unidad de Asesoría Jurídica. Artículo 2.- Delegar en el/la jefe/a de la Subunidad de Abastecimiento las siguientes facultades y atribuciones: a) Suscribir y resolver contratos y/u órdenes de compra y/o servicios por las prestaciones de bienes, servicios u obras cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a ocho (8) UIT y sus adendas, así como las que resulten de las contrataciones por Catálogo Electrónico del Acuerdo Marco, según corresponda. b) Resolver las solicitudes de ampliación de plazo de los contratos y/o órdenes de compra y/o servicio por las prestaciones de bienes, servicios u obras, cuyos montos de contratación sean iguales o inferiores a 8 UIT, así como las que resulten de las contrataciones por Catalogo Electrónico del Acuerdo Marco, según corresponda. c) Expedir a los contratistas de bienes, servicios y obras las constancias de prestaciones que soliciten, en el marco de las contrataciones del Estado y de las contrataciones de montos iguales o inferiores a ocho (8) UIT. d) Aprobar el Cuadro Multianual de Necesidades - CMN y sus modi fi catorias, en el marco de la Directiva N.º 0005-2021-EF/54.01 “Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios, y Obras”, o la que haga sus veces. e) Aprobar el formato de Aprobación de Expediente de Contratación para contrataciones por Catálogo de Acuerdo Marco de cuantías iguales o inferiores a ocho (8) UIT, para lo cual deberá adecuar el formato. f) Autorizar el Anexo 03 de elección de proveedor establecido en las Reglas Estándar de Catálogo Acuerdo Marco hasta la cuantía de igual o inferior a ocho (8) UIT. Artículo 3.- Delegar en el/la jefe/a de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos las siguientes facultades y atribuciones: a) Expedir resoluciones y resolver acciones del personal del PRONACEJ para la celebración de contratos, acciones de desplazamiento de personal CAS (excepto designación temporal en cargos de con fi anza), modi fi caciones contractuales, encargo de funciones (excepto cargos de con fi anza), suplencias, licencias, aceptación de renuncia (excepto los cargos de con fi anza), cese, resolución de contratos de personal, reconocimientos de remuneraciones, destaques del personal, adscritos al régimen laboral del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Fomento del Empleo; y, del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. b) Representar al PRONACEJ ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo o la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral — SUNAFIL, de corresponder, para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales, así como denuncias y gestiones de índole laboral que se lleven tanto en la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral — SUNAFIL o del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. c) Suscribir, modi fi car y resolver, en representación del PRONACEJ, convenios de cooperación interinstitucional y/o actas que correspondan o coadyuven en la gestión administrativa interna del Programa, asociados a la administración de Recursos Humanos, con excepción de aquellos que por norma expresa deban ser suscritos por el Titular de la Entidad, así como efectuar los trámites que deriven de la ejecución de los mismos. d) Emitir en representación del PRONACEJ, los documentos que sean necesarios en el marco del procedimiento y diligencias de ejecución de mandatos judiciales de naturaleza laboral, con calidad de cosa juzgada o medidas cautelares de reposición u otros, en coordinación con la Procuraduría Pública del MINJUSDH. e) Representar a PRONACEJ ante entidades públicas o privadas, para realizar acciones administrativas relacionadas con el Sistema Privado de Pensiones (SPP) y Sistema Nacional de Pensiones (SNP). f) Suscribir, modi fi car y dejar sin efecto los convenios de modalidades formativas y sus respectivas adendas, en el marco del Decreto Legislativo N.º 1401, Decreto Legislativo que aprueba el Régimen Especial que regula las modalidades formativas de servicios en el Sector Público y su Reglamento. Artículo 4.- Delegar en los/as jefes/as de la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa de Internación y la Unidad de Gestión de Medida Socioeducativa No Privativa de Libertad: Aprobar la ejecución de investigaciones o estudios relacionados con las intervenciones en adolescentes en confl icto con la Ley Penal, que formen parte del Sistema Nacional de Reinserción Social del Adolescente en Confl icto con la Ley Penal. Artículo 5.- Cumplimiento de la normativa aplicable Las facultades y atribuciones delegadas con la presente resolución comprenden las atribuciones de