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23 NORMAS LEGALES Lunes 30 de enero de 2023 El Peruano / misma oportunidad en que se calculen los Precios a Nivel Generación; Que, mediante Resolución N° 057-2022-OS/CD y modi fi catoria, se fi jaron los Precios en Barra aplicables al periodo mayo 2022 – abril 2023, en la que se incluyeron los respectivos cargos unitarios por compensación mencionados precedentemente. Asimismo, en la citada resolución también se dispuso que tales cargos se actualicen mediante la aplicación del factor de actualización “p”, el cual se determina trimestralmente conforme a lo establecido por los procedimientos antes señalados. Es materia de la presente resolución la actualización de los citados cargos para el periodo trimestral febrero - abril 2023; Que, asimismo, en cumplimiento del “Procedimiento para Aplicación del Mecanismo de Compensación establecido en el Decreto Supremo N° 035-2013-EM”, aprobado con Resolución N° 114-2015-OS/CD, mediante Resolución N° 076-2022-OS/CD se fi jó el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión (SST y SCT), para el período mayo 2022 – abril 2023, asignado a la demanda del Área de Demanda 15, cuya actualización también es trimestral; dicha actualización se realiza a través del factor de actualización “FA”; Que, luego de revisada la información proporcionada por el COES, se ha procedido a elaborar los Informes Técnicos N° 053-2023-GRT, N° 054-2023-GRT y N° 055-2023-GRT que contienen el detalle de los cálculos que sustentan los factores de actualización “p” y “FA” a aplicar para determinar los cargos unitarios por compensación a partir del 04 de febrero de 2023; Que, el análisis legal de la publicación de los factores de actualización se encuentra sustentado en el Informe Legal N° 466-2022-GRT; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley para Asegurar el Desarrollo Efi ciente de la Generación Eléctrica; y, en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como, en sus normas modi fi catorias y complementarias; y Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 02-2023, de fecha 26 de enero de 2023. SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar los factores de actualización “p” consignados en el Cuadro N° 1, aplicables a partir del 04 de febrero de 2023 para determinar los cargos unitarios aprobados por Compensación por Seguridad de Suministro de Reserva Fría, por Prima RER, por FISE, por Con fi abilidad en la Cadena de Suministro de Energía (CCCSE) y por Capacidad de Generación Eléctrica, para el trimestre febrero – abril 2023. Cuadro N° 1 Cargo Unitario Factor “p” Cargo Unitario por Compensación por Seguridad de SuministroRF: Reserva FríaRF Planta Talara 1,1240 RF Planta Ilo 1,1237 RF Planta Eten 1,1850 RF Planta Puerto Maldonado 1,1905 RF Planta Pucallpa 1,1972 Central Cogeneración Paramonga 0,0000 C.H. Santa Cruz II 0,0000 C.H. Santa Cruz I 0,0000 C.H. Poechos 2 0,4756 C.H. Roncador 0,0000 C.H. La Joya 0,4609Cargo Unitario Factor “p” C.H. Carhuaquero IV 0,3000 C.H. Caña Brava 0,2807 C.T. Huaycoloro 0,6929 C.H. Huasahuasi I 0,6479C.H. Huasahuasi II 0,5634 C.H. Nuevo Imperial 0,4286 Repartición Solar 20T 0,8920 Majes Solar 20T 0,8947 Tacna Solar 20T 0,8797 Cargo por Prima Panamericana Solar 20T 0,8762 C.H. Yanapampa 0,0000 C.H. Las Pizarras 0,7514 C.E. Marcona 0,4202 C.E. Talara 0,7151C.E. Cupisnique 0,8889 C.H. Runatullo III 0,0000 C.H. Runatullo II 0,0000 CSF Moquegua FV 0,6471 C.H. Canchayllo 0,0000C.T. La Gringa 0,6792 C.E. Tres Hermanas 1,0954 C.H. Chancay 0,1133 C.H. Rucuy 0,0000 C.H. Potrero 0,0000C.H. Yarucaya 0,0000 C.S. RubÍ 0,0000 C.H. Renovandes H1 0,0000 C.S. Intipampa 0,4239 C.E. Wayra I 0,0000 C.B. Huaycoloro II 0,1250 C.H. Angel I 0,0000C.H. Angel II 0,0000 C.H. Angel III 0,0000 C.H. Her 0,0000 C.H. Carhuac 0,0000 C.H. El Carmen 0,0000C.H. 8 de Agosto 0,0000 C.H. Manta 0,0000 C.T. Callao 0,0385 Cargo Unitario por FISE 1,4440 Cargo Unitario por CCCSE 0,3068Cargo Unitario por Capacidad de Gen-eración EléctricaCT Puerto Bravo 1,1866 CT NEPI 1,1529 Artículo 2°.- Aprobar el factor de actualización “FA” consignado en el Cuadro N° 2, aplicable a partir del 04 de febrero de 2023, para determinar el Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP, a ser adicionado al Peaje del Sistema Secundario y Complementario de Transmisión asignado al Área de Demanda 15 aprobado mediante Resolución N° 076-2022-OS/CD, para el trimestre febrero – abril 2023. Cuadro N° 2 Cargo UnitarioFactor FA Cargo Unitario por Compensación GGEE-DUP 1,6070 Artículo 3°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignarla,