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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (02/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 23

23 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2023 El Peruano / Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; Que, mediante Resolución de Jefatura Nº 00064-2022-OSINFOR/01.1 se aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre; Que, mediante Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1 se aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR; Que, en ese sentido la Unidad de Gestión del Talento Humano de la O fi cina de Administración, a través del Informe Nº 00011-2023-OSINFOR/05.2.1, considerando la aprobación del nuevo ROF del OSINFOR, propone modi fi car el Manual de Per fi les de Puestos, respecto a la denominación del órgano y nombre de los tres puestos de Directores(as) de Línea del OSINFOR, aplicándose lo establecido en el literal b) del artículo 19 de la Directiva, que indica que no se requiere opinión favorable por parte de SERVIR cuando se trata de la modi fi cación de funciones del per fi l que no afectan los requisitos del puesto, por lo que correspondería que la citada modi fi cación al MPP sea aprobada directamente por la Entidad. La citada propuesta cuenta con la conformidad de la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, así como de la O fi cina de Asesoría Jurídica; Que, de conformidad artículo 18 de la Directiva, la modi fi cación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP debe ser publicada en el diario o fi cial El Peruano y en el Portal de Transparencia de la entidad en un plazo no mayor de cinco (05) días hábiles después de su aprobación; Que, el literal m) del artículo 5 de la Directiva señala que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, se entiende que el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa; Que, el artículo 10 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1, señala que la Gerencia General, es la máxima autoridad administrativa del OSINFOR; Con el visado de la Unidad de Gestión del Talento Humano; la O fi cina de Administración; la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 312-2017-SERVIR-PE que formalizó la aprobación de la Directiva N° 004-2017-SERVIR/GPGSC “Normas para la Gestión del Proceso de Diseño de Puestos y Formulación del Manual de Per fi les de Puestos - MPP”; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OSINFOR, aprobado por Resolución de Jefatura Nº 00003-2023-OSINFOR/01.1; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el Manual de Per fi les de Puestos del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, aprobado con Resolución de Gerencia General Nº 028-2019-OSINFOR, respecto a órgano y nombre de los tres puestos de Directores(as) de Línea de la Entidad, de acuerdo a los formatos que en anexo forman parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Notifi car la presente Resolución a la Unidad de Gestión del Talento Humano del OSINFOR, a fi n de continuar con el desarrollo de las acciones conducentes al tránsito del nuevo régimen del servicio civil. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, así como en el Portal de Transparencia Estándar (PTE) y en el Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna Silvestre (www.gob.pe/osinfor). Regístrese, comuníquese y publíquese.ALEJANDRO ALBERTO ROJAS SARAPURA Gerente General 2147706-1ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS ORGANISMO TÉCNICO DE LA ADMINISTRACIÓN DE LOS SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban los “Lineamientos para la identificación de las acciones inmediatas, la formulación e implementación del Plan de Acciones de Urgencia (PAU)”, Versión 01 RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 002-2023-OTASS-CD Lima, 27 de enero de 2023VISTO: Los Informes Técnicos N° 000006-2022-OTASS-DGF y N° 000009-2022-OTASS-DGF, ambos de la Dirección de Gestión y Financiamiento, los Informes Técnicos Nº 000031-2022-OTASS-OPP y Nº 000038-2022-OTASS-OPP, ambos de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Legal N° 000405-2022-OTASS-OAJ y el Informe N° 000027-2023-OTASS-OAJ, ambos de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 005-2020-VIVIENDA que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1280, Ley Marco de la Gestión y Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Organismo Técnico de la Administración de los Servicios de Saneamiento - OTASS, es el organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía funcional, económica, fi nanciera y administrativa, con competencia a nivel nacional y constituye pliego presupuestario; el cual desarrolla su competencia en concordancia con la política general, objetivos, planes, programas y lineamientos normativos establecidos por el ente rector; Que, en el numeral 189.5 del artículo 189 del Texto Único Ordenado del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1280, aprobado con Decreto Supremo N° 016-2021-VIVIENDA, se faculta al OTASS, a que, mediante resolución de su Consejo Directivo emita normas y disposiciones complementarias necesarias para la ejecución de sus funciones, competencias y facultades; Que, el literal e) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del OTASS aprobado mediante el Decreto Supremo N° 006-2019-VIVIENDA y la Resolución Directoral N° 010-2019-OTASS/DE, establece que el Consejo Directivo tiene la función de emitir normas y disposiciones complementarias, mediante resolución, necesarias para la ejecución de las funciones, competencias y facultades del OTASS; Que, mediante los Informes Técnicos N° 000006-2022-OTASS-DGF y N° 000009-2022-OTASS-DGF, la Dirección de Gestión y Financiamiento, en el marco de sus funciones, propone la aprobación de los “Lineamientos para la identi fi cación de las Acciones Inmediatas, la formulación e implementación del Plan de Acciones de Urgencia (PAU)”; Que, a través de los Informes Técnicos Nº 000031-2022-OTASS-OPP y Nº 000038-2022-OTASS-OPP la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, en el marco de sus funciones emite opinión técnica favorable para la aprobación de los “Lineamientos para la identi fi cación de las Acciones Inmediatas, la formulación e implementación del Plan de Acciones de Urgencia (PAU)”; Versión 01, otorgándole el código: LIN-005-2022-OTASS-DGF;