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15 NORMAS LEGALES Jueves 5 de enero de 2023 El Peruano / Coordinador/a de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización de Foncodes se encuentra vacante y presupuestado bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios, regulado por el Decreto Legislativo N° 1057; siendo necesario designar a la persona que ocupará dicho cargo; Que, para este efecto, conforme a lo solicitado por la Dirección Ejecutiva mediante el Memorando N° 000004-2023-MIDIS/FONCODES/DE, se han evaluado los documentos del señor Antenor Felipe Pacheco Uzuriaga, quien según el Informe N° 000004-2023-MIDIS/FONCODES/URH, cumple con los requisitos para ocupar el cargo en mención; Con el visto de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos y de acuerdo a las facultades contenidas en el Manual de Operaciones del Foncodes aprobado mediante Resolución Ministerial N° 228-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designación Designar, a partir del 05 de enero de 2023, al señor ANTENOR FELIPE PACHECO UZURIAGA en el cargo público de con fi anza de Coordinador de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Foncodes, bajo el régimen especial de Contratación Administrativa de Servicios regulado por el Decreto Legislativo Nº 1057. Artículo 2.- Disposición Encargar el cumplimiento de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva a la Unidad de Recursos Humanos. Artículo 3.- Publicación Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Foncodes (http://www.gob.pe/foncodes) en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.ULDERICO FIGUEROA TORRE Director EjecutivoFondo de Cooperación para el Desarrollo Social 2140390-1 EDUCACION Aprueban el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL N° 003-2023-MINEDU Lima, 4 de enero de 2023 VISTOS, el Expediente N° OGEPER2022- INT-0272915; el Memorándum N° 01168-2022-MINEDU/SG-OGRH de la O fi cina General de Recursos Humanos; el Informe Nº 01042-2022-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER de la O fi cina de Gestión de Personal; el Informe N° 00269-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de Organización y Métodos; el O fi cio Nº 00834-2022-MINEDU/SPE-OPEP de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto; el Informe N° 01563-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO Que, el literal a) del numeral 2) del artículo 5 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece entre las funciones técnico- normativas del Ministerio de Educación, la referida a aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, (en adelante, la Directiva), la misma que establece y precisa normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, de acuerdo con el literal b) del numeral 5.1 de la Directiva, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP Provisional) es el documento de gestión de carácter temporal que contiene los cargos defi nidos y aprobados de la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones (ROF) o Manual de Operaciones (MOP), según corresponda, cuya fi nalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante la etapa de tránsito al régimen previsto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, y en tanto se reemplace junto con el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) por el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE); Que, el numeral 6.4.1.1. de la Directiva, establece que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces puede actualizar el CAP Provisional de la entidad en atención a entre otros, el supuesto contemplado en el literal e. referido a: “Otras acciones de administración del CAP Provisional que no afecten a los cargos, las posiciones, las correspondientes compensaciones económicas establecidas en el PAP vigente ni el cumplimiento de los límites dispuestos en los numerales 2 y 3 del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público; Que, asimismo, el numeral 6.4.1.3 de la Directiva, señala que ningún ajuste realizado en el marco del numeral 6.4.1.1, respecto a la actualización del CAP Provisional, puede modi fi car el total de cargos y posiciones del CAP Provisional aprobado. De igual forma, la actualización del CAP Provisional no implica en ningún caso la eliminación de cargos en situación de ocupado, salvo que hubieran devenido en situación de previsto en el transcurso del tiempo; Que, con la Resolución Ministerial N° 392-2022-MINEDU, se aprueba el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación; Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 197-2022-MINEDU, se aprueba el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Ministerio de Educación; Que, con Informe N° 01042-2022-MINEDU/SG-OGRH- OGEPER, la O fi cina de Gestión de Personal de la O fi cina General de Recursos Humanos, sustenta la propuesta de reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal – CAP Provisional del Ministerio de Educación, en el marco de lo establecido en el literal e. del numeral 6.4.1.1 de la Directiva, señalando que la misma se formula en virtud a las necesidades de la Entidad, sobre la base de la estructura orgánica contenida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU, y las funciones asignadas en dicho documento de gestión, asimismo precisa que la citada propuesta no demanda mayores recursos presupuestarios; Que, mediante Informe Nº 00269-2022-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable a la citada propuesta, señalando que la misma se encuentra enmarcada en la Directiva y cuenta con opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR); asimismo considera la estructura establecida en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, así como las denominaciones de los cargos del Clasi fi cador de Cargos; Que, conforme a lo expuesto, corresponde aprobar el reordenamiento del Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Ministerio de Educación,