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31 NORMAS LEGALES Viernes 6 de enero de 2023 El Peruano / NORMAS INSTITUCIONALES c. Ley Nº 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. d. Decreto Supremo Nº 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. e. Resolución Ministerial Nº 1291-2012-RE, modi fi cada por Resolución Ministerial Nº 0125-2019- RE, que constituye y conforma el Grupo de Trabajo de la Gestión de Riesgo de Desastres en el Ministerio de Relaciones Exteriores. f. Resolución Ministerial Nº 0005-2022-RE, que delega facultades en diversos funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores durante el Año Fiscal 2022. g. Resolución de Secretaría General Nº 0979-2015- RE, que aprueba la Directiva Nº 006-2015 OPP/RE “Disposiciones para la Formulación de Directivas”. h. Resolución de Secretaría General Nº 1676-2019- RE, que aprueba la Directiva Nº 012-2019-ORH/RE “Lineamientos para el Uso del Lenguaje Inclusivo en las Comunicaciones”. i. Resolución de Secretaría General Nº 0829-2021- RE, que aprueba la Directiva Nº 007-2021-ORH/RE “Lineamientos para la Transversalización del Enfoque de Género”. NORMAS ESPECÍFICASj. Ley Nº 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). k. Decreto Supremo Nº 048-2011-PCM, Reglamento de la Ley Nº 29664, Ley del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). l. Resolución Ministerial Nº 258-2021-PCM, “Lineamientos para la organización y funcionamiento de los Centros de Operaciones de Emergencia - COE”. m. Decreto Supremo Nº 038-2021-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres al 2050. n. Decreto Supremo Nº 115-2022-PCM, Plan Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres-PLANGERD 2022-2030. Las normas mencionadas en la base legal de la presente Directiva incluyen sus disposiciones modi fi catorias, reglamentarias, complementarias y conexas. 4. DISPOSICIONES GENERALES4.1. Del COES RE4.1.1. El COES RE es el órgano que depende directamente del Despacho Ministerial y funciona de manera permanente las 24 horas, los 365 días del año, en el seguimiento y monitoreo de peligros, peligros inminentes, emergencias y desastres, así como en la administración e intercambio de información para la oportuna toma de decisiones. 4.1.2. El COES RE tiene una organización de Tipo “C” (Ver anexo 1), que se activa en los niveles de emergencia 4 y 5, con todos sus módulos, en concordancia con sus competencias y los lineamientos que dicta el ente Rector. 5. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS5.1. Funciones del COES RE5.1.1. Jefe/a del COES RE El/La Jefe/a del COES RE es el/la Ministro/a de Relaciones Exteriores, que es el/la responsable de conformar el COES RE y es responsable de la toma de decisiones. 5.1.2. Coordinador/a del COES RE El/La coordinador/a del COES RE, es el/la jefe/a de la Ofi cina de Seguridad de la O fi cina General de Apoyo a la Gestión Institucional, encargado/a de dirigir, administrar, supervisar, evaluar y coordinar las acciones relacionadas con las actividades del COES RE. Tiene las siguientes funciones: a) Proporcionar información sobre el monitoreo de peligros, peligros inminentes, emergencias y desastres, para la toma de decisiones de las autoridades en acciones vinculadas a la gestión reactiva, mediante diferentes productos: reporte de emergencia, informe de emergencia, nota de prensa, inventario de recursos, boletín informativo, resumen ejecutivo de emergencia. b) Compartir información real y oportuna entre los COE en los tres niveles de gobierno, con la fi nalidad de coadyuvar a la toma de decisiones de las autoridades en sus respectivos ámbitos jurisdiccionales. c) Facilitar la gestión e intercambio de información que permita la interrelación de esfuerzos técnicos-políticos para la coordinación y operación conjunta de los actores que participan para la oportuna toma de decisiones. d) Suministrar información al SINAGERD y autoridades competentes. e) Asumir las funciones del módulo de evaluador.f) Proveer de información con fi able y oportuna a el/la Jefe/a del COES RE. 5.1.3. Módulo de Operaciones El Módulo de Operaciones es responsable de monitorear, almacenar, validar, procesar, consolidar y registrar la información de la evaluación de daños y las acciones realizadas por el Sector, en el Sistema Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (SINPAD), según corresponda. Tiene las siguientes funciones: a) Monitorear permanentemente las 24 horas del día, los 365 días del año, los peligros, peligros inminentes, emergencias y desastres que puedan afectar las instalaciones del Sector. b) Elaborar informes de peligros, peligros inminentes, emergencias y desastres, así como reportes consolidados de requerimientos; proporcionándoselos al evaluador, para su revisión, aprobación y distribución correspondiente. c) Monitorear, realizar el seguimiento y consolidar las acciones relacionadas a las Declaratorias de Estado de Emergencia. d) Comunicar a el/la Coordinador/a del COES RE, sobre las actividades desarrolladas por el Módulo de Operaciones. 5.1.4. Módulo de Comunicaciones El Módulo de Comunicaciones, es responsable de administrar adecuadamente los medios de comunicación, garantizando su operatividad y disponibilidad en los módulos. Puede desarrollar las funciones de los módulos que no se encuentran activos, de acuerdo con su condición de funcionamiento; debiendo mantenerse siempre activo, mientras incorporen los otros módulos, cumpliendo servicios rotativos para los días no laborables y horarios nocturnos, de ser necesarios. Tiene las siguientes funciones: a) Recibir y transmitir las comunicaciones del COES RE. b) Asegurar el correcto empleo de los medios telefónicos y equipos de radio; y mantener informado a el/la Coordinador/a del COES RE sobre el estado de operatividad de los equipos. c) Mantener activa, en forma permanente, la Red de Comunicaciones del COES RE. d) Actualizar permanentemente el Directorio Telefónico. e) Comunicar a el/la Coordinador/a del COES RE, sobre las actividades desarrolladas por el Módulo de Comunicaciones. f) Difusión inmediata de los Boletines de Alerta del INDECI que le envíe el/la Coordinador/a del COES RE. g) Informar a el/la Coordinador/a del COES RE, de las actividades y gestiones realizadas como encargado del turno de servicio.