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59 NORMAS LEGALES Sábado 28 de enero de 2023 El Peruano / de Ordenanza Regional: “Denominar a los Juegos Bolivarianos, en su edición extraordinaria, que se desarrollará en la región de Ayacucho, el año 2024, en el marco de las celebraciones por el Bicentenario de la Batalla de Ayacucho, como “Juegos Bolivarianos del Bicentenario Ayacucho 2024”; y CONSIDERANDO:Que, el artículo 191º de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 30305, Ley de Reforma de los Artículos 191º, 194º y 203º de la Constitución Política del Estado, establece que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y coordinan con las municipalidades sin interferir sus funciones; asimismo, en su artículo 14º establece que “La educación promueve el conocimiento, el aprendizaje y la práctica de las humanidades, la ciencia, la técnica, las artes, la educación física y el deporte. Prepara para la vida y el trabajo y fomenta la solidaridad”; Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional, correspondiéndole las funciones y atribuciones que se establecen en su ley orgánica y aquellas que le sean delegadas. Parámetro normativo a partir del cual, conforme a lo establecido en el inciso a) del artículo 15º de esta ley, se tiene bien establecido que son atribuciones del Consejo Regional “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, la Ley Nº 31573, del 14 de septiembre de 2022, Declara de Interés Nacional y de Necesidad Pública la Organización e Implementación de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024, en el marco de las celebraciones por el bicentenario de la batalla de Ayacucho. Asimismo, en su disposición complementaria fi nal, autoriza la elaboración de los estudios, per fi les y expedientes técnicos. Que, mediante Resolución Suprema Nº 020-2022-MINEDU, Crean el Comité Organizador de naturaleza temporal denominado “Comité Organizador de los Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024” que tiene por objeto elaborar, gestionar y proponer medidas y/o acciones que permitan la realización de los “Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024”; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 018-2021- GRA/CR de fecha 2 de noviembre de 2021 se Declara de Interés y Prioridad la Postulación de la Región Ayacucho como Sede de los XX Juegos Bolivarianos Ayacucho 2025, con el objetivo de obtener la realización de la edición o fi cial en la Región, buscando su reconocimiento en marco del Bicentenario de la Batalla de Ayacucho y dinamizar la economía en el sector turismo, así como; promover el deporte en los jóvenes de la región y del país; Que, la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO) mediante Acta 005 - Reunión Asamblea General Ordinaria de la ODEBO (Guayaquil – Ecuador) de fecha 18 de diciembre de 2021 decidió darle a Ayacucho la sede de la edición extraordinaria de los Juegos Bolivarianos, el mismo que se realizará del 6 al 15 de diciembre del 2024, en conmemoración del Bicentenario de la Batalla de Ayacucho; los “Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024” tendrán la participación de siete países que forman parte de la Organización Deportiva Bolivariana: Perú, Venezuela, Ecuador, Panamá, Bolivia, Chile y Colombia, y se desarrollarán 25 deportes, 27 disciplinas deportivas, y se contará con 22 escenarios de entrenamientos, 7 delegaciones y 2 mil 725 atletas; Que, los Juegos Bolivarianos en su edición extraordinaria se desarrollará en la región Ayacuchana, en conmemoración a la Batalla de Ayacucho, que selló la independencia del Perú y América del Sur, razón por la cual la Organización Deportiva Bolivariana (ODEBO) , la Ley Nº 31573 y la Resolución Suprema Nº 31573 reconoce a este evento como “Juegos Bolivarianos del Bicentenario 2024”; por ello, con la presente Ordenanza Regional se busca resaltar el nombre de la región debiendo denominarse como “Juegos Bolivarianos del Bicentenario Ayacucho 2024”, por haber sido elegida como sede de este importante evento deportivo;Que, el artículo 2º del Reglamento Interno de Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, aprobado con Ordenanza Regional Nº 003-2012-CRA/CR, establece que “El Consejo Regional, es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional y constituye el máximo órgano deliberativo, el mismo que ejerce funciones y atribuciones que establece la Ley conforme a la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, sus modi fi catorias y demás disposiciones concordantes, vigentes en materia de descentralización y regionalización”; Que, el literal a) del artículo 15° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que el Consejo Regional tiene entre sus atribuciones la aprobación modi fi cación y derogación de las normas que regulan o reglamentan los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional. Por otro lado, el artículo 28° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que la Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el literal o) del artículo 21° de la Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, modi fi cado por la Ley N° 29053, establece que es atribución del Gobernador Regional, promulgar las Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) días hábiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado, Ley N° 27867- Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, y demás normas conexas; el Consejo Regional con el voto unánime de sus miembros, y la respectiva lectura de aprobación de Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA REGIONALArtículo Primero.– DENOMINAR a los Juegos Bolivarianos, en su edición extraordinaria, que se desarrollará en la región de Ayacucho, el año 2024, en el marco de las celebraciones por el Bicentenario de la Batalla de Ayacucho, como “Juegos Bolivarianos del Bicentenario Ayacucho 2024”. Artículo Segundo.– ENCARGAR al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho gestionar, ante las instancias del Gobierno Nacional y Gobiernos Locales que correspondan, la ejecución de Proyectos de Inversión Pública que conduzcan a garantizar la construcción de escenarios e infraestructura deportiva necesaria, así como de mejoras a la infraestructura urbana indispensable, para la realización de los “Juegos Bolivarianos del Bicentenario Ayacucho 2024”. Artículo Tercero .– ENCARGAR a la Gerencia Regional de Desarrollo Social del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el diario de mayor circulación de la Región y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al Señor Gobernador Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 25 días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. ROGER PALOMINO VILCATOMA PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 5 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. CARLOS ALBERTO RÚA CARBAJAL Gobernador 2146422-1