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24 NORMAS LEGALES Lunes 30 de enero de 2023 El Peruano / junto con los Informes N° 053-2023-GRT, N° 054- 2023-GRT, N° 055-2023-GRT y N° 466-2022-GRT, en la web: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRÍGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2146818-1 Aprueban la “ Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, aprobada con Resolución N° 080-2022-OS/CD y modificatorias, con costos del año 2022” RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 017-2023-OS/CD Lima, 27 de enero de 2023 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el numeral IV del literal b) del artículo 139 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado por Decreto Supremo N° 009-93-EM, la valorización de la inversión de las instalaciones de los Sistemas Secundarios de Transmisión (“SST”) y los Sistemas Complementarios de Transmisión (“SCT”), será efectuada sobre la base de costos estándares de mercado, salvo los correspondientes a los SST remunerados exclusivamente por la demanda, así como los que no están comprendidos en un Contrato de Concesión de SCT; Que, para el propósito mencionado, en el numeral V del literal b) del citado artículo 139, se dispuso que Osinergmin establecerá y mantendrá actualizada y disponible, para todos los interesados, la Base de Datos que corresponda; Que, en virtud de la necesidad identi fi cada en los procesos de actualización anual de costos de la Base de Datos de Módulos Estándares de Transmisión; se hizo necesario optimizar el mecanismo de remisión de información, y de esta manera, mediante Resolución N° 171-2014-OS/CD, se aprobó la Norma “Procedimiento para la Actualización de la Base de Datos de Módulos Estándares de Transmisión”; Que, en la referida Norma se establece que la actualización de los costos de la Base de Datos será aprobada anualmente por el Consejo Directivo de Osinergmin, en el mes de enero de cada año, sobre la base de información correspondiente al año anterior remitida por los titulares; Que, mediante Resolución N° 080-2022-OS/CD y modi fi catorias, se aprobó la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión vigente, producto del proceso de restructuración de módulos estándares de inversión; Que, en cumplimiento de lo dispuesto en el Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas y en la Norma “Procedimiento para la Actualización de la Base de Datos de Módulos Estándares de Transmisión”, corresponde actualizar, con costos del año 2022, la Base de Datos aprobada mediante Resolución N° 080-2022-OS/CD; Que, fi nalmente, se han expedido los Informes N° 050-2023-GRT y N° 051-2023-GRT, de la División de Generación y Transmisión Eléctrica y de la Asesoría Legal de la Gerencia de Regulación de Tarifas, respectivamente, los cuales complementan la motivación que sustenta la decisión de Osinergmin, cumpliendo de esta manera con el requisito de validez de los actos administrativos a que se re fi ere el numeral 4 del artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General;De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27332, Ley Marco de los Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los Servicios Públicos y en su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 042-2005-PCM; en el Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2001-PCM; en el Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 009-93-EM; en la Ley N° 28832, Ley Para Asegurar el Desarrollo E fi ciente de la Generación Eléctrica; en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; así como en sus normas modi fi catorias y complementarias y; Estando a lo acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su Sesión N° 02-2023, de fecha 26 de enero de 2023. SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar la “Actualización de la Base de Datos de los Módulos Estándares de Inversión para Sistemas de Transmisión, aprobada con Resolución N° 080-2022-OS/CD y modi fi catorias, con costos del año 2022”. Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y consignarla junto con: i) el archivo “VALORIZACIÓN MÓDULOS DE INVERSIÓN 2023.xlsm”, y ii) la carpeta MODULOS_2023, así como los Informes N° 050-2023-GRT y N° 051-2023-GRT que la sustentan, en la página Web de Osinergmin: http://www.osinergmin.gob.pe/Resoluciones/Resoluciones-GRT-2023.aspx. OMAR CHAMBERGO RODRIGUEZ Presidente del Consejo Directivo 2146811-1 Declaran improcedente solicitud de nulidad de oficio interpuesta por Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C. contra la Resolución N° 211-2022-OS/CD RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN N° 018-2023-OS/CD Lima, 27 de enero de 2023 1. CONSIDERANDO: Que, con fecha 16 de octubre de 2022, el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (en adelante “Osinergmin”), publicó en el diario o fi cial El Peruano, la Resolución N° 186-2022-OS/CD (en adelante “Resolución 186”), mediante la cual, se modi fi có el Plan de Inversiones en Transmisión del período comprendido entre el 1 de mayo de 2021 al 30 de abril de 2025 (en adelante “PI 2021-2025”), aprobado mediante Resolución N° 126-2020-OS/CD y reemplazado con Resolución N° 191-2020-OS/CD, en lo correspondiente al Área de Demanda 13; Que, contra la Resolución 186, con fecha 9 de noviembre de 2022, la empresa Consorcio Eléctrico de Villacurí S.A.C (en adelante “Coelvisac”), presentó recurso de reconsideración, el cual fue resuelto mediante Resolución N° 211-2022-OS/CD (en adelante “Resolución 211”), publicada en el diario o fi cial El Peruano el 1 de diciembre de 2022; Que, con fecha 10 de enero de 2023, Coelvisac presentó su solicitud de nulidad de o fi cio, complementándola con información presentada el 17 y 24 de enero de 2023, cuyo análisis es objeto de la presente resolución. 2. SOLICITUD DE NULIDAD Que, la recurrente solicita la nulidad de o fi cio de la Resolución 211, en el extremo que declaró infundadas