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58 NORMAS LEGALES Sábado 28 de enero de 2023 El Peruano / artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Por otro lado, por Ordenanza Regional Nº 004-2021-GRA/CR de fecha 31 de marzo de 2021, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2019) de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, con ciento veinticuatro (124) procedimientos, el mismo que se encuentra vigente a la fecha. Que, el literal a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, concordante con el literal a) del artículo 15º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica, establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, concordante con el artículo 158º del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ayacucho, aprobado por Ordenanza Regional Nº 003-2012-GRA/CR, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia. Por lo que, en uso de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867y sus modi fi catorias; Decreto Legislativo Nº 1203; Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM; Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM; Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 004-2018-PCM-SGP; Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP; y demás normas conexas; el Consejo Regional de Ayacucho con el voto por unanimidad, y la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, aprobó el siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA 2022 del Gobierno Regional de Ayacucho, con un total de tres cientos diecinueve (319) procedimientos administrativos no estandarizados, que en calidad de Anexo se adjunta a la presente Ordenanza Regional, que a continuación se detallan: Nº SectoresTotal PA/ SPE 01 Gobierno Regional de Ayacucho - Sede 2802 Dirección Regional de Agricultura 10103 Dirección de Archivo Regional 09 04Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo 07 05Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento 15 06Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo 54 07Dirección Regional de Transportes y Comunicaciones 22 08 Dirección Regional de Producción 04 09 Dirección Regional de Energía y Minas 02 10Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado - PRIDER 03 11 Dirección Regional de Salud 74 TOTAL 319 Referencia: PA (Procedimientos Administrativos) y SPE (Servicios de Prestación Especial) Artículo Segundo.- DEROGAR la Ordenanza Regional Nº 019-2014-GRA/CR, que aprobó el TUPA 2014 del Programa Regional de Irrigación y Desarrollo Rural Integrado - PRIDER; Ordenanza Regional Nº 010-2017-GRA/CR, que aprobó el TUPA 2017 Regional del Gobierno Regional de Ayacucho; Ordenanza Regional Nº 020-2020-GRA/CR, que aprobó el TUPA 2020 de la Dirección Regional Agraria de Ayacucho; Ordenanza Regional Nº 027-2020-GRA/CR, que aprobó el TUPA 2020 de la Dirección Regional de Salud de Ayacucho; y toda disposición que se oponga a la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- RATIFICAR la vigencia de la Ordenanza Regional Nº 004-2021-GRA/CR de fecha 31 de marzo de 2021, que aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA 2019) de la Dirección Regional de Educación de Ayacucho, con ciento veinticuatro (124) procedimientos, clasi fi cados en noventa y cuatro (94) procedimientos administrativos y treinta (30) procedimientos de prestación de servicios en exclusividad. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional de Ayacucho, bajo responsabilidad, cumplir con los lineamientos y/o procedimientos establecidos en el Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM; Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM; Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP; y demás normas de la materia. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia General del Gobierno Regional de Ayacucho, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial El Peruano, en el diario encargado de las publicaciones judiciales en la capital de la Región, en el Portal Web del Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Web del Estado Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho, conforme establece el artículo 42º de la Ley Nº 27867 y demás normas de la materia. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional de Ayacucho para su respectiva promulgación. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 21 días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. ROGER PALOMINO VILCATOMA PresidenteConsejo Regional POR TANTO:Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 30 días del mes de noviembre del año dos mil veintidós. CARLOS ALBERTO RUA CARBAJAL Gobernador * El TUPA se publica en la página WEB del Diario O fi cial El Peruano, sección Normas Legales. 2146361-1 Denominan a los Juegos Bolivarianos que se desarrollarán en la región Ayacucho como “Juegos Bol ivarianos del Bicentenario Ayacucho 2024” CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 030-2022-GRA/CR Ayacucho, 5 de diciembre de 2022EL SEÑOR PRESIDENTE DEL CONSEJO REGIONAL DE AYACUCHO. POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, en Sesión Ordinaria de fecha 17 de noviembre de 2022, deliberó y aprobó el Dictamen del Proyecto