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60 NORMAS LEGALES Miércoles 25 de enero de 2023 El Peruano / - Derecho de trámite. Los viudos, divorciados, menores de edad y extranjeros que deseen participar del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2023 o el Segundo Matrimonio Civil y Religioso Comunitario 2023, deberán cumplir con presentar la documentación adicional según sea el caso. Artículo Cuarto.- Las personas discapacitadas que deseen contraer matrimonio, serán incluidas dentro de la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2023 o el Segundo Matrimonio Civil y Religioso Comunitario 2023, para lo cual será de aplicación lo normado por la Ordenanza Nº 243-MDMM en lo que sea aplicable. Artículo Quinto.- Dispensa de los días que les faltan a los pretendientes para cumplir el plazo de publicación de edicto matrimonial, que de acuerdo a lo estipulado en el Art. 250º del Código Civil es de 08 días. Artículo Sexto.- ENCÁRGUESE el cumplimiento de la presente Ordenanza a la O fi cina General de Administración y Finanzas, O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, a la O fi cina de Estado Civil y a la O fi cina General de Tecnología de la Información de esta Municipalidad, quienes deberán realizar las acciones necesarias para cumplir con lo dispuesto en la presente disposición. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Octavo.- Encargar a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano y a la O fi cina de Tecnología de la Información la publicación de la misma en la página web de la Municipalidad: www.munimagdalena.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.FRANCIS JAME ALLISON OYAGUE Alcalde 2144891-1 Ordenanza que deja sin efecto el Manual de Clasificador de Cargos de la Municipalidad de Magdalena del Mar, aprobado mediante Ordenanza N° 146-2022-MDMM ORDENANZA N° 153-2023-MDMM Magdalena del Mar, 16 de enero de 2023 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR; POR CUANTO: El Concejo Municipal Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Extraordinaria N° 01 fecha 16 de enero de 2023, y; VISTOS:En sesión ordinaria de concejo de la fecha, el proyecto de la DEJAR SIN EFECTO LA ORDENANZA DE CLASIFICADOR DE CARGOS - MCC, aprobado mediante Ordenanza N° 146-2022-MDMM, así como la sustentación efectuada por la Jefa de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 30305, concordante con el artículo 2° del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, los gobiernos gozan de autonomía política, economía y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establecida para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; que la estructura orgánica del Gobierno local la conforman en Consejo Municipal como órgano normativo y fi scalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo; además, el numeral 1 del artículo 195° establece que las Municipalidades, en ejercicio de su autonomía, tienen competencia exclusiva para aprobar su organización interna; Que, de conformidad con el artículo 9°, numeral 3) de la mencionada norma, es atribución del Concejo Municipal, aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del Gobierno Local, asimismo el numeral 8) del mencionado artículo, faculta aprobar, modi fi car o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante el Decreto Ley N° 18160 se establece el Sistema Nacional de Clasi fi cación de Cargos en Dependencia del Sector Público, autorizando su aplicación mediante Ley N° 20009; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 150-2021-SERVIR-PE se formalizo la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH sobre la elaboración del Manuel de Clasi fi cador de Cargos y del cuadro de Asignación de Personal Provisional con el objetivo de establecer y precisar normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria, que las entidades públicas deben seguir para la administración de cargos y posiciones; Que, el artículo 4° del Título Preliminar del único Ordenado de la Ley N° 27444 modi fi cado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, consagra el Principio de Simplicidad: Los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir; Que, estando a lo prescrito en la Ley 31419, Ley que establece la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, concordado con el Decreto Supremo Nº 053-2022-PCM, que establece los requisitos mínimos para la designación de funcionarios, y con la fi nalidad de lograr la sistematización jurídica, en concordancia con el principio de legalidad resulta necesario dejar sin efecto la Ordenanza Nº 146-2022-MDMM; asimismo, disponer las acciones necesarias, a fi n de regular mediante instrumento correspondiente la aprobación del nuevo Manual de Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad de Magdalena del Mar. Que, atendiendo a la responsabilidad recaída sobre el titular de la entidad para la aprobación del Manual Clasi fi cador de Cargos, se informa que, de acuerdo a lo dispuesto en el literal i) del Decreto Supremo N° 040- 2014-PCM y Reglamento de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública. En el caso de los Gobiernos Locales, la máxima autoridad administrativa es el Gerente Municipal. En ese sentido, corresponderá elevar los actuados ante el despacho de Gerencia Municipal, como máxima autoridad administrativa de la municipalidad para efecto del Sistema Administrativa de Gestión de Recursos Humanos, aprobar la propuesta de Manual Clasi fi cador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, mediante Resolución de Gerencia, la misma deberá ser publicada en el Diario O fi cial el Peruano y en las plataformas mencionadas en el numeral supra. Estando a lo dispuesto en el artículo 9º numerales 3) y 8) y 9) y el artículo 41º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, aprobó por UNANIMIDAD de los señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente Ordenanza: ORDENANZA QUE DEJA SIN EFECTO EL MANUAL DE CLASIFICADOR DE CARGOS DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR, APROBADO MEDIANTE ORDENANZA N° 146-2022- MDMM Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Ordenanza N.º 146-2022/MDMM, que aprobó la