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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (12/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Domingo 12 de febrero de 2023 El Peruano / creadas y/o que entraron en funcionamiento a partir del año 2014, pueden hacer uso de este supuesto, siempre que cumplan con los criterios presentados en el numeral 6.2.2 de la presente directiva. Que, a través del Informe Técnico N° 0001-2023-SERVIR-GDSRH, la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR emite opinión favorable a la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad Ejecutora N° 001-Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, por lo que, en mérito a lo expuesto resulta necesario aprobar el referido instrumento de gestión de la entidad; Que, por su parte el sub numeral 6.3.1.8 del numeral 6.3 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR/GDSRH establece que, de darse la opinión favorable de SERVIR, dicha aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante o fi cio de PE de SERVIR, para que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”, efectuándose la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), en el caso de los Gobiernos Regionales, mediante Ordenanza Regional; Por lo que en uso de las facultades y atribuciones conferidas por la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Leyes N° 27902; 28013; 28926; 28961; 28968; 29053; 29611 y 29981; el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado por Ordenanza Regional N° 303-GOB.REG.HVCA/CR, con el voto unánime de sus miembros; ORDENA:Artículo Primero.- APROBAR, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central del Gobierno Regional Huancavelica, el mismo que consta de los anexos en formatos 1), 2), 3) y anexo 6, en un total de veintisiete (27) folios. Artículo Segundo.- RECOMENDAR a la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos del Gobierno Regional de Huancavelica, la IMPLEMENTACIÓN de la presente Ordenanza Regional. Artículo Tercero.- DISPENSAR a la presente Ordenanza Regional, del trámite de lectura y aprobación del acta. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente Ordenanza Regional y sus anexos en el Diario O fi cial El Peruano, en el Portal Institucional del Gobierno Regional de Huancavelica (https://www.regionhuancavelica.gob.pe). Comuníquese al señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Huancavelica, para su promulgación; Regístrese, comuníquese y cúmplase.En Huancavelica a los a los veinte días del mes de enero del dos mil veintitrés. RICARDO YAURICASA FLORES Presidente del Consejo Regional POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la ciudad de Huancavelica, en la Sede del Gobierno Regional de Huancavelica, a los veinte días del mes de enero del año dos mil veintitrés. LEONCIO HUAYLLANI TAYPE Gobernador Regional 2150809-1GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ordenanza Regional que aprueba declarar a la danza típica, costumbrista y tradicional “Las Pachacas” como símbolo de identidad regional bolivariana de los distritos de Bolívar y Uchumarca de la provincia de Bolívar, Región La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000023-2022-GRLL-CR Trujillo, 21 de diciembre de 2022 “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA DECLARAR A LA DANZA TÍPICA, COSTUMBRISTA Y TRADICIONAL “LAS PACHACAS” COMO SÍMBOLO DE IDENTIDAD REGIONAL BOLIVARIANA DE LOS DISTRITOS DE BOLÍVAR Y UCHUMARCA DE LA PROVINCIA DE BOLÍVAR, REGIÓN LA LIBERTAD” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno de La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192 de la Constitución Política del Perú de 1993, Modi fi cado por la Ley Nº 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867 y su Modi fi catoria Ley Nº27902, y demás Normas Complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional VISTO:En Sesión Extraordinaria Virtual de fecha 19 de diciembre del 2022, VISTO Y DEBATIDO el O fi cio N°00022-2022-GRLL/CR-COCETA, que contiene el Dictamen N° 006-2022- GRLL/CR-COCETA, remitido y sustentado por la Consejera Regional Mag.Teresita de Jesús Bravo Malca Presidente de la Comisión Ordinaria de Comercio Exterior, Turismo y Artesanía del Consejo Regional; recaído el Proyecto de Ordenanza Regional relativa a “Declarar a la Danza Típica, Costumbrista y Tradicional “Las Pachacas” como Símbolo de Identidad Regional Bolivariana de los Distritos de Bolívar y Uchumarca de la Provincia de Bolívar , Región La Libertad, iniciativa normativa formulada por el Consejero Regional Edgar López Chávez; y, CONSIDERANDO:Que, el Artículo 21º de la Constitución Política del Perú , señala es función del Estado la protección del patrimonio cultural de la nación; Que, el Artículo 192º de la Constitución Política del Perú y su Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, Ley Nº 27680, establece que es competencia de los Gobiernos Regionales promover y regular actividades y/o servicios en materia de agricultura, pesquería, industria, agroindustria, comercio, turismo, energía, minería, vialidad, comunicación, educación, salud y medio ambiente, conforme a Ley; Que, la Ley N° 27680, Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización , establece en su Artículo 192°, los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentan las inversiones, actividades y servicios públicos de su