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82 NORMAS LEGALES Jueves 2 de febrero de 2023 El Peruano / ampliar la infraestructura y equipamiento de servicios (cantidad y calidad) Fomentar la articulación de actores y el encadenamiento de actividades económico productivas y de servicios para la generación de empleo digno, impulsar la gestión ambiental y la conservación de la bio diversidad, reducir los niveles de riesgo y vulnerabilidad, garantizar la calidad y cobertura de los servicios así como promover el desarrollo humano y garantizar la equidad social fortalecer las instituciones públicas y privadas, organizaciones comunitarias, lideres vecinales y ciudadanía para el ejercicio de sus deberes y derechos y garantizar un sistema permanente de seguridad y comunicación; Que estando a lo analizado y en consideración a lo normado en el en el numeral 62.7 del artículo 62 del Decreto Supremo Nº 12-2022-VIVIENDA Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible, corresponde proponer el presente Planeamiento Integral al Concejo municipal para su aprobación mediante Ordenanza Municipal, por ser viable su aprobación; Que, mediante Opinión Legal N° 1649-2022-GAJ/ GM/MPMN de fecha XX de XX del 2022 la Gerencia de Asesoría Jurídica, Opina que procedente APROBAR el PLAN ESPECÍFICO DEL SECTOR A-7 Y SUB SECTOR 1A-4 PAMPAS DE CHEN CHEN (ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VIRGENCITA DE CHAPI) AMPLIACIÓN VILLA JERUSALEN I Y VILLA FORESTAL como instrumento de gestión que permite prever el acondicionamiento del proyecto de ampliación urbana; POR CUANTO:EL Concejo Provincial de Mariscal Nieto, en uso de las facultades concedidas por el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú promulgada el 29-12-1993 y modi fi cada por Ley N° 27680 de fecha 06-03-2002, al amparo de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972 de fecha 26- 05-2003 Decreto Supremo Nº 012-2022-VIVIENDA “Reglamento de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sostenible”, ha aprobado en “Sesión Ordinaria” de fecha 21-12-2022, por MAYORIA CON 07 VOTOS A FAVOR Y 02 VOTOS EN CONTRA DE LA REG. ZULVI YSABEL VERA MANRIQUE Y AUGUSTO FREDY TOLEDO CUAYLA del Pleno del Concejo Municipal y con la Dispensa del trámite de Lectura y aprobación del acta; la siguiente: ORDENANZA DEL PLAN ESPECÍFICO DEL SECTOR A-7 Y SUB SECTOR 1A-4 PAMPAS DE CHEN CHEN (ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VIRGENCITA DE CHAPI) AMPLIACIÓN VILLA JERUSALEN I Y VILLA FORESTAL DISTRITO MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, DEPARTAMENTO MOQUEGUA” Artículo Primero.- APROBAR EL PLAN ESPECÍFICO DEL SECTOR A-7 Y SUB SECTOR 1A-4 PAMPAS DE CHEN CHEN (ASOCIACIÓN DE VIVIENDA VIRGENCITA DE CHAPI) AMPLIACIÓN VILLA JERUSALEN I Y VILLA FORESTAL DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, REGIÓN MOQUEGUA”, con fi nes de solicitar el cambio de zoni fi cación para el saneamiento físico legal del predio ubicado en el SECTOR A-7 Y SUB SECTOR 1A-4 PAMPAS DE CHEN CHEN DISTRITO DE MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, REGIÓN MOQUEGUA” Artículo Segundo.- MODIFICAR el Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua – Samegua 2016 - 2026, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN, de fecha 28 de junio del 2018, en el extremo que corresponde a lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Municipal. Artículo Tercero.- DISPONER que la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, proceda a efectuar las modi fi caciones pertinentes al Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua – Samegua 2016 - 2026, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 009-2018-MPMN de fecha 28 de junio del 2018, en el extremo que corresponde a lo aprobado en el Artículo Primero de la presente Ordenanza Municipal, con la fi nalidad de mantenerlo actualizado. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, Ambiental y Acondicionamiento Territorial de la Municipalidad Provincial “Mariscal Nieto”, realice las gestiones correspondientes, para la publicación de la presente Ordenanza Municipal en el Diario O fi cial “El PERUANO” y, a la O fi cina de Secretaria General en coordinación con la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación del íntegro de este documento en el Portal Web de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto: https://www.munimoquegua.gob.pe/. Artículo Quinto. - La presente Ordenanza Municipal, entra en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.ABRAHAM ALEJANDRO CARDENAS ROMERO Alcalde 2147873-1 Ordenanza que dispone la aprobación del Planeamiento Integral Fundo Rústico Chimba Alta Predio 615 Sector Charsagua, Distrito Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua ORDENANZA MUNICIPAL Nº 036-2022-MPMN Moquegua, 22 de diciembre de 2022EL ALCALDE PROVINCIAL DE “MARISCAL NIETO”:VISTO, en “Sesión Ordinaria” de fecha 21-12-2022, el Dictamen N° 046-2022-CDUAAT-MPMN de Registro N° 2243700 de fecha 19-12-2022, Informe Legal N° 1527-2022-GAJ/GM/MPMN de Registro N° 2242276 de fecha 06-12-2022 sobre la PROPUESTA DEL “PLANEAMIENTO INTEGRAL DEL FUNDO RÚSTICO CHIMBA ALTA PREDIO 00615 SECTOR CHARSAGUA”, y; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades son los Órganos de Gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, tal como lo señala el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con los Artículos I y II del Título preliminar de la Ley N° 27972; Que, a través de la solicitud ingresada con Exp. E2216321 con fecha 19-05-2022, el administrado Andrés Ventura Romero, en representación de la Asociación Educativa Ciencias y Humanidades Aplicadas, respecto al predio denominado Fundo Rústico Chimba Alta Predio 00615 ubicado en el sector Charsagua, distrito de Moquegua, Provincia Mariscal Nieto, Región Moquegua, en la actualidad se encuentra de fi nido según el Plan de Desarrollo Urbano Sostenible Moquegua – Samegua 2016 – 2026 como ZONA AGRÍCOLA, el cual a través del presente Planeamiento Integral se modi fi que dicho plan con la fi nalidad de pasar a ser una zoni fi cación Residencial de densidad Media. Por lo que pide se apruebe el Planeamiento Integral que adjunta. Anexa (i) Planeamiento Integral. (ii) Informe de Evaluación de Riesgo (EVAR). (iii) Estudio de Mecánica de Suelos y Plano Topográ fi co; Que, con Carta N° 351-2022-ARQ_JELA/SPCUAT/ GDUAAT/GM/MPMN de fecha 11-10-2022, el Arquitecto Erick Loayza Arista hace llegar a la Sub Gerencia de Planeamiento, Control Urbano y Acondicionamiento Territorial, el INFORME TÉCNICO DEL PLANEAMIENTO INTEGRAL FUNDO RÚSTICO CHIMBA ALTA PREDIO 615 SECTOR CHARSAGUA, DISTRITO MOQUEGUA, PROVINCIA MARISCAL NIETO, REGIÓN MOQUEGUA,