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14 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2023 El Peruano / Designan Director de la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación de la Dirección General de Abastecimiento RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 045-2023-EF/43 Lima, 1 de febrero del 2023CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Director(a) de la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Walter Felix Carrillo Díaz en el puesto de Director de la Dirección de Planeamiento Integrado y Programación de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEX ALONSO CONTRERAS MIRANDA Ministro de Economía y Finanzas 2148139-1 Aprueban las “Bases para la selección de entidades o empresas públicas que contarán con acompañamiento en la adopción progresiva de BIM en las fases del Ciclo de Inversión, en el marco de la Resolución Directoral N° 0007-2022-EF/63.01” RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0001-2023-EF/63.01 Lima, 1 de febrero de 2023 CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modi fi catorias, se crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones como sistema administrativo del Estado, con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, el numeral 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobado por el Decreto Supremo N° 284-2018-EF y sus modi fi catorias, establece que corresponde a la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones (DGPMI) emitir metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información, a fi n de mejorar la transparencia, calidad y efi ciencia de la inversiones. Asimismo, la Cuarta Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, dispone que la implementación e incorporación de metodologías colaborativas de modelamiento digital de la información a que se re fi ere el numeral 4 del párrafo 8.2 del artículo 8 del Reglamento se realiza de manera progresiva. Para tal efecto, la DGPMI aprueba las disposiciones necesarias para la adopción de los aplicativos informáticos y la generación de capacidades; Que, mediante el Decreto Supremo N° 345-2018- EF, se aprobó la Política Nacional de Competitividad y Productividad, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de los diferentes Poderes del Estado, Organismos Constitucionales Autónomos y de los diferentes niveles de gobierno, alcanzando al sector privado y la sociedad civil, en cuanto le sea aplicable. Dicha política contempla como Objetivo Prioritario 1: “Dotar al país de infraestructura económica y social de calidad”, el cual a su vez considera como lineamientos de política, entre otros, formular y evaluar, o aprobar y ejecutar e fi cientemente las inversiones públicas, así como asegurar la sostenibilidad y el funcionamiento de la infraestructura económica y social ( fi nanciamiento, operación y mantenimiento) a través del fortalecimiento de capacidades en el sector público; Que, por su parte, el Decreto Supremo N° 237-2019- EF, que aprobó el Plan Nacional de Competitividad y Productividad, señala que las medidas establecidas en el referido Plan Nacional se implementan en el marco de las competencias legalmente asignadas y de acuerdo con el grado de participación y responsabilidad de las entidades y actores estratégicos que se detallan en este; Que, en esa línea, el Plan Nacional de Competitividad y Productividad 2019-2030 para el señalado Objetivo Prioritario 1: “Dotar al país de infraestructura económica y social de calidad” ha establecido la “Medida de política 1.2: Plan BIM”, con el objetivo de incorporar progresivamente la metodología colaborativa de modelamiento digital de información para la construcción (BIM, por sus siglas en inglés: Building Information Modeling) en el sector público, para lo cual contempla hitos al corto, mediano y largo plazo; Que, en seguimiento al Hito N° 1 de la medida citada, mediante el Decreto Supremo N° 289-2019-EF, y modi fi catoria, se establecieron disposiciones para la incorporación progresiva de BIM en la inversión pública en los procesos de inversión pública de las entidades y empresas públicas sujetas al Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, creado por el Decreto Legislativo N° 1252; Que, por su parte, en seguimiento al Hito N° 1, mediante la Resolución Directoral N° 0002-2021- EF/63.01, se aprobó el “Plan de Implementación y Hoja de Ruta del Plan BIM Perú”, el cual contiene el análisis del contexto actual nacional de la industria de construcción, así como de la adopción BIM en el Perú y de fi ne objetivos y acciones al corto, mediano y largo plazo estructurados en base a cuatro líneas estratégicas: 1) Establecer el liderazgo público; 2) Construcción de un marco colaborativo; 3) Aumento de la capacidad de la industria; y, 4) Comunicación de la visión; Que, mediante la Resolución Directoral N° 0005-2021- EF/63.01, se aprobó la “Nota Técnica de Introducción BIM: Adopción en la Inversión Pública” y la “Guía Nacional BIM: Gestión de la Información para inversiones desarrolladas con BIM”, con la fi nalidad de responder las preguntas más frecuentes sobre BIM, presentar los documentos y herramientas vinculados al proceso de adopción de BIM, describir la metodología en el contexto de la inversión pública, así como la aplicación del Entorno de Datos Comunes como pieza fundamental del proceso de Gestión de la Información en las inversiones desarrolladas aplicando BIM; Que, asimismo, a través de la Resolución Directoral N° 001-2022-EF/63.01, se aprobó la “Directiva para la selección, desarrollo y acompañamiento de proyectos piloto utilizando BIM”, que tiene por objeto de establecer un marco normativo que regule la aplicación de BIM a nivel de proyectos en el desarrollo de inversiones públicas, de manera que se identi fi quen lecciones aprendidas y buenas prácticas sobre la forma