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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (10/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 117

117 NORMAS LEGALES Viernes 10 de febrero de 2023 El Peruano / MUNICIPALIDAD DE SAN BARTOLO Establecen los montos del derecho de emisión mecanizada del impuesto predial y arbitrios municipales y su distribución a domicilio, vencimiento del pago del impuesto predial, arbitrios municipales y el monto mínimo del impuesto predial para el año fiscal 2023 ORDENANZA MUNICIPAL Nº 334-2022/MDSB San Bartolo, 18 de noviembre de 2022EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN BARTOLOVISTO Y CONSIDERANDO:El Acuerdo de Concejo Nº 062-2022/MDSB y demás documentos que sustentan el presente, y; Que, estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 8 del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; contando con el voto por UNANIMIDAD de los señores regidores se aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE ESTABLECE LOS MONTOS DEL DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y SU DISTRIBUCION A DOMICILIO, VENCIMIENTO DEL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES DEL EJERCICIO 2023 Y EL MONTO MÍNIMO DEL IMPUESTO PREDIAL PARA EL AÑO FISCAL 2023 Artículo Primero.- FÍJESE en S/ 7.00 (SIETE Y 00/100 SOLES) el monto por concepto de Derecho de Emisión Mecanizada, distribución a domicilio y actualización de Declaración Jurada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales. Artículo Segundo.- APRUÉBESE el INFORME TÉCNICO FINANCIERO DE COSTOS, que contiene la estructura de costos, metodología de distribución del servicio de emisión mecanizada, actualización de valores, determinación de tributos y distribución domiciliaria, correspondiente al Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del ejercicio 2023, así como los cuadros de estimación de ingresos; los mismos que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ESTABLECER la fecha de vencimiento del pago del Impuesto Predial del ejercicio 2023, según sigue: Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero del 2023. En forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales, según sigue: • Primera Cuota: Hasta el 28 de febrero de 2023 • Segunda Cuota: Hasta el 31 de mayo de 2023• Tercera Cuota: Hasta el 31 de agosto de 2023• Cuarta Cuota: Hasta 30 de noviembre de 2023 Artículo Cuarto.- ESTABLECER la fecha de vencimiento del pago del Arbitrios Municipales del ejercicio 2023, será mensualmente según sigue: • Primera Cuota: Hasta el 31 de enero de 2023 • Segunda Cuota: Hasta el 28 de febrero de 2023• Tercera Cuota: Hasta el 31 de marzo de 2023• Cuarta Cuota: Hasta 28 de abril de 2023• Quinta Cuota: Hasta el 31 de mayo de 2023• Sexta Cuota: Hasta el 30 de junio de 2023• Séptima Cuota: Hasta 31 de julio de 2023• Octava Cuota: Hasta el 31 de agosto de 2023• Novena Cuota: Hasta el 29 de setiembre de 2023• Décima Cuota: Hasta 31 de octubre de 2023• Décima Primera Cuota: Hasta el 30 de noviembre de 2023 • Décima Segunda Cuota: Hasta el 29 de diciembre de 2023 Artículo Quinto.- ESTABLECER que el monto mínimo del Impuesto Predial para el año fi scal correspondiente al 2023, es el 0.6% de la UIT vigente, de conformidad con el artículo 13º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº156-2004-EF. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, Gerencia de Presupuesto, Planeamiento y Racionalización, Gerencia de Administración Tributaria y Fiscalización Administrativa y Tributaria y Subgerencias, e instancias administrativas pertinentes el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- FACÚLTESE al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias que resulten necesarias para la adecuación de la presente Ordenanza. Segunda.- ENTRARÁ EN VIGENCIA a partir del 1º de Enero del 2023, previa a su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, conjuntamente con el Informe Técnico Financiero de Costos (el cual contiene la estructura de costos, la estimación de ingreso y la determinación tasa), así como del Acuerdo de Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima que la rati fi ca. De la misma forma serán publicados en el Portal Web de la Municipalidad de San Bartolo: www. munisanbartolo.gob.pe y en la página web del Servicio de Administración Tributaria www.sat.gob.pe de conformidad con lo previsto en la Ordenanza Nº 2386-2021/MML. Tercera.- DERÓGUENSE, la Ordenanza Nº 331-2022/ MDSB y las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.RUFINO ENCISO RIOS Alcalde 2150315-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Ordenanza de regularización de habilitaciones urbanas y de edificaciones ejecutadas sin licencia en el distrito de San Juan de Lurigancho ORDENANZA N° 427-MDSL San Juan de Lurigancho, 31 de enero de 2023 EL ALCALDE DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO; VISTO; En Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 31 de enero de 2023; el Proveído Nº 199-2023-GM/MDSJL, de fecha 30 de enero de 2023, expedido por la Gerencia Municipal; el Informe Nº 005-2023-GDE/MDSJL, de fecha 30 de enero 2023, expedido por la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe Nº 052-2023-SGCOYS-GDE/ MDSJL, de fecha 30 de enero de 2023, expedido por la Subgerencia de Control, Operaciones y Sanciones; el