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74 NORMAS LEGALES Miércoles 15 de febrero de 2023 El Peruano / b. Un representante del Consejo Regional de Ciencia, Tecnología e Innovación –CORCYTEI Huánuco. c. Un representante del Comité Ejecutivo Regional Exportador – CERX Huánuco. d. Un representante del Comité de Gestión Regional Agraria – CGRA Huánuco. e. Un representante del Consejo Regional de la Juventud – CRJ Huánuco. f. Un representante del Consejo Regional Multisectorial de Seguridad Alimentaria Nutricional y Agricultura Familiar – COMENSANAF Huánuco. g. Un representante del Consejo Consultivo Regional de Turismo – CCRT Huánuco. ÓRGANO OPERATIVO:Estará representado por la Gerencia Regional de Desarrollo Económico (Secretaría Técnica del Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco), con el equipo central y los grupos de trabajo. - Equipo CentralLa Agencia Regional de Desarrollo Huánuco, contará con un equipo central conformado por profesionales de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico y por profesionales adscritos por cada una de las direcciones regionales sectoriales dependientes de la Gerencia Regional de Desarrollo Económico (Desarrollo Agrario y Riego, Producción, Comercio Exterior y Turismo y Energía y Minas). Asimismo, a nivel provincial de manera preliminar forman parte del equipo central, los directores de las Agencias Agrarias de la Dirección Regional de Desarrollo Agrario y Riego de las 11 provincias del departamento de Huánuco. - Grupos de TrabajoLos grupos de trabajo de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco, estarán conformados por profesionales del sector público, sector privado, la academia y la sociedad civil organizada que forman parte de la ARD Huánuco; habiéndose de fi nido los siguientes grupos: a) Grupo de Trabajo de Innovación Regional. b) Grupo de Trabajo de Desarrollo Tecnológico Regional. c) Grupo de Trabajo de Asesoramiento Regional.d) Grupo de Trabajo de Financiamiento Regional. JUNTA DE ASOCIADOS:En la Junta de Asociados de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco, participarán las entidades del sector público, el sector privado, la academia y la sociedad civil organizada, para lo cual se constituyen la junta; cuyas funciones serán establecidas en su reglamento. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, la Coordinación y Secretaría Técnica de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco. Artículo Cuarto. - ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Económico, en un plazo no mayor a 30 días calendarios, a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, la de fi nición de los representantes que integrarán el Consejo Directivo y Órgano Consultivo. Artículo Quinto.- ENCARGAR, al Consejo Directivo de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco, en un plazo no mayor de 60 días calendarios, a partir de la publicación de la presente Ordenanza Regional, la elaboración del Reglamento Interno, que regulará las competencias y funciones de la Agencia Regional de Desarrollo Huánuco. Artículo Sexto.- DERÓGUESE, las normas y disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- ENCARGAR, a la Gerencia General Regional, en coordinación con la O fi cina de Secretaría General, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico de la institución, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Artículo Octavo.- La presente Ordenanza Regional, entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional Huánuco para su promulgación. En Huánuco a los 28 días del mes de diciembre del año dos mil veintidós. JOHANN AGUIRRE CALDAS Consejero DelegadoConsejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional Huánuco, a los 29 días del mes de diciembre del año 2022. ERASMO A. FERNÁNDEZ SIXTO Gobernador Regional 2151264-1 Eligen al Consejero Regional por la provincia de Huacaybamba como Consejero Delegado del Consejo Regional del Gobierno Regional Huánuco, para el periodo legislativo 2023 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 001-2023-GRH-CR Huánuco, 1 de enero del 2023VISTO:El Consejo Regional de Huánuco, en Sesión de Instalación, celebrada en la Provincia de Huánuco, el día 01 de enero de 2023, en la Sala de Reuniones de Gobernación Regional de la Sede del Gobierno Regional Huánuco, en la que se trató como agenda la Elección del Consejero Delegado para el periodo legislativo 2023, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y sus modi fi catorias, Ley de Reforma Constitucional N° 27680 y Ley N° 28607, establece que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia”; dispositivo que es concordante con el artículo 2° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; Que, el artículo 13° de la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece: “El Consejo Regional. Es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional. (…). Anualmente los Consejeros Regionales eligen, entre ellos, a un Consejero Delegado que convoca y preside las Sesiones del Consejo Regional, lo representa y tramita sus acuerdos. No hay reelección del Consejero Delegado”; a su turno, el inciso a) del artículo 15° señala que son atribuciones del Consejo Regional, “Aprobar, modi fi car o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional”; Que, el artículo II del Título Preliminar del Reglamento Interno del Consejo Regional, aprobado mediante Ordenanza Regional N° 012-2019-GRH-CR, modi fi cado por Ordenanza Regional N° 022-2020-GRH- CR, expresa que, “El Consejo Regional, es el órgano representativo del departamento de Huánuco,