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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (02/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2023 El Peruano / dentro del plazo de vigencia del Contrato de Inversión, siendo éste el establecido en el Contrato de Inversión para el cumplimiento del compromiso de inversión, disponiendo que las mismas son tramitadas de acuerdo al procedimiento aplicable para la suscripción del Contrato de Inversión; Que, mediante Carta N° COV-660-22, precisada a través de la Carta N° COV-687-22, el Inversionista solicitó ante PROINVERSIÓN la suscripción de una Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, con el fi n de incrementar el monto del compromiso de inversión, ampliar el plazo de ejecución del mismo, así como, modi fi car el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte del referido contrato; Que, a través del O fi cio N° 00100-2022/ PROINVERSIÓN/DSI/SSI, la Subdirección de Servicios al Inversionista de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN remitió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones una copia en digital del expediente de la solicitud presentada por el Inversionista y solicitó al sector evaluar y emitir opinión conforme a lo señalado en el numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973; Que, con O fi cio N° 5019-2022-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes hizo suyo y remitió a la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN el Informe N° 2383-2022-MTC/19.02, elaborado por la Dirección de Inversión Privada de Transportes, mediante el cual emitió opinión favorable sobre el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por el Inversionista; Que, a través del O fi cio N° 00605-2022/ PROINVERSIÓN/DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN comunicó a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes que advirtió observaciones en el Informe N° 2383-2022-MTC/19.02, las cuales solicitó precisar, a fi n de continuar con la evaluación de la solicitud de suscripción de Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión presentada por el Inversionista; Que, por O fi cio N° 5148-2022-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes comunicó al Inversionista que, mediante O fi cio N° 00605- 2022/PROINVERSIÓN/DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN solicitó revisar la fecha fi nal del nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones; Que, mediante Carta COV-917-22, el Inversionista remitió a la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones, en el cual precisó la fecha fi nal del referido cronograma; Que, con O fi cio N° 5321-2022-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes hizo suyo y remitió a la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN el Informe N° 2622-2022-MTC/19.02, elaborado por la Dirección de Inversión Privada de Transportes, a través del cual aprobó el nuevo Cronograma de Ejecución de Inversiones presentado por el Inversionista mediante Carta COV-917-22, de conformidad con lo establecido en el numeral 4.4 del artículo 4 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973; Que, mediante O fi cio N° 00698-2022/ PROINVERSIÓN/DSI, la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN remitió al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para opinión, el proyecto de Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión a suscribirse con el Inversionista, así como, el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte integrante de la mencionada Adenda, adjuntando copia del Informe Técnico N° 026-2022/DSI-SSI y de los Informes Legales Nos. 025-2022/DSI-SSI y 027-2022/DSI-SSI, a través de los cuales se concluyó que resultaba procedente la suscripción de la referida Adenda; Que, a través del O fi cio N° 5852-2022-MTC/19, la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes hizo suyo y remitió a la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN el Informe N° 3180-2022-MTC/19.02, elaborado por la Dirección de Inversión Privada en Transportes, mediante el cual emitió opinión favorable sobre el proyecto de la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, que incluye el Cronograma de Ejecución de Inversiones que como Anexo I forma parte integrante de la referida Adenda; Que, habiéndose sustentado el cumplimiento de los requisitos y del procedimiento establecidos en el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento, el Estado peruano y el Inversionista suscribieron la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión, en virtud de la cual acordaron modi fi car la Cláusula Segunda del Contrato de Inversión, estableciendo que el Inversionista se compromete a ejecutar inversiones por un monto de US$ 88 558 642,00 (Ochenta y Ocho Millones Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Cuarenta y Dos y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), en un plazo de diez (10) años y seis (06) días, contado a partir del 28 de setiembre de 2016, fecha de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión; asimismo, las partes acordaron reemplazar el Anexo I del Contrato de Inversión por el Anexo I adjunto a la referida adenda; Que, en atención a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, corresponde expedir la Resolución Ministerial por la cual se modi fi ca el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 160-2019 MTC/01, con el fi n de incorporar las modi fi caciones contempladas en la Adenda de Modi fi cación del Contrato de Inversión; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; el Decreto Legislativo N° 973, Decreto Legislativo que establece el Régimen Especial de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas, sus modi fi catorias y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi car el artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 160-2019 MTC/01, el cual queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efectos del Numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa Sociedad Concesionaria Peruana de Vías S.A. asciende a US$ 88 558 642,00 (Ochenta y Ocho Millones Quinientos Cincuenta y Ocho Mil Seiscientos Cuarenta y Dos y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutado en un plazo de diez (10) años y seis (06) días, contado desde el 28 de setiembre de 2016, fecha de la solicitud de suscripción del Contrato de Inversión.” Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.PAOLA PIERINA LAZARTE CASTILLO Ministra de Transportes y Comunicaciones 2148154-1 VIVIENDA, CONSTRUCCION Y SANEAMIENTO Designan Asesora II del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 046-2023-VIVIENDA Lima, 31 de enero de 2023