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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE FEBRERO DEL AÑO 2023 (15/02/2023)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 87

87 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / de febrero del 2023, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica, sobre “DELEGACIÓN DE FACULTADES Y ATRIBUCIONES”; y CONSIDERANDO:Que, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el artículo 6º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, señala que la alcaldía es el órgano ejecutivo del gobierno local. El alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, el numeral 20) del art. 20 de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972, establece que (…) son atribuciones del Alcalde: 20) Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal; Que, el artículo 85 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, advierte sobre la desconcentración, precisando que (…) 85.1 La titularidad y el ejercicio de competencia asignada a los órganos administrativos se desconcentran en otros órganos de la entidad, siguiendo los criterios establecidos en la presente Ley. La desconcentración de competencia puede ser vertical u horizontal. La primera es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se establece en atención al grado y línea del órgano que realiza las funciones, sin tomar en cuenta el aspecto geográ fi co. La segunda es una forma organizativa de desconcentración de la competencia que se emplea con el objeto de expandir la cobertura de las funciones o servicios administrativos de una entidad”; Que, al respecto se debe tener en cuenta que la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, ha sufrido diversas modi fi catorias por las Leyes como la Ley Nº 30937, Ley Nº 30865, Ley 30779; Asimismo, a través del Decreto Legislativo Nº 1272 y Decreto Legislativo Nº 1452, se modi fi có algunos artículos de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444. De igual forma, con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley 27444. Por otro lado, en atención a temas presupuestales, mediante Decreto Legislativo Nº 1440 se derogo la Ley Nº 28411- Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, salvo la Cuarta, Sétima, Octava, Décima, Duodécima y Décimo Tercera Disposición Final y la Segunda, Tercera, Cuarta, Sexta, Sétima y Novena Disposición Transitoria de dicha Ley, las cuales mantienen su vigencia. De igual forma, en materia de Contrataciones con el Estado, con Decreto Legislativo Nº 1444 se modi fi có la Ley Nº 30225 – Ley de Contrataciones con el Estado, de igual forma, con Decreto Supremo Nº 344-2018-EF se aprueba el Reglamento de la Ley Nº 30225 derogando el D.S. Nº 350-2015-EF, entre otras; Que, mediante Memorándum N° 001-2023-ALC/ MDCLR de fecha 18 de enero del 2023, emitido por el Despacho de Alcaldía, mediante el cual remite el proyecto de Resolución de Alcaldía delegando facultades y atribuciones al Gerente Municipal, Gerente de Administración y Finanzas, Secretaría General y a la Sub Gerencia de Registros Civiles, según lo establecido en el numeral 20) del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley N° 27972; Que, a través del Informe N° 043-2023-MDCLR/ GAJ de fecha 06 de febrero del 2023, la Gerencia de Asesoría Jurídica, señala que es factible que la gestión administrativa de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, sea más e fi ciente y ágil en atender los procesos y procedimientos administrativos, por lo que propone se delegue ciertas funciones a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas y a la Sub Gerencia de Registros Civiles, a fi n de garantizar los principios administrativos de celeridad y simplicidad en la entidad; Que, por lo expuesto, es política de la actual gestión municipal viabilizar, atender, resolver oportunamente los diversos requerimientos y servicios encomendados a los gobiernos locales a fi n de poder desconcentrar las recargadas actividades del Despacho de Alcaldía y de esta manera a cumplir con los objetivos trazados por esta entidad edil, así como ejercer y mejorar las funciones de manera e fi ciente, efectiva y e fi caz, es menester proceder a delegar funciones y atribuciones administrativas; Estando a lo expuesto; y en uso a las facultades establecidas en el numeral 20) del Art. 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el artículo 85 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS y demás normas pertinentes; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR facultades y atribuciones administrativas al: GERENTE MUNICIPAL:1. Aprobación de Directivas y documentos de carácter normativo y necesario para conducir la gestión técnica, fi nanciera y administrativa de la Municipalidad. 2. Aprobar y modi fi car el Plan Anual de Contrataciones de la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso. 3. Representar a la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso ante cualquier tipo de autoridad y/o dependencias administrativas para iniciar y proseguir procedimientos, formular solicitudes y/o presentar escritos de carácter administrativos, desistirse, participar en cualquier tipo de audiencias administrativas e interponer recursos administrativos de impugnación, queja contra los defectos de tramitación, solicitar la recti fi cación de errores entre otras pretensiones administrativas, con excepción de aquellas que por ley le corresponde al Procurador Público Municipal. 4. Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel funcional programático. 5. Aprobar las Directivas de racionalización y de austeridad del gasto público en la Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, para un manejo adecuado de los recursos asignados por cualquier fuente de fi nanciamiento. 6. Expedir las Resoluciones Administrativas en última instancia administrativa, siempre y cuando corresponda, en concordancia con el TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. 7. Implementar, bajo responsabilidad, las recomendaciones contenidas en los informes de auditoría interna. 8. Emitir resoluciones en materia de Separación Convencional y Divorcio Ulterior regulado por la Ley Nº 29227 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2008-JUS; 9. Aprobar, modi fi car o dejar sin efecto directivas que regulen procedimientos, planes de contingencia, planes de prevención y reducción de riesgo de desastres, planes de preparación, planes de operaciones de emergencias, planes de educación comunitaria, planes de rehabilitación y otros instrumentos de gestión inherentes a la función y sistemas administrativos. 10. Designar a los miembros del Comité de Selección, de acuerdo a la Ley de Contrataciones del Estado, normas reglamentarias, complementarias y modi fi catorias, así como, las directivas que resulten aplicables. 11. Resolver la revocación de actos administrativos, a los que se re fi ere el art. 214° del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimientos Administrativos – LPAG. 12. Autorizar la Ejecución de Prestaciones Adicionales de Obra. 13. Aprobar el Plan Operativo Institucional POI y su Evaluación 14. Aprobar el Plan Estratégico Institucional PEI y su Evaluación