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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE ENERO DEL AÑO 2023 (28/01/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 28 de enero de 2023 El Peruano / Que, a través del o fi cio Nº 003-2023-ANC-MP-J, el señor Juan Antonio Fernández Jerí, Jefe de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, eleva la carta de renuncia del abogado David Tapia Santisteban, al cargo de Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en la Fiscalía Suprema de Control Interno, actualmente Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la misma que cuenta con su conformidad. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal. Que, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha señalado que no existe una equiparación entre los magistrados nombrados por concurso y los provisionales, dado que la provisionalidad es limitada en el tiempo y siempre sujeta a condición resolutoria. Asimismo, dicho tribunal destacó la diferencia en el ordenamiento interno peruano entre fi scales provisionales y fi scales provisionales no titulares (Caso Casa Nina vs. Perú). Que, en mérito a la diferencia señalada en el párrafo precedente, cabe destacar que, el numeral 64.2 del artículo 64° de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal y su modi fi catoria, de fi ne a los fi scales provisionales como “aquellos fi scales titulares que ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen con los requisitos para el nivel que se le designa”. Que, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia ha manifestado que la “suplencia o provisionalidad, como tal constituye una situación que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no tiene titularidad alguna”; lo antes mencionado tendría sustento en que la incorporación a la carrera fi scal de los fi scales provisionales no titulares, no se ha efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150° y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual, se tiene que la provisionalidad de los fi scales es de naturaleza temporal, sujeta a la facultad discrecional que tiene la titular de la Institución; más aún, si ellos cuentan con una plaza de origen titular. Que, la Fiscal de la Nación como titular de la Institución es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política institucional del Ministerio Público, con la fi nalidad de garantizar un servicio e fi ciente y e fi caz, es quien posee la discrecionalidad en la designación de fi scales provisionales. Que, estando a lo expuesto resulta necesario expedir el resolutivo por el cual se disponga aceptar la renuncia formulada y, considerando que se trata de un magistrado titular, designársele en un Despacho Fiscal conforme a su título de nombramiento; para ello deberá, previamente, darse por concluido el nombramiento del fi scal que ocupa provisionalmente la plaza a designársele y los reemplazos respectivos. Que, estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158° y 159° de la Constitución Política del Perú; y de conformidad con lo establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE:Artículo Primero .- Aceptar la renuncia formulada por el abogado David Tapia Santisteban, como Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en la Fiscalía Suprema de Control Interno, actualmente Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, así como la adecuación de las mismas, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2583-2019-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 17 de septiembre de 2019 y 08 de junio de 2021, respectivamente. Artículo Segundo .- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jonattan Joel Hernández Merino , como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual, así como la adecuación de los mismos, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros. 2583-2019-MP-FN y 834-2021-MP-FN, de fechas 17 de septiembre de 2019 y 08 de junio de 2021, respectivamente. Artículo Tercero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Guillermo Luis Vicente Silva Loli, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y su designación en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1774-2021-MP-FN, de fecha 14 de diciembre de 2021. Artículo Cuarto.- Designar al abogado David Tapia Santisteban, Fiscal Provincial Titular Penal Especializado en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual, con Competencia en el Distrito Fiscal de Lima. Artículo Quinto.- Designar al abogado Jonattan Joel Hernández Merino, Fiscal Adjunto Provincial Titular Penal Especializado en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Penal Especializada en Delitos Aduaneros y Contra la Propiedad Intelectual, con Competencia en el Distrito Fiscal de Lima. Artículo Sexto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a los abogados mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese.LIZ PATRICIA BENAVIDES VARGAS Fiscal de la Nación 2146805-1 Nombran Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Arequipa RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 234-2023-MP-FN Lima, 27 de enero de 2023VISTO Y CONSIDERANDO: El o fi cio Nº 4846-2022-MP-FN-CN-FEVCMYGF, cursado por la abogada Irma Hilda Díaz Livaque, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, mediante el cual eleva la propuesta para cubrir una plaza de Fiscal Adjunto Provincial para el Despacho de la Fiscalía Provincial Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de Paucarpata, la misma que, a la fecha, se encuentra vacante. Que, en mérito a las atribuciones y funciones que establece la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Ministerio Público y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público con Enfoque de Gestión por Resultados, la Fiscal de la Nación tiene la facultad de nombrar fi scales provisionales de todos los niveles jerárquicos, a nivel nacional, con la fi nalidad de coadyuvar con la labor fi scal.